CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ENSMINGER Y PARRA ASESORÍAS JURÍDICAS Y FINANCIERAS LIMITADA

CVE 2868785
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
21 de agosto de 2026
Notaría
Viña del Mar
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
21 de agosto de 2026
Repertorio
3174-2026
Notario
MARCOS ANDRES DIAZ LEON
Oficio
Octava Notaría de Viña del Mar
Comuna
Viña del Mar

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad será la comuna de Viña del Mar
Duración
El pazo de duración de la sociedad será de 10 años a contar de la fecha de la presente escritura pública, plazo que se renovará tácita y sucesivamente por periodos iguales de 10 años, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante escritura pública, la que se deberá anotar en el Registro de Comercio al margen de la inscripción social, con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del plazo en vigencia y notificarla a su consocio mediante carta certificada con igual antelación. Uso de la Razón Social y Administración de la sociedad. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Javier Andrés Parra Cereceda, quien anteponiendo a su firma la razón social podrá representarla y obligarla en toda clase de actos y contratos con las más amplias facultades

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto otorgar asesoría jurídica, financiera y de mercado de valores, y todo lo que, en la actualidad o en el futuro esté relacionado directa o indirectamente con lo anterior, y cualquiera otra actividad que los socios libremente determinen

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARCOS ANDRES DIAZ LEON, Abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Viña del Mar, asiento en Reñaca, oficio en Avenida Borgoño 14.439, local número 105, certifico que por escritura pública de 21/08/2026, ante mí, repertorio 3174-2026, compareció JAVIER ANDRÉS PARRA CERECEDA, chileno, divorciado, abogado, cédula de identidad 8.682.390-k y TORRI LYNNE ENSMINGER, estadounidense, casada y separada totalmente de bienes, ingeniero comercial, cedula de identidad para extranjeros 14.645.786-k, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Luisa Nieto de Hamel 375-A, departamento 81, Reñaca, comuna de Viña del Mar, Región de Valparaíso, quienes constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada cuyo estatuto extracto. Razón Social. ENSMINGER Y PARRA ASESORÍAS JURÍDICAS Y FINANCIERAS LIMITADA. Domicilio. El domicilio de la sociedad será la comuna de Viña del Mar, sin perjuicio de las sucursales o agencias que puedan establecerse en otras ciudades del país o del extranjero. Objeto. La sociedad tendrá por objeto otorgar asesoría jurídica, financiera y de mercado de valores, y todo lo que, en la actualidad o en el futuro esté relacionado directa o indirectamente con lo anterior, y cualquiera otra actividad que los socios libremente determinen. Capital. El capital de la sociedad será la cantidad de $1.000.000.- que los socios aportan en este acto y en dinero efectivo a la caja social, de la siguiente forma: a) Don Javier Andrés Parra Cereceda aporta la cantidad de $990.000.- equivalente al 99% del capital social y b) Doña Torri Lynne Ensminger aporta la cantidad de $10.000.- equivalente al 1% del capital social. Responsabilidad de los socios. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Duración. El pazo de duración de la sociedad será de 10 años a contar de la fecha de la presente escritura pública, plazo que se renovará tácita y sucesivamente por periodos iguales de 10 años, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante escritura pública, la que se deberá anotar en el Registro de Comercio al margen de la inscripción social, con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del plazo en vigencia y notificarla a su consocio mediante carta certificada con igual antelación. Uso de la Razón Social y Administración de la sociedad. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Javier Andrés Parra Cereceda, quien anteponiendo a su firma la razón social podrá representarla y obligarla en toda clase de actos y contratos con las más amplias facultades. Demás estipulaciones en escritura extractada. Reñaca, Viña del Mar, 21 de agosto de 2026.