COMERCIALIZADORA E INVERSIONES SANTA ELISA SpA
Instrumento
- Fecha
- 20 de agosto de 2026
- Repertorio
- 1079-2026
- Notario
- ante doña GABRIELA MARÍA GUTIÉRREZ VALVERDE
- Oficio
- Primera Notaría de Bulnes
- Comuna
- Bulnes
Sociedad
- Capital
- $91.216.210 CLP
- Ley aplicable
- Ley N.
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalSANEAMIENTO COMERCIALIZADORA E INVERSIONES SANTA ELISA SpA. En Bulnes, a 20 de agosto de 2026, ante mí Gabriela María Gutiérrez Valverde Notario Público Interino de la Primera Notaría de Bulnes, con oficio en Manuel Bulnes número 214, comuna de Bulnes, certifico: Que, por Escritura Pública de fecha 20 de agosto de 2026, Repertorio N° 1.079-2026 comparece: don JUAN EDUARDO MEYER KOTHER, chileno, casado, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad N.º 10.681.906-8, domiciliado en Las Tres Marías, Parcela N.º 12, comuna de Bulnes, Región de Ñuble, en su calidad de accionista y titular de la totalidad de las acciones emitidas por COMERCIALIZADORA E INVERSIONES SANTA ELISA SpA, RUT N.º 78.036.472-6, procedió a sanear los vicios formales que afectan a la modificación de los estatutos sociales acordada en Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada con fecha 12 de mayo de 2026, cuyo acta fue reducida a escritura pública con fecha 12 de mayo de 2026, Repertorio N.º 624-2026, ante doña GABRIELA MARÍA GUTIÉRREZ VALVERDE, Notario Público Interino de la Primera Notaría de Bulnes, con oficio en calle Manuel Bulnes N.º 214, comuna de Bulnes. Dicha modificación aumentó el capital social en la suma de $91.216.210, mediante aporte en dominio de bienes muebles consistentes en maquinarias y equipos agrícolas, quedando el capital social en $111.216.210, dividido en cien (100) acciones ordinarias nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas. El extracto autorizado de dicha modificación fue emitido con firma electrónica avanzada el 14 de julio de 2026, certificado N.º 931C3EA54467, y publicado extemporáneamente en el Diario Oficial con fecha 18 de julio de 2026, CVE 2840896; asimismo, no fue inscrito oportunamente en el Registro de Comercio a cargo del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Concepción. Por la escritura que se extracta, el compareciente ratificó íntegramente la referida modificación y saneó los vicios formales consistentes en la publicación extemporánea y en la falta de inscripción oportuna de su extracto, de conformidad con la Ley N.º 19.499 y los artículos 427 y 428 del Código de Comercio. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada.