ANDESNORTE INVERSIONES SpA
Instrumento
- Fecha
- 28 de agosto de 2026
- Repertorio
- 1477-2026
- Notario
- SANEAMIENTO JUAN CARLOS TORRES AMPUERO
- Oficio
- Primera Notaria de Castro
- Comuna
- Castro
Sociedad
- Capital
- $50.000 CLP
- Ley aplicable
- Ley 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalSANEAMIENTO JUAN CARLOS TORRES AMPUERO, Notario Público Interino Primera Notaria de Castro, calle Balmaceda 286 Castro, certifico: Por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 28 agosto 2026, NICOLÁS KRAUSS ECHEVERRÍA, abogado, en representación de ANDESNORTE INVERSIONES SpA, del giro de su denominación, ambos domiciliados Camino a Roma, Lote 4 H, San Fernando, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; quien de acuerdo a facultades otorgadas y conforme a Ley 19.499, sanea íntegramente vicios de nulidad que afecta al extracto publicado Diario Oficial Edición 44525 de fecha 14 agosto 2026, de la constitución de sociedad ANDESNORTE INVERSIONES SpA, otorgada por escritura pública del 05 agosto 2026, Repertorio 1.477-2026, ante Carla Lorely Moreno Sánchez, Notario Público Interino Segunda Notaría San Fernando, que se inscribió en Registro Comercio Conservador Bienes Raíces San Fernando a fojas 170 número 119 año 2026, cuyo socio es Cristian Alejandro Reyes Bravo; extracto que por un error de tipeo/transcripción, junto con el artículo quinto de capital de la escritura de constitución se citó el artículo primero transitorio de la misma escritura sin la respectiva cita, no siendo coincidente el extracto con aquella; por consiguiente: Se rectifica el Extracto citado donde señala: Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $50.000.000 dividido en 5.000 acciones nominativas, de una misma y única serie, sin valor nominal, el cual se suscribe y pagará de la siguiente forma: Don Cristian Alejandro Reyes Bravo suscribe en este acto la totalidad de las 5.000 acciones representativas del capital social, las que pagará de la siguiente manera: a) Con la suma de $1.000.000, que paga en este acto, al contado y en dinero efectivo, cantidad que ingresa a la caja social; y b) Con la suma de $49.000.000, que se obliga a pagar en dinero efectivo o bienes, en una o más cuotas, según las necesidades sociales lo requieran, dentro del plazo máximo de un año contado desde la fecha de la presente escritura pública; debiendo señalar: El capital de la Sociedad es el monto total de $50.000.000 dividido en 5.000 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, el cual se suscribe y paga en la forma y condiciones establecidas en el artículo primero transitorio de estos estatutos. Las acciones podrán ser pagadas en dinero o en otros bienes. En todo lo no modificado queda plenamente vigente el pacto social primitivo y extracto referido. Castro, 4 septiembre 2026.