RENTAS PLAZA EGAÑA SpA
Instrumento
- Fecha
- 2 de septiembre de 2026
- Notario
- LUIS EDUARDO FLORES RIVAS
- Oficio
- Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| RENTAS PLAZA EGAÑA SpA | socio | 76917841-4 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS EDUARDO FLORES RIVAS, abogado, Notario Público de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, suplente del titular don Álvaro González Salinas, con oficio en Avenida Apoquindo N° 3001, segundo piso, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifico que por escritura pública de fecha 02 de septiembre de 2026, ante mí, Sociedad Inversiones Desarrollo y Futuro S.A., representada por don Sergio Salgado Garrido; Sociedad Fundamenta Negocios Inmobiliarios Limitada, representada por Fundamenta Gestión SpA, y ésta, a su vez, representada por don Pablo Medina Herrera; Sociedad Santa Magdalena SpA, representada por don Cristian Morales Jaureguiberry; Sociedad Inversiones Vista Hermosa SpA, representada por don José Antonio Córdova Domínguez; Sociedad Inversiones Nueva Consult Limitada, representada por don Pablo Hernán Turner González; y Sociedad Tarbut Limitada Kineret Inversiones y Gestión Encomandita, representada por don David Farcas Guendelman, como únicos accionistas de la sociedad RENTAS PLAZA EGAÑA SpA, todos domiciliados para estos efectos en avenida Presidente Riesco 5561 oficina 601, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, junta celebrada con fecha 01 de septiembre de 2026, modifican la sociedad: RENTAS PLAZA EGAÑA SpA, RUT N° 76.917.841-4, sociedad constituida con fecha 22 de agosto de 2018, por escritura pública otorgada en la Notaría de Santiago de don Juan Ricardo San Martín Urrejola, cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas 65.384, número 33.461 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2018 y fue publicado en el Diario Oficial con fecha 29 de agosto de 2018, cuyo capital inicial fue de $1.000.000, con modificaciones posteriores. El capital actual, íntegramente suscrito y pagado, asciende a $9.031.609.262, dividido en 2.722.128.059 acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal. Los accionistas acordaron lo siguiente: 1) MODIFICACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN SOCIAL. Reemplazar íntegramente el Título Tercero de los estatutos sociales, denominado “De la Administración de la Sociedad”, por el siguiente: “TÍTULO TERCERO. De la Administración de la Sociedad. ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO: La sociedad será administrada por un Directorio compuesto por tres miembros elegidos por la Junta de Accionistas, quienes durarán tres años en sus cargos, pudiendo ser reelegidos indefinidamente. El Directorio elegirá de entre sus miembros un Presidente y sólo podrá ser revocado en su totalidad por la Junta Ordinaria o Extraordinaria de Accionistas. Las reuniones de Directorio se constituirán con la mayoría absoluta del número de directores de la sociedad y sus acuerdos se adoptarán con el voto conforme de, a lo menos, la mayoría absoluta de los directores en ejercicio; en caso de empate decidirá el voto de quien presida la reunión. Para el cumplimiento del objeto social, el Directorio tendrá la representación judicial y extrajudicial de la sociedad y estará investido de todas las facultades de administración y disposición que en derecho puedan otorgarse, incluso respecto de actos y contratos que requieran poder especial, con excepción de las materias que la ley o los estatutos reserven a las Juntas de Accionistas. El Directorio podrá delegar parte de sus facultades en los gerentes, subgerentes o abogados de la sociedad, en un director o comisión de directores y, para objetos especialmente determinados, en otras personas. ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO: La sociedad tendrá un Gerente General designado por el Directorio, que tendrá bajo su responsabilidad la dirección inmediata de los asuntos sociales y la representación judicial de la sociedad, con las facultades establecidas en ambos incisos del artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil. El Gerente General representará, además, judicial y extrajudicialmente a la sociedad y, para el cumplimiento del objeto social, estará investido de todas las facultades de administración y disposición que la ley o los estatutos no establezcan como privativas del Directorio o de la Junta de Accionistas, incluyendo las facultades especiales y de delegación detalladas en la escritura extractada. El Directorio queda facultado para distribuir dividendos provisorios durante el ejercicio, con cargo a las utilidades del mismo o acumuladas, siempre que no existan pérdidas acumuladas.” En lo no modificado, permanecen plenamente vigentes los estatutos sociales. Demás estipulaciones y acuerdos constan en escritura extractada. Santiago, 4 de septiembre de 2026.