OÑATE INGENIEROS CONSULTORES S.A.
Instrumento
- Fecha
- 17 de agosto de 2026
- Repertorio
- 4860/2026
- Notario
- RICARDO MAURICIO SALGADO SEPULVEDA
- Domicilio
- y Conservador de Minas
Sociedad
- Capital
- $50.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRICARDO MAURICIO SALGADO SEPULVEDA, Notario Público y Conservador de Minas, Titular de Concepción, Región del Biobío, con oficio en, calle Barros Arana número 989, de la misma comuna, certifico: Por escritura pública de fecha 17 de Agosto del año 2026, ante mí, Repertorio Nº4860/2026, se redujo Acta de Sesión Extraordinaria de Directorio Complementaria de la sociedad OÑATE INGENIEROS CONSULTORES S.A. RUT N°96.838.260-8, de acuerdo al artículo undécimo de su estatuto social que consta en escritura pública otorgada con fecha 3 de noviembre de 1997, ante don Juan Espinosa Bancalari, Notario Público de Concepción, inscrita en extracto a fojas 1.799 N°1.132 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción del año 1997, complementaria de la sesión de Directorio celebrada con fecha 28 de abril de 2025, para precisar las facultades que corresponden al Gerente de la sociedad don Manuel Jesús Oñate Betancur. Por unanimidad de los directores se acuerda delegar la representación, administración y el uso de la razón social en el gerente de la sociedad, don Manuel Jesús Oñate Betancur, de acuerdo con el artículo 49 de la ley sobre sociedades anónimas N°18.046 de 22 de octubre de 1981, la representación judicial de la sociedad con las facultades establecidas en ambos incisos del artículo 7° del Código de Procedimiento Civil, representar a la sociedad con las más amplias facultades para realizar todo tipo de actos y gestiones conducentes a la consecución del giro de la sociedad ante todo tipo de personas naturales y jurídicas de derecho público y privado, entre ellas, las que se mencionan en escritura extractada, representar a la sociedad en toda clase de acciones judiciales ante cualquier tribunal de la República, sea que intervenga la sociedad como querellante o querellado, demandante o demandado, reclamante o reclamada, o en actos de jurisdicción no contenciosa o administrativa y/o de cualquier otra naturaleza, con todas las facultades ordinarias y extraordinarias del mandato judicial, en los términos previstos en el artículo 7° del Código de Procedimiento Civil, inclusive los de su inciso segundo. Capital social actual $50.000.000. Demás estipulaciones y facultades en escritura extractada. Concepción, 26 de Agosto del año 2026.