Distribuidora Aladdin y Compañía Limitada
Instrumento
- Fecha
- 18 de agosto de 2026
- Repertorio
- 3091-2026
- Notario
- PEDRO ENRIQUE HIDALGO SARZOSA
- Oficio
- Segunda Notaría de Concepción
- Comuna
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $57.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPEDRO ENRIQUE HIDALGO SARZOSA, Abogado, Notario Público Interino de la Segunda Notaría de Concepción, según consta en Decreto Económico Nº211, protocolizado al final del registro del 6º Bimestre del año 2023, con el Nº792, con oficio en calle Castellón Nº116, Concepción, CERTIFICO: Por Escritura Pública, Repertorio N°3091-2026 de fecha 18 de agosto de 2026, otorgada ante mí, compareció: Ana Luisa Parra Opazo, chilena, empresaria, casada separada totalmente de bienes, C.I. N° 10.269.626-3, domiciliada en Calle Juan Martínez de Rozas N° 541, Concepción; Luis Alejandro Alegría Valencia, chileno, empresario, casado separado totalmente de bienes, C.I. N° 8.748.364-9, domiciliado en Calle Juan Martínez de Rozas N° 541, Concepción; y Javiera Sofía Alegría Parra, chilena, técnico en administración de empresas, casada separada totalmente de bienes, C.I. N° 17.345.508-9, domiciliada en Calle Juan Martínez de Rozas N° 541, Concepción. La sociedad Distribuidora Aladdin y Compañía Limitada se constituyó por escritura pública de 22.05.2006, ante la Notario Público de Concepción María Ignacia Órbenes Figueroa, suplente del titular José Gerardo Bambach Echazarreta, inscrita en extracto a fojas 953 vuelta, N° 719, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción de 2006; y fue saneada por escritura pública de 03.07.2006, ante el Notario Público de Concepción José Gerardo Bambach Echazarreta, inscrita a fojas 1244, N° 963, del mismo Registro de 2006. Rut. N° 76.543.990-6. Capital social: $57.000.000. La sociedad fue modificada sucesivamente, mediante cinco escrituras públicas, las cuatro primeras celebradas ante el Notario Público de Concepción don José Gerardo Bambach Echazarreta y la última ante el Notario Público Interino de Concepción don Pedro Enrique Hidalgo Sarzosa, todas inscritas en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción, según se indica: (i) por escritura pública de 21.12.2007, inscrita en extracto a fojas 2160 vuelta, N° 2125, del Registro de 2007, mediante la cual se incorporaron como socias doña Javiera Sofía Alegría Parra y doña Sandra Ibeth Alegría Valencia, quedando el capital distribuido en un 96,05% para doña Ana Parra Opazo, un 1,95% para don Luis Alegría Valencia, un 1% para doña Javiera Sofía Alegría Parra y un 1% para doña Sandra Ibeth Alegría Valencia; (ii) por escritura pública complementaria de 17.01.2008, inscrita a fojas 217, N° 211, del Registro de 2008, mediante la cual se sustituyó la cláusula octava, estableciéndose que “las utilidades o pérdidas de la sociedad se distribuirán o soportarán entre los socios de acuerdo con su participación en el capital social”; (iii) por escritura pública de 31.03.2017, inscrita a fojas 976, N° 807, del Registro de 2017, mediante la cual se acordó una distribución equitativa de las utilidades y eventuales pérdidas sociales; (iv) por escritura pública de 01.06.2018, inscrita a fojas 1156, N° 928, del Registro de 2018, mediante la cual se rectificó, aclaró y complementó la escritura de 31.03.2017; y (v) por escritura pública de 24.07.2026, inscrita a fojas 1358, N° 844, del Registro de 2026, quedando como socios: Ana Luisa Parra Opazo, 50%; Luis Alejandro Alegría Valencia, 2,95%; y Javiera Sofía Alegría Parra, 47,05% de los derechos, utilidades y pérdidas sociales. Por este acto, Javiera Sofía Alegría Parra vende, cede y transfiere a Luis Alejandro Alegría Valencia el 47,05% de los derechos sociales, en $26.818.500, pagados en efectivo, con el más amplio finiquito, cediendo la totalidad de sus derechos y dejando de ser socia. En consecuencia, los socios de Distribuidora Aladdin y Compañía Limitada son: Ana Luisa Parra Opazo, 50%; y Luis Alejandro Alegría Valencia, 50% de los derechos, utilidades y pérdidas sociales, quedando limitada la responsabilidad de ambos al monto de sus aportes. Asimismo, por el presente instrumento los socios acordaron disminuir el capital social de $57.000.000 a $2.000.000, reintegrándose a los socios, a prorrata de sus aportes, la suma de $55.000.000, correspondiendo $27.500.000 a cada uno. En consecuencia, se sustituyó la cláusula cuarta de la escritura de constitución social, quedando el capital social de la sociedad en la suma de $2.000.000, aportado en un 50% por cada uno de los socios Ana Luisa Parra Opazo y Luis Alejandro Alegría Valencia. En lo no modificado, la sociedad se entiende vigente en todas sus cláusulas y ratificada por los comparecientes. Demás estipulaciones en la escritura extractada. Concepción, 01 septiembre 2026.