MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Comercial Hidraflex SpA

RUT 76976063-6 CVE 2867395
Capital
$20.000.000 CLP
Fecha instrumento
1 de septiembre de 2026
Notaría
La Reina
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
1 de septiembre de 2026
Notario
PABLO MARTÍNEZ LOAIZA
Oficio
Primera Notaría de La Reina
Comuna
La Reina

Sociedad

Capital
$20.000.000 CLP
Duración
Cinco años a contar de la fecha de su constitución, plazo que se entenderá prorrogado automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en

Objeto social

- La sociedad tendrá por

Administración

La administración de la sociedad y el uso de la razón social, corresponderá a FRANCISCO JAVIER RAMÍREZ ADRIAZOLA, a MARCELO ANDRÉS RAMÍREZ ADRIAZOLA y a don VÍCTOR HUGO QUEZADA VALDEBENITO, C.I. N°16.976.972-9, quienes actuando individualmente, estarán investidos de todas las facultades de administración y disposición de bienes, ordinarias y extraordinarias, debiendo anteponer la razón social a su firma personal, pudiendo ejercer la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos y contratos, digan o no relación con su

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Comercial Hidraflex SpA socio 76976063-6 — —

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PABLO MARTÍNEZ LOAIZA, abogado y Notario Público Titular de la Primera Notaría de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales número cinco mil ochocientos cuarenta y uno, comuna de La Reina, certifica: por escritura pública de 1 de septiembre de 2026, ante mí: FRANCISCO JAVIER RAMÍREZ ADRIAZOLA, C.I. 18.681.655-2, y don MARCELO ANDRÉS RAMÍREZ ADRIAZOLA, C.I. 16.455.740-5, ambos domiciliados en calle Santa Beatriz N°111, oficina N°608, comuna de Providencia, Región Metropolitana; acordaron, en su calidad de únicos y actuales accionistas de la sociedad denominada Comercial Hidraflex SpA, Rol Único Tributario N°76.976.063-6, inscrita a Fojas 542 vuelta, Número 318 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Curicó del año 2019, transformarla en una sociedad de responsabilidad limitada, modificando su razón social y objeto, fijándose sus estatutos de los cuales extracto lo siguiente: Nombre: Comercial Hidraflex Limitada, pudiendo usar como nombre de fantasía Hidraflex Ltda. Objeto.- La sociedad tendrá por objeto: a) Comprar, vender, arrendar, adquirir por cualquier título, gravar y enajenar toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales y bienes inmuebles, y en general, realizar inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles y cualquiera otra actividad relacionada directa o indirectamente con lo anterior que los socios acuerden; b) Reparación, confección, mejoras y modificaciones en todo tipo de bienes, artículos, objetos y/o elementos de carácter industrial, agrícola, comercial o de otra naturaleza, y todo otro tipo de elementos e insumos comerciales e industriales; c) La participación como inversionista en toda clase de negocios, sociedades o empresas o la constitución o desarrollo de los mismos por cuenta propia o ajena o en asociación con terceros; y d) En general, ejecutar y celebrar todos los actos y contratos que los socios estimen necesarios o convenientes para tales objetivos. Administración y uso de la razón social: La administración de la sociedad y el uso de la razón social, corresponderá a FRANCISCO JAVIER RAMÍREZ ADRIAZOLA, a MARCELO ANDRÉS RAMÍREZ ADRIAZOLA y a don VÍCTOR HUGO QUEZADA VALDEBENITO, C.I. N°16.976.972-9, quienes actuando individualmente, estarán investidos de todas las facultades de administración y disposición de bienes, ordinarias y extraordinarias, debiendo anteponer la razón social a su firma personal, pudiendo ejercer la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos y contratos, digan o no relación con su objeto social. Responsabilidad: La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus aportes. Duración: Cinco años a contar de la fecha de su constitución, plazo que se entenderá prorrogado automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en vigencia. Capital: $20.000.000, que los socios aportaron como sigue: a) FRANCISCO JAVIER RAMÍREZ ADRIAZOLA le corresponde un 90% del capital e interés social, que se encuentra íntegramente pagado y aportado en dinero efectivo en arcas sociales; y b) MARCELO ANDRÉS RAMÍREZ ADRIAZOLA le corresponde un 10% del capital e interés social, que se encuentra íntegramente pagado y aportado en dinero efectivo en arcas sociales. Demás estipulaciones constan en la escritura y no son materia de extracto. Santiago, 3 de septiembre de 2026.