Bioproc SpA
Instrumento
- Fecha
- 1 de septiembre de 2026
- Repertorio
- 1569-2026
- Notario
- RENE MARCELO ARRIAGADA BASAUR
- Oficio
- la 11ª. Notaria de Concepción
- Comuna
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRENE MARCELO ARRIAGADA BASAUR, abogado y notario público titular la 11ª. Notaria de Concepción, oficio en calle Cochrane n° 829, certifico que, ante mí, por escritura pública de 01 de septiembre de 2026, repertorio n° 1.569-2026, Daniela Sepúlveda Ávila, cédula de identidad número 17.514.168-5 y Gabriela Cecilia Villouta Romero, cédula de identidad número 13.529.629-5, en su calidad de únicas y actuales accionistas de Bioproc SpA, r.u.t. 77.419.201-8 (la “Sociedad”), todos domiciliados para estos efectos en Avenida Laguna Grande número 945, comuna de San Pedro de La Paz, Región del Biobío, e inscrita a fojas 1.323, número 945 en el Registro de Comercio de Concepción correspondiente al año 2021, acordaron aumentar el capital social de la Sociedad desde la suma de $5.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, todas de una misma y única serie, sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas, a la suma de $45.149.515, dividido en 1.035 acciones de iguales características, mediante un aumento de capital por la suma de $40.149.515 y la emisión de 35 acciones de pago, a un precio de colocación de $1.147.129 aproximadamente por acción. Dichas acciones fueron íntegramente suscritas y pagadas en dinero efectivo por Know Hub Chile: Hub de Innovación y Transferencia Tecnológica, r.u.t. 65.160.597-0. Como consecuencia de lo anterior, se modificó el Artículo Quinto de los estatutos sociales, relativo al capital, quedando este del siguiente tenor: “ARTÍCULO QUINTO. Capital: El capital de la sociedad es la suma de cuarenta y cinco millones ciento cuarenta y nueve mil quinientos quince pesos, dividido en mil treinta y cinco acciones nominativas, sin valor nominal, de una sola serie, íntegramente suscritas y pagadas”. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Se facultó al portador de copia autorizada para requerir inscripciones y publicaciones necesarias. Doy fe. Concepción, 03 de septiembre de 2026.