INVERSIONES ABUMAC LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 2 de septiembre de 2026
- Notario
- JORGE EDUARDO MESSEN CONCHA
- Oficio
- Segunda Notaría de Curicó
- Comuna
- Curicó
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
- Domicilio
- Curicó
- Duración
- 5 años completos, a partir esta fecha, renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales, si ningún socio manifestare su voluntad de ponerle término al final del período en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen inscripción social con una anticipación mínima de 3 meses de antelación al vencimiento respectivo período
Objeto social
Invertir en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones, bonos, depósitos, debentures, cuotas o derechos en sociedades y cualquier clase de títulos o valores mobiliarios, con la facultad de administrar dichas inversiones; adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; invertir en empresas o sociedades de servicios y asesorías de programación, operación y mantención de páginas web, aplicaciones de internet, gestión o manejo de información computacional; y, cualquier otro objeto relacionado con los anteriores que los socios acuerden
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE EDUARDO MESSEN CONCHA, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Curicó, con oficio en calle Estado 280, certifica: Por escritura hoy ante mi, JUAN PEDRO TORO CEPEDA, domiciliado en Lote D Fundo El Cerrillo, comuna Curicó; MAGDALENA TORO CEPEDA, domiciliado en Lote H Fundo El Cerrillo, comuna Curicó; DIEGO JOSÉ TORO CEPEDA, domiciliado en Lote G Fundo El Cerrillo, comuna Curicó; TERESITA ADRIANA TORO CEPEDA, domiciliado en Lote I Fundo El Cerrillo, comuna Curicó; y GREGORIO TORO CEPEDA, domiciliado en Lote A Fundo El Cerrillo, comuna Curicó; constituyeron una Sociedad de Responsabilidad Limitada: Objeto: Invertir en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones, bonos, depósitos, debentures, cuotas o derechos en sociedades y cualquier clase de títulos o valores mobiliarios, con la facultad de administrar dichas inversiones; adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; invertir en empresas o sociedades de servicios y asesorías de programación, operación y mantención de páginas web, aplicaciones de internet, gestión o manejo de información computacional; y, cualquier otro objeto relacionado con los anteriores que los socios acuerden.- Razón Social: INVERSIONES ABUMAC LIMITADA, nombre fantasía INVERSIONES ABUMAC LTDA..- Domicilio: Curicó, sin perjuicio de que ella podrá extender sus actividades a otros puntos del país o extranjero.- Administración Sociedad: será ejercida por MAGDALENA TORO CEPEDA y por TERESITA ADRIANA TORO CEPEDA, forma conjunta, amplias facultades, salvo limitaciones indicadas escritura extractada.- Capital: $5.000.000.-, que socios aportan y enteran siguiente forma: a) $1.000.000.- que socio JUAN PEDRO TORO CEPEDA entera a caja social al contado y en dinero efectivo, aporte equivale al 20% capital social; b) $1.000.000.-, que socia MAGDALENA TORO CEPEDA entera a caja social al contado y en dinero efectivo, aporte equivale al 20% capital social; c) $1.000.000.- que socio DIEGO JOSÉ TORO CEPEDA entera a caja social al contado y en dinero efectivo, aporte equivale al 20% capital social; d) $1.000.000.- que socia TERESITA ADRIANA TORO CEPEDA entera a caja social al contado y en dinero efectivo, aporte equivale al 20% capital social; y, e) $1.000.000.- que socio GREGORIO TORO CEPEDA entera a caja social al contado y en dinero efectivo, aporte equivale al 20% capital social.- Duración: 5 años completos, a partir esta fecha, renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales, si ningún socio manifestare su voluntad de ponerle término al final del período en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen inscripción social con una anticipación mínima de 3 meses de antelación al vencimiento respectivo período.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Curicó, 02 septiembre 2026.-