MODIFICACIÓN Cooperativa

Cooperativa de Vivienda Valle de San Francisco de Mostazal Limitada

CVE 2866804
Capital
$2.100.000 CLP
Fecha instrumento
20 de junio de 2026
Notaría
Santiago de María Soledad Lascar Merino

Instrumento

Fecha
20 de junio de 2026
Repertorio
2215-2026
Notario
Luis Felipe Sepúlveda Ponce
Domicilio
Valparaíso
Comuna
Santiago de María Soledad Lascar Merino

Sociedad

Capital
$2.100.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Luis Felipe Sepúlveda Ponce, Notario Público Titular de Valparaíso, con oficio en calle Prat 863, Valparaíso, certifico que: con fecha 13 de agosto del año 2026 se redujo a escritura pública ante mí, Repertorio N° 2215-2026, el Acta de Junta General Especialmente Citada de Socios de la “COOPERATIVA DE VIVIENDA VALLE DE SAN FRANCISCO DE MOSTAZAL LIMITADA”. La Junta fue celebrada el 20 de junio de 2026, donde se acordó la modificación integral de los Estatutos Sociales, inscritos a fojas 31087, bajo el N° 15411, del Registro de Comercio del año 2020, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, y que es del siguiente tenor: Se acordó por unanimidad de los socios presentes y representados el reemplazo del Estatuto Social original por la propuesta realizada por el Consejo de Administración que en lo esencial dispone: Artículo segundo “Del objeto de la Cooperativa”, se modifica la letra b) por el siguiente texto: “Para este efecto, la Cooperativa adquirirá, sea título gratuito o a título oneroso, el terreno ubicado en la comuna de Mostazal o San Francisco de Mostazal, de la Región de O’Higgins, individualizado como Lote número DOS de la subdivisión de la propiedad agrícola ubicada en el distrito número Cuatro de La Punta, lugar de Los Marcos, de la comuna de Mostazal, y que deslinda: NORTE, en noventa y siete coma setenta y cuatro metros con camino público y en ciento veinticinco coma cero nueve metros con propiedad Luis Jofré; SUR, en ciento cuarenta y uno coma noventa y nueve metros con camino vecinal, y en cuarenta y cuatro coma cincuenta y cuatro metros con lote uno de la subdivisión; ORIENTE, en treinta y cuatro coma cuarenta metros con Luis Jofré, en doscientos nueve coma cincuenta y seis metros con sucesión de Manuel Álvarez, y en ciento veintiséis coma sesenta y ocho metros con lote número uno de la subdivisión; y PONIENTE, en trescientos treinta y seis coma cincuenta metros con sucesión de María Soto, hoy Villa Magisterio.- Tal inmueble fue adquirido por la Cooperativa en compraventa de fecha diecisiete de marzo del año dos mil veintidós, ante la Segunda Notaría de Santiago de María Soledad Lascar Merino, Rol Avalúo Servicio de Impuestos Internos número ciento cuarenta y ocho guión cuatro. Tal compraventa fue inscrita a fojas mil setecientos cuarenta vuelta, número tres mil ciento noventa y cuatro, del Registro de Propiedad del año dos mil veintidós llevado por el Conservador de Bienes Raíces de Rancagua, y reinscrito a fojas mil seiscientos cincuenta y ocho, número mil cuatrocientos noventa y siete, del Registro de Propiedad del año dos mil veintitrés, llevado por el Conservador de Bienes Raíces de Graneros, plano agregado bajo el número dos mil ochocientos sesenta del Registro de Documentos de Propiedad del año dos mil veintitrés llevado por este mismo Conservador; o las inscripciones que le sucedan. Asimismo, podrá adquirir cualquier otro inmueble que contemple dimensiones y características similares, individuales o en conjunto, y que permitan el desarrollo de un proyecto de habitabilidad compatible con los objetivos de la Cooperativa. Desde ya se acuerda que, para el caso en que el inmueble en donde se emplace el proyecto no sea de aquéllos ubicados en la comuna de San Francisco de Mostazal y que se ha detallado, se requerirá de un acuerdo por mayoría de los socios presentes en una Junta Especialmente Citada al efecto. Las condiciones de adquisición del terreno, sus condiciones de habitabilidad, la subdivisión y adjudicación de los sitios individuales a los correspondientes socios se realizará de conformidad a las disposiciones del presente Estatuto, a la ley y a los acuerdos que, reglamentariamente, acuerde la Junta General de Socios”. Artículo Sesenta y Seis, se elimina el inciso segundo. El Artículo Veinticuatro, en el título del artículo, se modifica el título del artículo “De la cuota de incorporación” por “De la cuota de participación inicial”. El artículo treinta y tres, inciso segundo, se elimina la letra “d)”. Cada una de las modificaciones fue aprobada por unanimidad de los socios presentes y representados. Se deja constancia que, para todos los efectos legales, y de conformidad a los dispuesto en los Estatutos vigentes, el capital de la Cooperativa consignado en el Estatuto original fue de $2.100.000.- y que éste ha variado según balance al 31 de diciembre del año 2025 el que es de $59.791.909.- Demás estipulaciones constan de escritura que extracto. Valparaíso, 2 de septiembre del año 2026.