COMERCIALIZADORA COVASA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 23 de julio de 2026
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $220.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARCELO ANDRÉS DONOSO ARAYA, Abogado, Notario Suplente de la Notario Público Titular de la Cuadragésimo Octava Notaría de Santiago, doña PATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA, con domicilio en Avenida, Apoquindo 3.076, Oficina 601, Las Condes, certifica: Por escritura pública de fecha 23 de julio 2026, repertorio número 9548-2026, ante doña PATRICIA MANRÍQUEZ HUERTA, doña MARÍA OLGA TORREALBA NÚÑEZ, cédula de identidad número nueve millones trescientos ochenta y cuatro mil seiscientos diecinueve guión dos, domiciliada para estos efectos Los Capitanes mil trescientos cincuenta y cinco, departamento doscientos uno, Comuna de Providencia, Santiago; don ALFREDO EDUARDO SILVESTRE ALVARADO, cédula de identidad número diez millones ochocientos noventa y cinco mil trescientos doce guión ocho, domiciliado en calle Río Maipo número mil noventa y tres, departamento veintitrés, comuna de San Bernardo, Región Metropolitana; y don MARCELO EUGENIO VALLE CHÁVEZ, cédula de identidad número siete millones quinientos cuarenta y siete mil novecientos treinta y uno guión K, domiciliado para estos efectos en calle El Quilo número cinco mil cuatrocientos veintiocho, comuna de Quinta Normal, Santiago, quienes modificaron la sociedad COMERCIALIZADORA COVASA LIMITADA, nombre de fantasía “COVASA LTDA.”, rol único tributario número 76.593.000-6, cuyo extracto se inscribió a fojas 26004 número 18081 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2006, en el siguiente sentido: doña MARÍA OLGA TORREALBA NÚÑEZ, en su calidad de dueña y poseedora del 1% por ciento de los derechos sociales de la sociedad COMERCIALIZADORA COVASA LIMITADA, viene en vender, ceder y transferir la totalidad de dichos derechos sociales, equivalentes al 1% por ciento del total de los derechos sociales, a don ALFREDO EDUARDO SILVESTRE ALVARADO, quien los adquiere para sí, en la suma de $220.000, suma que el cesionario paga al cedente en este acto en dinero efectivo y que el cedente declara recibir a su entera conformidad. En consecuencia, quedan como únicos socios de la compañía la sociedad COMERCIALIZADORA COVASA LIMITADA don MARCELO EUGENIO VALLE CHÁVEZ, con el 99% de los derechos sociales y don ALFREDO EDUARDO SILVESTRE ALVARADO, con el 1% de los derechos sociales, reemplazándose en ese sentido la cláusula quinta de los estatutos sociales relativa al capital social. Demás estipulaciones en escritura extractada. En lo no modificado permanece vigente pacto social.- Santiago, 31 de agosto de 2026.