CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ASESORÍAS LEGALES Y PATRIMONIALES DREYSE LIMITADA

CVE 2866972
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
18 de agosto de 2026
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
18 de agosto de 2026
Repertorio
4699-2026
Notario
MARCELA ANDREA MEDINA RICCI
Domicilio
San Miguel

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago
Duración
La sociedad tendrá una duración de 10 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su deseo de ponerle término mediante una declaración hecha por escritura pública, anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, por lo menos con 6 meses de anticipación al vencimiento de la sociedad o de cualquiera de sus períodos de prórroga

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto exclusivo la prestación de asesorías profesionales y consultorías en materias legales, judiciales, corporativas, económicas y financieras, y de cualquier otra de similar naturaleza, tanto para personas naturales y jurídicas. Asimismo, podrá realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos mencionados, en la medida que tengan el carácter de asesorías o servicios profesionales en las áreas indicadas precedentemente. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos, convenciones y contratos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARCELA ANDREA MEDINA RICCI, Notario Público Titular de San Miguel, con asiento en San Ramón y oficio en Avenida Santa Rosa número 7.955, comuna de San Ramón, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 18 de agosto del año 2026 bajo el repertorio N° 4699-2026, ante mí, don RAMÓN ALEJANDRO DREYSE DAÑOBEITÍA, domiciliado en Av. Golf Lomas de La Dehesa N°9.697, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, y don JOSÉ MIGUEL HERRERA MUÑOZ, domiciliado en Carmen Fariña N°6780, depto. 32, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada. Razón Social: El nombre o razón social será "ASESORÍAS LEGALES Y PATRIMONIALES DREYSE LIMITADA", pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado, las siglas comerciales o nombres de fantasía de "ASESORÍAS LEGALES Y PATRIMONIALES DREYSE LTDA." o "ASESORÍAS DREYSE LTDA." Domicilio: El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pudieren establecerse en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: La sociedad tendrá por objeto exclusivo la prestación de asesorías profesionales y consultorías en materias legales, judiciales, corporativas, económicas y financieras, y de cualquier otra de similar naturaleza, tanto para personas naturales y jurídicas. Asimismo, podrá realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos mencionados, en la medida que tengan el carácter de asesorías o servicios profesionales en las áreas indicadas precedentemente. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos, convenciones y contratos. Duración: La sociedad tendrá una duración de 10 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su deseo de ponerle término mediante una declaración hecha por escritura pública, anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, por lo menos con 6 meses de anticipación al vencimiento de la sociedad o de cualquiera de sus períodos de prórroga. Capital: El capital social asciende a la suma de $1.000.000, que se distribuye entre los socios en las siguientes proporciones: a) don RAMÓN ALEJANDRO DREYSE DAÑOBEITÍA, con $990.000, equivalentes al 99% del total de los derechos sociales, los cuales pagará con dinero en efectivo o en especies, dentro del plazo máximo de 3 años contados desde la fecha del presente instrumento; y b) don JOSÉ MIGUEL HERRERA MUÑOZ, con $10.000, equivalentes al 1% del total de los derechos sociales, los cuales pagará con dinero en efectivo o en especies, dentro del plazo máximo de 3 años contados desde la fecha del presente instrumento. Administración y Uso Razón Social: La administración de la sociedad, su representación y el uso de la razón social corresponderá a los socios, quienes la ejercerán exclusivamente a través de don RAMÓN ALEJANDRO DREYSE DAÑOBEITÍA, quien, actuando de manera individual, y anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades, descritas en la escritura extractada. Santiago, 28 de agosto de 2026. M. Medina R. Notario Público.