MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD SOSTENEDORA DE ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES SANTA CLARA LIMITADA

RUT 76111539-1 CVE 2866611
Fecha instrumento
19 de agosto de 2026
Notaría
Quinchao

Instrumento

Fecha
19 de agosto de 2026
Repertorio
306-2026
Notario
CLAUDIA ALEJANDRA VELÁSQUEZ TRUJILLO
Oficio
Notaría de Quinchao
Comuna
Quinchao

Personas y entidades (3)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
OLEGARIO HERMITO MUÑOZ ÁLVAREZ socio 3370576-K — —
CLAUDIO FERNANDO MUÑOZ MIRANDA socio 15302482-0 — —
MARIO IVÁN MUÑOZ MIRANDA socio 13854723-K — —

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CLAUDIA ALEJANDRA VELÁSQUEZ TRUJILLO, Notario Público Suplente, Notaría de Quinchao, calle Miranda Velásquez 038 - A Achao, certifico: Por escritura pública de fecha 19 de agosto del año 2026, ante mí, Repertorio N° 306-2026: don OLEGARIO HERMITO MUÑOZ ÁLVAREZ, C.N.I. N° 3.370.576-K; don CLAUDIO FERNANDO MUÑOZ MIRANDA, C.N.I. N° 15.302.482-0; y don MARIO IVÁN MUÑOZ MIRANDA, C.N.I. N° 13.854.723-K, todos domiciliados en la comuna de Dalcahue, modificaron la sociedad "SOCIEDAD SOSTENEDORA DE ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES SANTA CLARA LIMITADA", pudiendo usar el nombre de fantasía "SOCIEDAD EDUCACIONAL SANTA CLARA", R.U.T. N° 76.111.539-1, constituida por escritura pública de fecha veinticuatro de agosto del año dos mil diez ante el Notario Público Titular de Santiago don Cosme Fernando Gomila Gatica, inscrita en extracto a fojas ciento veintisiete número ciento diez del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Castro del año dos mil diez, y modificada mediante escritura pública de fecha diez de enero de dos mil doce ante la Notario Suplente de Castro doña Patricia Isabel Barrientos Cárdenas, inscrita a fojas treinta y seis vuelta número veintiocho del mismo Registro de Comercio del año dos mil doce. Las modificaciones consisten en: UNO: Don OLEGARIO HERMITO MUÑOZ ÁLVAREZ vende, cede y transfiere a don CLAUDIO FERNANDO MUÑOZ MIRANDA, quien acepta para sí, un cincuenta por ciento de su interés y derechos en la sociedad, en el precio de un millón cien mil pesos pagados al contado y en efectivo; y vende, cede y transfiere a don MARIO IVÁN MUÑOZ MIRANDA, quien acepta para sí, el cincuenta por ciento restante de su interés y derechos en la sociedad, en el precio de un millón cien mil pesos pagados al contado y en efectivo. Como consecuencia directa e inmediata de las cesiones, don OLEGARIO HERMITO MUÑOZ ÁLVAREZ se retira definitivamente de la sociedad. DOS: Quedan como únicos y exclusivos socios de la "SOCIEDAD SOSTENEDORA DE ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES SANTA CLARA LIMITADA" don CLAUDIO FERNANDO MUÑOZ MIRANDA y don MARIO IVÁN MUÑOZ MIRANDA, con un cincuenta por ciento de participación en el capital social, derechos, utilidades y pérdidas cada uno de ellos. TRES: Se modifica y reemplaza íntegramente la Cláusula Sexta del pacto social primitivo, quedando la administración general, la representación legal, judicial y extrajudicial, y el uso de la razón social o nombre de fantasía a cargo exclusivo del socio don MARIO IVÁN MUÑOZ MIRANDA, quien representará a la sociedad con las más amplias facultades de administración descritas en la escritura que se extracta. En lo no modificado, se mantienen plenamente vigentes las demás estipulaciones del pacto social primitivo y sus modificaciones posteriores. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Achao, 01 septiembre 2026.