MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD INVERSIONES E INMOBILIARIA LOS TRES Y COMPAÑIA LIMITADA

RUT 77524640-5 CVE 2866625
Fecha instrumento
12 de agosto de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
12 de agosto de 2026
Repertorio
7768-2026
Notario
MAURO FABIAN AROCA GUERRERO
Oficio
7ª Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Ley aplicable
Ley N° 19.499

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
INVERSIONES SANTA FRANCISCA LIMITADA socio 77583665-2 — —

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MAURO FABIAN AROCA GUERRERO, Abogado, Notario Público Titular 7ª Notaría Santiago, con oficio en calle Agustinas 1161 entrepiso, Santiago, certifica, por escritura pública de fecha 12 de Agosto de 2026, otorgada ante mí, Repertorio Nº 7768-2026, MARCELO DENIS TAPIA TABILO, cédula de identidad Nº 8.754.229-7, EDUARDO NINO TAPIA TABILO, cédula de identidad Nº 8.754.242-4, y la sociedad INVERSIONES SANTA FRANCISCA LIMITADA, RUT Nº 77.583.665- 2, todos domiciliados en Avenida Presidente Kennedy Nº 7600 oficina 503, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, otorgaron escritura pública de saneamiento de la SOCIEDAD INVERSIONES E INMOBILIARIA LOS TRES Y COMPAÑIA LIMITADA, inscrita a fojas 453 número 364 del Registro de Comercio del año 2000 del Conservador de Bienes Raíces de La Serena, en la cual se dejó constancia de lo siguiente: Con fecha 24 de abril de 2026 en la notaría de Santiago de don Mauro Fabian Aroca Guerrero se otorgó escritura de saneamiento, resciliación de transformación y transformación de sociedad. El extracto de dicha escritura fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de La Serena con fecha 12 de junio de 2026, que rola a fojas 657 número 173 del año 2026, y fue publicado en el Diario Oficial con fecha uno de agosto de 2026, esto es, transcurridos noventa y nueve días desde la fecha de la escritura antes singularizada, adoleciendo de un vicio formal de nulidad por haberse efectuado fuera del plazo legal de 60 días. Mediante la escritura de saneamiento extractada, los actuales accionistas de la Sociedad sanearon el referido vicio formal, en conformidad con el artículo 1° y siguientes de la Ley N° 19.499, dejando constancia de que dicho saneamiento produce efecto retroactivo a la fecha de la publicación tardía antes señalada. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 13 de agosto de 2026.