CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

NEXT FUT SpA

CVE 2866466
Capital
$100.000.000 CLP
Fecha instrumento
26 de agosto de 2026
Notaría
La Reina

Instrumento

Fecha
26 de agosto de 2026
Repertorio
75292
Notario
PABLO MARTÍNEZ LOAIZA
Oficio
Primera Notaría de La Reina
Comuna
La Reina

Sociedad

Capital
$100.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PABLO MARTÍNEZ LOAIZA, Notario Público Titular de la Primera Notaría de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales N° 5.841, comuna de La Reina, certifica: Que por escritura pública de fecha 26 de Agosto de 2026, Repertorio N° 75.292, otorgada ante don GONZALO PRIETO MAGNOLFI, Abogado, Notario Público Suplente del Titular de la Primera Notaría de La Reina, PABLO MARTÍNEZ LOAIZA, CERTIFICO: Que, don CARLOS JOSÉ BERNARDINO BÓRQUEZ FARIÑA, chileno, casado y separado totalmente de bienes, pensionado, cédula de identidad N° 5.883.504-8, domiciliado en Av. Echeñique N° 8925- B, comuna de La Reina, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, constituyó una sociedad por acciones: Nombre o razón social "NEXT FUT SpA", pudiendo usar para todos los efectos, incluso en los bancos y cualquiera tipo de operación el nombre de fantasía el nombre de fantasía "ME FUT". Domicilio en la ciudad de Santiago, sin perjuicio de poder abrir sucursales u oficinas, en otras ciudades de Chile o en el extranjero. La duración de la sociedad será indefinida a partir de la fecha de su constitución. Objeto de la sociedad será: a) Por cuenta propia o ajena, la comercialización, compra, venta, distribución, importación y exportación de todo tipo de frutas, verduras, hortalizas y otros productos agrícolas, ya sea frescos, congelados, deshidratados o procesados, tanto en el mercado nacional como internacional. Asimismo, comprenderá la representación, consignación y cualquier otra actividad relacionada o complementaria con el comercio exterior de dichos productos, pudiendo realizar todos los actos lícitos que los socios acuerden en tal sentido; b) La compra, venta, permuta, comercialización, distribución de todo tipo de bienes como insumos, materias primas, mercadería terminada, productos, maquinarias en general, o de cualquier otra especie, pudiendo actuar por cuenta propia o de terceros entre otros, en relación al cultivo y producción de todo tipo de frutas, verduras, hortalizas y otros productos agrícolas; c) La elaboración. Por cuenta propia o ajena, de estudios, asesoría y proyectos en relación con el cultivo y los procesos involucrados hasta su comercialización en relación a frutas, verduras, hortalizas y otros productos agrícolas, ya sea frescos, congelados, deshidratados o procesados; d) El transporte terrestre, aéreo o marítimo por cuenta propia o ajena para la distribución ante el comercio nacional o internacional de todo tipo de frutas, verduras, hortalizas y otros productos agrícolas, ya sea frescos, congelados, deshidratados o procesados; e) En relación con estas actividades, la sociedad podrá contratar y mantener agencias, representaciones y distribuciones, sean nacionales o extranjeras, servir de agente consignatario, comisionista o intermediario; y prestar toda clase de servicios, relacionados con sus objetivos; f) La adquisición, instalación y explotación de industrias relacionadas en cualquier forma con las actividades anteriores y en general, la sociedad podrá realizar todos los actos y contratos que estime necesarios para la consecución de los fines indicados, y pago para el empleo e inversión de sus fondos disponibles; g) Las demás operaciones que acuerden los accionistas o socios a futuro. El capital de la sociedad es la suma de $100.000.000.- (CIEN MILLONES DE PESOS) dividido y representado en 10.000 (DIEZ MIL) ACCIONES sin valor nominal, sin series ni privilegios, que se suscriben y pagan en la forma indicada en el Artículo Primero Transitorio de los estatutos. Los títulos de las acciones serán nominativos. La Sociedad será administrada por uno o más gerentes, en adelante también llamado el "Administrador" o “los Administradores”, quien podrá ser una personas jurídica o una persona natural, ya sea accionista o no de la Sociedad, y a quien le corresponderá representar judicial y extrajudicialmente a la Sociedad y para el cumplimiento del objeto social estará investido de todas las facultades de administración y disposición, salvo que la ley, los estatutos o el acto de su designación establezca limitaciones al ejercicio de alguna de dichas facultades o que son privativas de la junta de accionistas. El Administrador de la Sociedad, esto es, el Gerente General, actuará por sí mismo, quien podrá ejercerlas con amplias facultades de administración y disposición, representar judicial y extrajudicialmente a la Sociedad, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos, contratos, que digan relación con la Sociedad, y especialmente las señaladas en la escritura constitutiva. El capital de la sociedad, ascendente a la cantidad de CIEN MILLONES DE PESOS, dividido en DIEZ MIL ACCIONES, sin valor nominal, sin series ni privilegios, las que suscribe en ese acto y se pagan en su totalidad por don CARLOS JOSÉ BERNARDINO BÓRQUEZ FARIÑA, quien las suscribe y paga en su totalidad. Se designa como Administrador a don CARLOS JOSÉ BERNARDINO BÓRQUEZ FARIÑA, para ejercer todas las funciones, responsabilidad y facultades de representación y administración indicadas en los artículos Décimo Segundo y Décimo Tercero de los Estatutos, como Gerente denominado General, para ejercer todas y cada una de las facultades indicadas en los Artículos Décimo Segundo y Décimo Tercero de los Estatutos, con las limitaciones allí indicadas. Demás estipulaciones en escritura extractada. En Santiago, 02 de septiembre del 2026.