Instrumento
- Fecha
- 26 de agosto de 2026
- Repertorio
- 75292
- Notario
- PABLO MARTÍNEZ LOAIZA
- Oficio
- Primera Notaría de La Reina
- Comuna
- La Reina
Sociedad
- Capital
- $100.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO MARTÍNEZ LOAIZA, Notario Público Titular de la Primera Notaría de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales N° 5.841, comuna de La Reina, certifica: Que por escritura pública de fecha 26 de Agosto de 2026, Repertorio N° 75.292, otorgada ante don GONZALO PRIETO MAGNOLFI, Abogado, Notario Público Suplente del Titular de la Primera Notaría de La Reina, PABLO MARTÍNEZ LOAIZA, CERTIFICO: Que, don CARLOS JOSÉ BERNARDINO BÓRQUEZ FARIÑA, chileno, casado y separado totalmente de bienes, pensionado, cédula de identidad N° 5.883.504-8, domiciliado en Av. Echeñique N° 8925- B, comuna de La Reina, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, constituyó una sociedad por acciones: Nombre o razón social "NEXT FUT SpA", pudiendo usar para todos los efectos, incluso en los bancos y cualquiera tipo de operación el nombre de fantasía el nombre de fantasía "ME FUT". Domicilio en la ciudad de Santiago, sin perjuicio de poder abrir sucursales u oficinas, en otras ciudades de Chile o en el extranjero. La duración de la sociedad será indefinida a partir de la fecha de su constitución. Objeto de la sociedad será: a) Por cuenta propia o ajena, la comercialización, compra, venta, distribución, importación y exportación de todo tipo de frutas, verduras, hortalizas y otros productos agrícolas, ya sea frescos, congelados, deshidratados o procesados, tanto en el mercado nacional como internacional. Asimismo, comprenderá la representación, consignación y cualquier otra actividad relacionada o complementaria con el comercio exterior de dichos productos, pudiendo realizar todos los actos lícitos que los socios acuerden en tal sentido; b) La compra, venta, permuta, comercialización, distribución de todo tipo de bienes como insumos, materias primas, mercadería terminada, productos, maquinarias en general, o de cualquier otra especie, pudiendo actuar por cuenta propia o de terceros entre otros, en relación al cultivo y producción de todo tipo de frutas, verduras, hortalizas y otros productos agrícolas; c) La elaboración. Por cuenta propia o ajena, de estudios, asesoría y proyectos en relación con el cultivo y los procesos involucrados hasta su comercialización en relación a frutas, verduras, hortalizas y otros productos agrícolas, ya sea frescos, congelados, deshidratados o procesados; d) El transporte terrestre, aéreo o marítimo por cuenta propia o ajena para la distribución ante el comercio nacional o internacional de todo tipo de frutas, verduras, hortalizas y otros productos agrícolas, ya sea frescos, congelados, deshidratados o procesados; e) En relación con estas actividades, la sociedad podrá contratar y mantener agencias, representaciones y distribuciones, sean nacionales o extranjeras, servir de agente consignatario, comisionista o intermediario; y prestar toda clase de servicios, relacionados con sus objetivos; f) La adquisición, instalación y explotación de industrias relacionadas en cualquier forma con las actividades anteriores y en general, la sociedad podrá realizar todos los actos y contratos que estime necesarios para la consecución de los fines indicados, y pago para el empleo e inversión de sus fondos disponibles; g) Las demás operaciones que acuerden los accionistas o socios a futuro. El capital de la sociedad es la suma de $100.000.000.- (CIEN MILLONES DE PESOS) dividido y representado en 10.000 (DIEZ MIL) ACCIONES sin valor nominal, sin series ni privilegios, que se suscriben y pagan en la forma indicada en el Artículo Primero Transitorio de los estatutos. Los títulos de las acciones serán nominativos. La Sociedad será administrada por uno o más gerentes, en adelante también llamado el "Administrador" o “los Administradores”, quien podrá ser una personas jurídica o una persona natural, ya sea accionista o no de la Sociedad, y a quien le corresponderá representar judicial y extrajudicialmente a la Sociedad y para el cumplimiento del objeto social estará investido de todas las facultades de administración y disposición, salvo que la ley, los estatutos o el acto de su designación establezca limitaciones al ejercicio de alguna de dichas facultades o que son privativas de la junta de accionistas. El Administrador de la Sociedad, esto es, el Gerente General, actuará por sí mismo, quien podrá ejercerlas con amplias facultades de administración y disposición, representar judicial y extrajudicialmente a la Sociedad, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos, contratos, que digan relación con la Sociedad, y especialmente las señaladas en la escritura constitutiva. El capital de la sociedad, ascendente a la cantidad de CIEN MILLONES DE PESOS, dividido en DIEZ MIL ACCIONES, sin valor nominal, sin series ni privilegios, las que suscribe en ese acto y se pagan en su totalidad por don CARLOS JOSÉ BERNARDINO BÓRQUEZ FARIÑA, quien las suscribe y paga en su totalidad. Se designa como Administrador a don CARLOS JOSÉ BERNARDINO BÓRQUEZ FARIÑA, para ejercer todas las funciones, responsabilidad y facultades de representación y administración indicadas en los artículos Décimo Segundo y Décimo Tercero de los Estatutos, como Gerente denominado General, para ejercer todas y cada una de las facultades indicadas en los Artículos Décimo Segundo y Décimo Tercero de los Estatutos, con las limitaciones allí indicadas. Demás estipulaciones en escritura extractada. En Santiago, 02 de septiembre del 2026.