Instrumento
- Fecha
- 25 de agosto de 2026
- Comuna
- Providencia
Sociedad
- Capital
- $49.772 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto la realización de inversiones en todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales e incorporales, valores mobiliarios, instrumentos financieros de cualquier tipo, derechos en sociedades de personas, comunidades, títulos de renta, efectos de comercio, bonos, acciones, patentes, marcas, licencias, procesos y concesiones de cualquiera naturaleza, y cualesquiera otros bienes, así como la administración y su explotación. La prestación de servicios de asesoría y consultoría, en el área financiera, comercial, ingeniería, económica, tanto a personas naturales y jurídicas, entidades, organismos privados y públicos, tanto chilenos como extranjero, sin limitación alguna. La sociedad también podrá prestar servicios en el campo de la dirección de empre-sas y sociedades y todo otro servicio y actividades que el -los- socio -s- acuerde -n- previamente, y en general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la sociedad o el desarrollo de su giro sin limitaciones de ninguna especie. La sociedad también podrá prestar servicios en el campo de la dirección de empresas y sociedades y todo otro servicio y actividades que el -los- socio -s- acuerde-n- previamente, y en general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la sociedad o el desarrollo de su giro sin limitaciones de ninguna especie. Para lograr sus finalidades, la sociedad podrá ingresar a otras sociedades ya existentes y)o concurrir a la formación de sociedades o empresas de cualquier orden jurídico, ingresando a ellas como socia
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS EDUARDO RODRIGUEZ BURR, Abogado, Notario Titular de la Primera Notaria de Providencia, Avenida Providencia No 1777, certifico que por escritura otorgada hoy ante mi, repertorio No. 6407/2026, don GORAN JORGE RADIC SYLVESTER, domiciliado en Camino de Las Ermitas 4209, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, constituye la siguiente sociedad por acciones: Nombre: “INVERSIONES SUR SpA”. Domicilio: Ciudad de Santiago. Duración: Indefinida. Objeto: La sociedad tendrá por objeto la realización de inversiones en todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales e incorporales, valores mobiliarios, instrumentos financieros de cualquier tipo, derechos en sociedades de personas, comunidades, títulos de renta, efectos de comercio, bonos, acciones, patentes, marcas, licencias, procesos y concesiones de cualquiera naturaleza, y cualesquiera otros bienes, así como la administración y su explotación. La prestación de servicios de asesoría y consultoría, en el área financiera, comercial, ingeniería, económica, tanto a personas naturales y jurídicas, entidades, organismos privados y públicos, tanto chilenos como extranjero, sin limitación alguna. La sociedad también podrá prestar servicios en el campo de la dirección de empre-sas y sociedades y todo otro servicio y actividades que el -los- socio -s- acuerde -n- previamente, y en general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la sociedad o el desarrollo de su giro sin limitaciones de ninguna especie. La sociedad también podrá prestar servicios en el campo de la dirección de empresas y sociedades y todo otro servicio y actividades que el -los- socio -s- acuerde-n- previamente, y en general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la sociedad o el desarrollo de su giro sin limitaciones de ninguna especie. Para lograr sus finalidades, la sociedad podrá ingresar a otras sociedades ya existentes y/o concurrir a la formación de sociedades o empresas de cualquier orden jurídico, ingresando a ellas como socia. Capital: $49.772.518 dividido en 1000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, totalmente suscrito, enterado y pagado, como indica escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. – Santiago, 25 de agosto de 2026.