INVERSIONES CARVAL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 7 de julio de 2026
- Repertorio
- 16806-2026
- Notario
- Abogado
- Oficio
- Cuadragésima Quinta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN IGNACIO SAN MARTÍN SCHRÖDER, Abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Quinta Notaría de Santiago, domiciliado en esta ciudad, calle Miraflores N°222, piso 11, certifico: Que por escritura pública de fecha 7 de julio de 2026, repertorio Nº16.806-2026, ante mí, doña CARMEN MARÍA VALDÉS LYON, domiciliada en El Gabino 13.118, departamento 403-A, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; doña CARMEN MARÍA EGAÑA VALDÉS, domiciliada en Los Sauzales 2.833, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, doña CARMEN MARÍA MERY EGAÑA, domiciliada en Escrivá de Balaguer 9.155, departamento 21 Coiguë, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, don ÁLVARO JOSÉ MERY EGAÑA, domiciliado en Los Sauzales 2.833, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, y doña MARÍA FRANCISCA MERY EGAÑA, domiciliada en Los Sauzales 2.833, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; modificaron sociedad responsabilidad limitada “INVERSIONES CARVAL LIMITADA” en los siguientes términos: Uno) Los socios hicieron constar la donación de la nuda propiedad de los derechos sociales que doña CARMEN MARÍA VALDÉS LYON tenía en INVERSIONES CARVAL LIMITADA a sus nietos doña CARMEN MARÍA MERY EGAÑA, don ÁLVARO JOSÉ MERY EGAÑA, y doña MARÍA FRANCISCA MERY EGAÑA, y el usufructo del 1% con derecho de acrecimiento en caso de fallecimiento a su hija doña CARMEN MARÍA EGAÑA VALDÉS, reservándose la donante el usufructo vitalicio de los derechos sociales. Dos) Producto de lo anterior, los actuales socios de INVERSIONES CARVAL LIMITADA acordaron reemplazar el texto del artículo cuarto del estatuto vigente de la sociedad, de la siguiente manera: “ARTICULO CUARTO: El capital de la sociedad es la suma de ciento sesenta y cinco millones setecientos dieciocho mil setecientos sesenta y seis pesos totalmente enterado y pagado, y que corresponde a los actuales socios como sigue: a) doña CARMEN MARÍA VALDÉS LYON, el usufructo vitalicio del noventa y ocho por ciento de los derechos sociales; b) doña CARMEN MARÍA EGAÑA VALDÉS, la plena propiedad de un uno por ciento de los derechos sociales, y el usufructo de un uno por ciento de los derechos sociales; c) doña CARMEN MARÍA MERY EGAÑA, la nuda propiedad del treinta y tres por ciento de los derechos sociales; d) don ÁLVARO JOSÉ MERY EGAÑA, la nuda propiedad del treinta y tres por ciento de los derechos sociales; y, e) doña MARÍA FRANCISCA MERY EGAÑA, la nuda propiedad del treinta y tres por ciento de los derechos sociales” Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 11 de agosto de 2026.