INMOBILIARIA LUIS ALEJANDRO JORQUERA CISTERNAS EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Instrumento
- Notario
- IGNACIO JAVIER GONZALEZ LÓPEZ
- Domicilio
- esta ciudad
Sociedad
- Capital
- $60.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio será Limache
- Duración
- Indefinida
Objeto social
Será la adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza y establecer sucursales en cualquier lugar del territorio nacional, asimismo ejecutar todo tipo de negocios, actos y contratos relacionados con el objeto social y que la sociedad determine para su mejor cometido. que acuerden o determine el
Administración
- La administración corresponderá al titular de la empresa don LUIS ALEJANDRO JORQUERA CISTERNAS
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEn Quilpué, Comuna del mismo nombre, República de Chile, a 11 de agosto del año dos mil veintiséis, ante mí, IGNACIO JAVIER GONZALEZ LÓPEZ, abogado, Notario Público Titular de esta ciudad, con oficio en Diego Portales número setecientos noventa, segundo piso, CERTIFICA: que por escritura pública de fecha 11 de agosto del 2026, bajo el REPERTORIO N° 1.687/2026 don LUIS ALEJANDRO JORQUERA CISTERNAS, chileno, soltero, comerciante, Cédula Nacional de Identidad y Rut número trece millones quinientos cuarenta y dos mil cuarenta y nueve guion dos, con domicilio en Teniente Merino número doscientos diez, paradero ocho, Los Maitenes, Limache, Provincia Marga Marga, Región Valparaíso, cuarenta y siete años, constituye EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, en conformidad a las prescripciones de la ley número diecinueve mil ochocientos cincuenta y siete de fecha once de febrero del año dos mil tres.- RAZÓN DE LA EMPRESA.- La razón de la empresa será “INMOBILIARIA LUIS ALEJANDRO JORQUERA CISTERNAS EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, pudiendo actuar, inclusive con los bancos y entidades financieras en general, con el nombre de fantasía “INMOBILIARIA JORQUERA E.I.R.L” OBJETO DE LA EMPRESA. OBJETO SOCIAL. Será la adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza y establecer sucursales en cualquier lugar del territorio nacional, asimismo ejecutar todo tipo de negocios, actos y contratos relacionados con el objeto social y que la sociedad determine para su mejor cometido. que acuerden o determine el socio. ADMINISTRACIÓN. - La administración corresponderá al titular de la empresa don LUIS ALEJANDRO JORQUERA CISTERNAS. CAPITAL. - El capital de la empresa es la suma de SESENTA MILLONES DE PESOS, ($60.000.000.-), que se aporta de la siguiente manera: a) con la suma de TRES MILLONES DE PESOS ($3.000.000.-) de contado y dinero efectivo que ingresa al capital de la empresa. B) La suma de CINCUENTA Y SIETE MILLONES DE PESOS ($57.000.000.-), que se pagan aportando en dominio a la empresa Propiedad raíz ubicada en la comuna de Limache, Los Maitenes, Provincia Marga Marga, Región Valparaíso, cuyo título corre inscrito a fojas mil ciento seis números mil cuatrocientos sesenta y nueve del Registro de Propiedad llevado por el Conservador de Bienes Raíces de Limache año dos mil catorce. Propiedad amparada bajo el Rol de avalúo Número trescientos veinticuatro guiones ocho, comuna de Limache. Esta propiedad se tasa en la suma de CINCUENTA Y SIETE MILLONES DE PESOS ($57.000.000.-). - RESPONSABILIDAD. - La responsabilidad del titular de la empresa se extiende hasta el aporte efectivo comprometido. DOMICILIO. El domicilio será Limache, sin perjuicio de poder establecer sucursales o agencias en otras ciudades del país o en el extranjero DURACIÓN. La empresa empezará a regir a contar desde esta fecha y su duración será indefinida, sin perjuicio de las causales de término de la empresa contempladas en la Ley. - Demas estipulaciones en la escritura extractada.