AGRÍCOLA CRUZ DEL SUR LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 31 de agosto de 2026
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.235.414.484 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- 5 años, a partir de fecha este instrumento, se entenderá prorrogado automáticamente por períodos sucesivos 5 años, si ninguno de los socios expresa su voluntad de poner término a la sociedad mediante declaración hecha por escritura pública, anotada al margen de la inscripción social forma indicada escritura
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) El estudio, implementación y realización, en general, de todo tipo de proyectos y de obras de ingeniería y construcción, y toda prestación de servicios y trabajos relacionados, en la actualidad o en el futuro, con el giro construcción, sea por cuenta propia o de terceros, en forma directa o indirecta, ya sea, asociada o de consorcio, en calidad de constructora o contratista y con servicios anexos o conexos a la Ingeniería y a la industria de la construcción y sus derivados; b) La compra, venta, exportación e importación, distribución, intermediación y comercialización, en cualquier forma, como también, la representación de firmas nacionales o extranjeras, compraventa con o sin comisión, promoción, por cuenta propia o ajena, de toda clase de maquinarias, grúas, vehículos, equipos, repuestos, piezas, accesorios, mercancías, productos y artículos en general, nuevos o usados; c) El arriendo de maquinarias, grúas, vehículos y, equipos, en general, con o sin conductor u operador; su mantención y reparación; d) El transporte y distribución de cargas, mercaderías y toda clase de bienes muebles, en su más amplio concepto, en vehículos propios o tomados en arriendo o leasing o encomendados a terceros; e) El movimiento de tierras, nivelación y mantenimiento de terrenos con maquinarias propias o ajenas; f) La explotación agrícola, ganadera y forestal en general, por cuenta propia o ajena, de predios agrícolas propios y)o arrendados, o de los que la sociedad tome en medianería, convenios o en otra forma de explotación, la comercialización de los productos provenientes de ellos y dar en arrendamiento predios agrícolas; g) La importación, exportación, transformación y comercialización de productos agrícolas, ganaderos o forestales y todo otro negocio o actividad agropecuaria; h) Prestar servicios de asesoría y consultoría de todo tipo o de cualquier materia de las antes indicadas; i) Inversiones en toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, opciones, efectos de comercio, cuotas de fondos mutuos, derechos en sociedades y toda clase de títulos o valores mobiliarios; desarrollar proyectos de inversión en sus formas más amplias, adquirir, enajenar y explotar toda clase de inmuebles, rústicos o urbanos, por cuenta propia o de terceros; concurrir a la constitución y)o participar en toda clase de sociedades, de personas, anónimas o de cualquier otro tipo, comunidades, Joint Ventures y asociaciones en general; y realizar todo cuanto sea conducente o relacionado con cualquiera de las actividades antes mencionadas, como asimismo, la administración de las inversiones, proyectos y actividades antes señaladas y percibir sus frutos o rentas; y j) En general, realizar todos los actos y celebrar todos los contratos que los socios estimen convenientes o necesarios para realizar sus objetivos;
Administración
Corresponderá, a don JOAQUÍN LUIS GARCÍA TAGLE, cédula nacional de identidad N°4.034.711-9, a don RODRIGO DEL SAGRADO CORAZÓN GARCÍA TAGLE, cédula nacional de identidad N°5.894.525-0, a don JOAQUÍN ANDRÉS GARCÍA DE SOLMINIHAC, cédula nacional de identidad N°10.194.024-1 y, a doña MARÍA CAROLINA GARCÍA DE SOLMINIHAC, cédula nacional de identidad N°10.194.020-9, quienes actuando de la forma indicada en la presente cláusula, podrán obligar y representar a la sociedad con las más amplias facultades en todo tipo de asuntos, contratos, actos, y negocios conducentes a la obtención del objeto y giro social, y con las facultades que se indican en la cláusula octava del contrato social, en la forma y el monto señalado en la escritura extractada;
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Titular 43º Notaría Santiago, Huérfanos 835, piso 18, Santiago, CERTIFICA: Por escritura 31 agosto 2026, ante mí, INVERSIONES FORMENTERA SpA, INVERSIONES PIEDRAS NEGRAS SpA e INVERSIONES RAPALLO LIMITADA, todas Avenida Alonso de Córdova 5.051, oficina 1.201, Las Condes, Santiago, modificaron “AGRÍCOLA CRUZ DEL SUR LIMITADA’’, inscrita a fojas 527 Nº 310 en Registro Comercio Santiago de 1976, en siguientes términos: Uno) En razón de lo señalado en escritura extractada modifican cláusula Quinta del Capital, por la siguiente: “QUINTO: Capital. El capital de la sociedad es la suma de $1.235.414.484.- pesos, que los socios aportan y pagan de la siguiente forma: A) Inversiones Formentera SpA, $486.602.586.- pesos, que el socio aportó y pagó con anterioridad, ya ingresado a la caja social, y que corresponde aproximadamente al 39,3878% de los derechos sobre el capital social; B) Inversiones Piedras Negras SpA, $486.602.586.- pesos, que el socio aportó y pagó con anterioridad, ya ingresado a la caja social, y que corresponde aproximadamente al 39,3878% de los derechos sobre el capital social; y C) Inversiones Rapallo Limitada, $262.209.312.- pesos, que el socio aportó y pagó con anterioridad, ya ingresado a la caja social, y que corresponde aproximadamente al 21,2244% de los derechos sobre el capital social; Dos) Se modifica cláusula octava sobre facultades de administración que no es materia extracto, en forma señalada en escritura extractada; y, Tres) Se elimina cláusula décima quinta, que no es materia extracto y consta en escritura extractada. Finalmente, socios fijan pacto social refundido que contiene todas las modificaciones y cuyas menciones extractables son las siguientes: Razón social: “AGRÍCOLA CRUZ DEL SUR LIMITADA”, pudiendo usar el nombre de fantasía “CRUZ DEL SUR LTDA.” para fines comerciales y bancarios; Objeto: El objeto de la sociedad será: a) El estudio, implementación y realización, en general, de todo tipo de proyectos y de obras de ingeniería y construcción, y toda prestación de servicios y trabajos relacionados, en la actualidad o en el futuro, con el giro construcción, sea por cuenta propia o de terceros, en forma directa o indirecta, ya sea, asociada o de consorcio, en calidad de constructora o contratista y con servicios anexos o conexos a la Ingeniería y a la industria de la construcción y sus derivados; b) La compra, venta, exportación e importación, distribución, intermediación y comercialización, en cualquier forma, como también, la representación de firmas nacionales o extranjeras, compraventa con o sin comisión, promoción, por cuenta propia o ajena, de toda clase de maquinarias, grúas, vehículos, equipos, repuestos, piezas, accesorios, mercancías, productos y artículos en general, nuevos o usados; c) El arriendo de maquinarias, grúas, vehículos y, equipos, en general, con o sin conductor u operador; su mantención y reparación; d) El transporte y distribución de cargas, mercaderías y toda clase de bienes muebles, en su más amplio concepto, en vehículos propios o tomados en arriendo o leasing o encomendados a terceros; e) El movimiento de tierras, nivelación y mantenimiento de terrenos con maquinarias propias o ajenas; f) La explotación agrícola, ganadera y forestal en general, por cuenta propia o ajena, de predios agrícolas propios y/o arrendados, o de los que la sociedad tome en medianería, convenios o en otra forma de explotación, la comercialización de los productos provenientes de ellos y dar en arrendamiento predios agrícolas; g) La importación, exportación, transformación y comercialización de productos agrícolas, ganaderos o forestales y todo otro negocio o actividad agropecuaria; h) Prestar servicios de asesoría y consultoría de todo tipo o de cualquier materia de las antes indicadas; i) Inversiones en toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, opciones, efectos de comercio, cuotas de fondos mutuos, derechos en sociedades y toda clase de títulos o valores mobiliarios; desarrollar proyectos de inversión en sus formas más amplias, adquirir, enajenar y explotar toda clase de inmuebles, rústicos o urbanos, por cuenta propia o de terceros; concurrir a la constitución y/o participar en toda clase de sociedades, de personas, anónimas o de cualquier otro tipo, comunidades, Joint Ventures y asociaciones en general; y realizar todo cuanto sea conducente o relacionado con cualquiera de las actividades antes mencionadas, como asimismo, la administración de las inversiones, proyectos y actividades antes señaladas y percibir sus frutos o rentas; y j) En general, realizar todos los actos y celebrar todos los contratos que los socios estimen convenientes o necesarios para realizar sus objetivos; Domicilio: Santiago, sin perjuicio agencias o sucursales en otros lugares país o extranjero; Capital: $1.235.414.484.- que socios aportan y pagan siguiente forma: A) Inversiones Formentera SpA, $486.602.586.- pesos, que el socio aportó y pagó con anterioridad, ya ingresado a la caja social, y que corresponde aproximadamente al 39,3878% de los derechos sobre el capital social; B) Inversiones Piedras Negras SpA, $486.602.586.- pesos, que el socio aportó y pagó con anterioridad, ya ingresado a la caja social, y que corresponde aproximadamente al 39,3878% de los derechos sobre el capital social; y C) Inversiones Rapallo Limitada, $262.209.312.- pesos, que el socio aportó y pagó con anterioridad, ya ingresado a la caja social, y que corresponde aproximadamente al 21,2244% de los derechos sobre el capital social; Responsabilidad: Socios limitan responsabilidad monto respectivos aportes; Administración y uso de la razón social: Corresponderá, a don JOAQUÍN LUIS GARCÍA TAGLE, cédula nacional de identidad N°4.034.711-9, a don RODRIGO DEL SAGRADO CORAZÓN GARCÍA TAGLE, cédula nacional de identidad N°5.894.525-0, a don JOAQUÍN ANDRÉS GARCÍA DE SOLMINIHAC, cédula nacional de identidad N°10.194.024-1 y, a doña MARÍA CAROLINA GARCÍA DE SOLMINIHAC, cédula nacional de identidad N°10.194.020-9, quienes actuando de la forma indicada en la presente cláusula, podrán obligar y representar a la sociedad con las más amplias facultades en todo tipo de asuntos, contratos, actos, y negocios conducentes a la obtención del objeto y giro social, y con las facultades que se indican en la cláusula octava del contrato social, en la forma y el monto señalado en la escritura extractada; Duración: 5 años, a partir de fecha este instrumento, se entenderá prorrogado automáticamente por períodos sucesivos 5 años, si ninguno de los socios expresa su voluntad de poner término a la sociedad mediante declaración hecha por escritura pública, anotada al margen de la inscripción social forma indicada escritura. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 01 de septiembre de 2026.