MAR DEL NORTE SpA
Instrumento
- Fecha
- 21 de agosto de 2026
- Repertorio
- 43546-2026
- Notario
- MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- Trigésimo Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, abogado, Notario Público Titular de la Trigésimo Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Isidora Goyenechea 3.477, oficina 10, comuna de Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 21 de agosto de 2026, Repertorio N° 43.546- 2026, otorgada ante mí, INVERSIONES MAR DEL SUR LIMITADA, en su calidad de único accionista, y MAR DEL NORTE SpA, cuyo extracto se inscribió a fojas 49.679 N° 19.227 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2025 (en adelante, la “Sociedad”), acordaron resciliar el aumento de capital de la Sociedad acordado por escritura pública de fecha 26 de diciembre de 2025, otorgada en la Notaría de La Reina de don Pablo Martínez Loaiza, cuyo extracto se inscribió a fojas 8.179 N° 3.321 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2026, mediante el cual se había aumentado el capital social de la Sociedad desde la suma de $1.000.000 a la suma de $724.964.346, en los términos indicados en escritura extractada. En consecuencia, por la resciliación se redujo el capital social de la Sociedad a la suma de $1.000.000, dividido en 1.000.000 de acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal. Se reemplaza el Artículo Quinto y el Artículo Transitorio de los estatutos de la Sociedad, por los siguientes: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000 dividido en 1.000.000 de acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie, y sin valor nominal. Cada acción dará derecho a un voto. Lo anterior sin perjuicio de las modificaciones de capital y del valor de las acciones que se produzcan de pleno derecho en conformidad a las disposiciones del presente estatuto y, en forma supletoria, de acuerdo a las normas de las sociedades anónimas cerradas que les sean aplicables. Dicho capital será suscrito y pagado en la forma y en los plazos establecidos en el Artículo Transitorio de estos estatutos.”. “ARTÍCULO TRANSITORIO. SUSCRIPCIÓN Y PAGO DE ACCIONES. El capital de la Sociedad asciende a la suma de $1.000.000 dividido en 1.000.000 de acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal. La totalidad de las acciones se encuentran íntegramente suscritas y pagadas por INVERSIONES MAR DEL SUR LIMITADA, mediante el pago de un millón de pesos, al contado y en dinero efectivo, según consta en la escritura de constitución de la Sociedad de fecha dos de junio del año dos mil veinticinco.”. Demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en la escritura extractada. Santiago, 27 de agosto de 2026.