Instrumento
- Fecha
- 28 de agosto de 2026
- Repertorio
- 1854-2026
- Notario
- Sergio Fernando Rodríguez Uribe
- Oficio
- 14 Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje e intermediación de propiedades, u otra cualquiera forma de explotación, ya sea, loteo, subdivisión, construcción, urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena. Compra venta de inmuebles estén o no edificados, promoción de negocios, inversiones, construcciones, planes habitacionales y asesorías de los mismos; adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios, asesorías inmobiliarias, formación y participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera sea su naturaleza o giro; cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria; y cualquier otro negocio, inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos y valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena, explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación de cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o futuro, con lo dicho; y cualquier otro negocio que acordaren los socios, sin limitación alguna
Administración
La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don FELIPE RAUL IRARRAZAVAL SCHMEISSER
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalSergio Fernando Rodríguez Uribe, abogado, Notario Público Titular de la 14 Notaria de Santiago, con oficio en calle Amunategui N°391, comuna de Santiago, certifico que por escritura de 12-08- 2026, Repertorio N° 1854-2026, ante mí, FELIPE RAUL IRARRAZAVAL SCHMEISSER, chileno, casado y separado totalmente de bienes, empleado, cédula de identidad número doce millones ochocientos setenta y cuatro mil ciento treinta y uno guion tres, domiciliado en calle San Diego número trescientos trece, departamento mil cuatrocientos seis, comuna de Santiago, constituye una sociedad por acciones denominada “INVERSIONES IRARRAZAVAL Y CIA SpA” pudiendo utilizar como nombre de fantasía “INVERSIONES IRARRAZAVAL Y CIA SpA” que quedará regida por sus estatutos y en lo no previsto, subsidiariamente por los artículos cuatrocientos veinticuatro y siguientes del Código de Comercio. Domicilio: El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, sucursales o establecimientos dentro del país o en el extranjero. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje e intermediación de propiedades, u otra cualquiera forma de explotación, ya sea, loteo, subdivisión, construcción, urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena. Compra venta de inmuebles estén o no edificados, promoción de negocios, inversiones, construcciones, planes habitacionales y asesorías de los mismos; adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios, asesorías inmobiliarias, formación y participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera sea su naturaleza o giro; cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria; y cualquier otro negocio, inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos y valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena, explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación de cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o futuro, con lo dicho; y cualquier otro negocio que acordaren los socios, sin limitación alguna. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS, dividido en MIL acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal, de una misma serie, el que se suscribe de la siguiente forma: don FELIPE RAUL IRARRAZAVAL SCHMEISSER suscribe y paga de la siguiente forma: Declara ser dueño y aporta los siguientes bienes: INMUEBLES: UNO) Del departamento número mil ciento diecinueve del décimo primer piso, del estacionamiento número dieciséis y de la bodega número setenta y seis ambos del primer subterráneo, todos del “Edificio Metrópolis”, con ingreso por calle San Diego número trescientos trece, comuna de Santiago, región Metropolitana, de acuerdo al plano archivado con el número cuatro mil setenta y cinco al cuatro mil novecientos setenta y cinco J; y dueño además de derechos en proporción al valor de lo adquirido en unión de los otros adquirentes en los bienes comunes entre los cuales se encuentra el terreno que deslinda: NORTE, en dos tramos con calle Eleuterio Ramírez, y en tres tramos con otros propietarios; NORORIENTE, en ochavo con intersección de las calles Eleuterio Ramírez y San Diego; SUR, en dos tramos con otros propietarios; ORIENTE, en un tramo con calle San Diego y en un tramo con otros propietarios; PONIENTE, en cuatro tramos con otros propietarios y en un tramo con calle Eleuterio Ramírez. Los adquirió por compra que hizo a la sociedad Inmobiliaria Metropolis S.A., según consta en escritura pública de fecha trece de diciembre del año dos mil doce, otorgada ante notario don René Benavente Cash. El título a su favor consta inscrito a fojas doce mil cuatrocientos ochenta, número diecinueve mil ciento cuarenta y cuatro del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año dos mil trece. Roles de avalúo fiscal números quinientos treinta y seis guion doscientos cuarenta y cinco, quinientos treinta y seis guion quinientos setenta y quinientos treinta y seis guion setecientos cuarenta y dos, todos comuna de Santiago. DOS) Del departamento número mil cuatrocientos seis del décimo cuarto piso, del estacionamiento número treinta y cuatro y de la bodega número setenta y ocho ambos del primer subterráneo, todos del “Edificio Metrópolis”, con ingreso por calle San Diego número trescientos trece, comuna de Santiago, región Metropolitana, de acuerdo al plano archivado con el número cuatro mil setenta y cinco al cuatro mil setenta y cinco guion J; y dueño además de derechos en proporción al valor de lo adquirido en unión de los otros adquirentes en los bienes comunes entre los cuales se encuentra el terreno que deslinda: NORTE, en dos tramos con calle Eleuterio Ramírez, y en tres tramos con otros propietarios; NORORIENTE, en ochavo con intersección de las calles Eleuterio Ramírez y San Diego; SUR, en dos tramos con otros propietarios; ORIENTE, en un tramo con calle San Diego y en un tramo con otros propietarios; PONIENTE, en cuatro tramos con otros propietarios y en un tramo con calle Eleuterio Ramírez. Los adquirió por compra que hizo a la sociedad Inmobiliaria Metropolis S.A., según consta en escritura pública de fecha treinta de noviembre del año dos mil doce, otorgada ante notario don José Musalem Saffie. El título a su favor consta inscrito a fojas dieciséis mil novecientos setenta y siete, número veinticinco mil novecientos cuarenta y seis del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año dos mil trece. Roles de avalúo fiscal números quinientos treinta y seis guion trescientos siete, quinientos treinta y seis guion quinientos setenta y dos y quinientos treinta y seis guion setecientos sesenta, todos comuna de Santiago. TRES) Del departamento número mil setecientos diecisiete del décimo séptimo piso, del estacionamiento número setenta y ocho y de la bodega número doscientos del segundo subterráneo, todos del “Edificio Metrópolis”, con ingreso por calle San Diego número trescientos trece, comuna de Santiago, región Metropolitana, de acuerdo al plano archivado con el número cuatro mil setenta y cinco, cuatro mil setenta y cinco guion A al cuatro mil setenta y cinco J; y dueño además de derechos en proporción al valor de lo adquirido en unión de los otros adquirentes en los bienes comunes entre los cuales se encuentra el terreno que deslinda: NORTE, en dos tramos con calle Eleuterio Ramírez, y en tres tramos con otros propietarios; NORORIENTE, en ochavo con intersección de las calles Eleuterio Ramírez y San Diego; SUR, en dos tramos con otros propietarios; ORIENTE, en un tramo con calle San Diego y en un tramo con otros propietarios; PONIENTE, en cuatro tramos con otros propietarios y en un tramo con calle Eleuterio Ramírez. Los adquirió por compra que hizo a la sociedad Inmobiliaria Metropolis S.A., según consta en escritura pública de fecha dieciocho de diciembre del año dos mil doce, otorgada ante notario don René Benavente Cash. El título a su favor consta inscrito a fojas diecinueve mil ochocientos sesenta y uno, número treinta mil trescientos veinticuatro del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año dos mil trece. Roles de avalúo fiscal números quinientos treinta y seis guion trescientos ochenta y tres, quinientos treinta y seis guion seiscientos noventa y cinco y quinientos treinta y seis guion ochocientos cuatro, todos comuna de Santiago. CUATRO) Del departamento número mil trescientos seis del décimo tercer piso, del estacionamiento número diecinueve y de la bodega número ochenta ambos del primer subterráneo, todos del “Edificio Metrópolis”, con ingreso por calle San Diego número trescientos trece, comuna de Santiago, región Metropolitana, de acuerdo al plano archivado con el número cuatro mil setenta y cinco al cuatro mil setenta y cinco J; y dueño además de derechos en proporción al valor de lo adquirido en unión de los otros adquirentes en los bienes comunes entre los cuales se encuentra el terreno que deslinda: NORTE, en dos tramos con calle Eleuterio Ramírez, y en tres tramos con otros propietarios; NORORIENTE, en ochavo con intersección de las calles Eleuterio Ramírez y San Diego; SUR, en dos tramos con otros propietarios; ORIENTE, en un tramo con calle San Diego y en un tramo con otros propietarios; PONIENTE, en cuatro tramos con otros propietarios y en un tramo con calle Eleuterio Ramírez. Los adquirió por compra que hizo a la sociedad Inmobiliaria Metropolis S.A., según consta en escritura pública de fecha once de diciembre del año dos mil doce, otorgada ante notario doña Gloria Acharán Toledo. El título a su favor consta inscrito a fojas doce mil trescientos sesenta y dos, número dieciocho mil novecientos sesenta y tres del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año dos mil trece. Roles de avalúo fiscal números quinientos treinta y seis guion doscientos ochenta y dos, quinientos treinta y seis guion quinientos setenta y cuatro, y quinientos treinta y seis guion setecientos cuarenta y cinco, todos comuna de Santiago. CINCO) De la nuda propiedad de la unidad noventa y cuatro del Condominio Lote Z, ubicado en la comuna de Los Vilos, provincia de Choapa, región de Coquimbo, que conforme al plano archivado bajo el número cuatrocientos cuarenta y ocho del Registro de Documentos de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Los Vilos del año dos mil cinco, tiene los siguientes deslindes particulares: NORTE, en cinco coma setenta y cinco metros con lote noventa y tres; ORIENTE, en nueve coma ochenta y cinco metros con pasaje Los Maitenes; SUR, en ocho coma tres metros con área verde; y PONIENTE, en nueve coma noventa y cinco metros con lote dos. Además dueño de derechos en proporción al valor de lo adquirido en unión de los otros adquirentes en los bienes comunes entre los cuales se encuentra el terreno que se construyó el condominio que deslinda: NORTE, en ciento cuarenta y dos metros con lote D; ORIENTE, línea quebrada de noventa y cinco metros y veintidós metros con lote G; SUR, en ciento sesenta y cinco metros con calle Uno Norte; y PONIENTE, en noventa y dos metros con calle Nueva Costanera, ex Fresia. Lo adquirió por compra que hizo a don Raúl Irarrázaval Gómez, según consta en escritura pública de fecha veintidós de abril de dos mil veintiuno, y escritura complementaria de fecha veintisiete de mayo de dos mil veintiuno, ambas otorgadas ante notario público don Sebastián Sadá Aznar. El título a su favor consta inscrito a fojas quinientos noventa y cinco, número seiscientos noventa y siete del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Los Vilos del año dos mil veintiuno. Rol de avalúo fiscal número doscientos veintinueve guion ciento dos, comuna de Los Vilos. SEIS) De la unidad Dos del Condominio Lote Z, ubicado en la comuna de Los Vilos, provincia de Choapa, región de Coquimbo, que conforme al plano archivado bajo el número cuatrocientos cuarenta y ocho del Registro de Documentos de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Los Vilos del año dos mil cinco, tiene los siguientes deslindes particulares: NORTE, siete coma diez metros con lote noventa y tres; ORIENTE, nueve coma noventa y cinco metros con lote noventa y cuatro; SUR, en ocho coma ocho metros con área verde; y PONIENTE, en diez coma seis metros con pasaje Los Eucaliptus. Además dueño de derechos en proporción al valor de lo adquirido en unión de los otros adquirentes en los bienes comunes entre los cuales se encuentra el terreno que se construyó el condominio que deslinda: NORTE, en ciento cuarenta y dos metros con lote D; ORIENTE, línea quebrada de noventa y cinco metros y veintidós metros con lote G; SUR, en ciento sesenta y cinco metros con calle Uno Norte; y PONIENTE, en noventa y dos metros con calle Nueva Costanera, ex Fresia. Lo adquirió por compra que hizo a la Inmobiliaria Los Vilos Limitada, según consta en escritura pública de fecha diecisiete de marzo de dos mil seis, otorgada ante notario público don Cosme Fernando Gomila Gatica. El título a su favor consta inscrito a fojas seiscientos cuarenta y tres, número mil ciento sesenta y cuatro del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Los Vilos del año dos mil seis. Rol de avalúo fiscal número doscientos veintinueve guion diez, comuna de Los Vilos. LOS INMUEBLES respecto de las cuales, el socio aportante es dueño, y son avaluados en la suma total de doscientos cincuenta y cinco millones de pesos, y en detalle cada inmueble, avaluado como sigue a continuación: el inmueble singularizado bajo el número UNO) de la presente cláusula es avaluado en la suma total de cincuenta y un millones de pesos; cuyo desgloce es a la vez, el departamento la suma de cuarenta y dos millones de pesos, el estacionamiento la suma de ocho millones de pesos y la bodega el valor de un millón de pesos. El inmueble singularizado bajo el número DOS) de la presente cláusula es avaluado en la suma de sesenta y cuatro millones de pesos; cuyo desgloce es a la vez, el departamento la suma de cincuenta y cinco millones de pesos, el estacionamiento la suma de ocho millones de pesos y la bodega la suma de un millón de pesos. El inmueble singularizado bajo el número TRES) de la presente cláusula es avaluado en la suma total de cincuenta y un millones de pesos; cuyo desgloce es a la vez, el departamento la suma de cuarenta y dos millones de pesos, el estacionamiento la suma de ocho millones de pesos y la bodega el valor de un millón de pesos; El inmueble singularizado bajo el número CUATRO) de la presente cláusula es avaluado en la suma de sesenta y cuatro millones de pesos; cuyo desgloce es a la vez, el departamento la suma de cincuenta y cinco millones de pesos, el estacionamiento la suma de ocho millones de pesos y la bodega la suma de un millón de pesos; El inmueble singularizado bajo el número CINCO) de la presente cláusula es avaluado en la suma de trece millones de pesos; y finalmente el inmueble singularizado bajo el número SEIS) de la presente cláusula es avaluado en la suma de doce millones de pesos. Como consecuencia de los aportes anteriores el capital de la sociedad queda íntegramente suscrito y pagado.. La administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don FELIPE RAUL IRARRAZAVAL SCHMEISSER. Duración: indefinida. Las demás Estipulaciones, se contiene en escritura extractada. Santiago, 28 de agosto de 2026.