MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES DASOL LIMITADA

RUT 77157693-1 CVE 2865727
Fecha instrumento
8 de julio de 2026

Instrumento

Fecha
8 de julio de 2026
Notario
ANDRES CUADRA GONZALEZ DEL RIEGO
Domicilio
Departamento Judicial de Linares

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRES CUADRA GONZALEZ DEL RIEGO, Abogado y Notario Público del Departamento Judicial de Linares, con Oficio en calle Chacabuco N°551-A. Certifico: Por escritura de fecha 08 de julio de 2026, complementada por escritura pública de fecha 31 de julio de 2026, ambas ante mi: don CHRISTIAN DANIEL FIGUEROA FARIÑA, doña MARGARITA SOLEDAD NANCY FARIÑA ROJAS y don PEDRO LUIS FIGUEROA GONZÁLEZ, todos domiciliados calle Max Nº 145, comuna de Linares, Región del Maule, de paso por esta; otorgaron escritura de pública mediante la cual se rescilió y dejó sin efecto la modificación de la sociedad, cuya razón social es “INVERSIONES DASOL LIMITADA”, constituida por escritura pública de fecha 27 de abril de 2020, ante el Notario de Linares, don Andrés Cuadra González del Riego, extracto de constitución inscrito Reg. Comercio año 2020, a Fs. 27.510, N° 13.855, C.B. Raíces Santiago, modificada con fecha 18 de enero de 2021, por escritura pública otorgada ante Notario Público de Linares, don Andrés Cuadra González del Riego, extracto inscrito a Reg. Comercio 2021, a Fs. 11.432 Nº 5.232, C.B. Raíces de Santiago. Los comparecientes rescilian y dejan sin efecto la modificación social de fecha 18 de enero de 2021, toda vez que no se perfeccionó la contraprestación económica, respecto al pago de los derechos sociales. Como consecuencia de lo anterior la composición y participación de la sociedad queda de la siguiente forma: don CHRISTIAN DANIEL FIGUEROA FARIÑA, dueño del 90% de los derechos sociales y doña MARGARITA SOLEDAD NANCY FARIÑA ROJAS dueña del 10% de los derechos sociales, dejando don Pedro Luis Figueroa Gonzalez de tener participación alguna de la sociedad. Asimismo, se modifica artículo cuarto de los estatutos sociales, estableciéndose que la administración y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a don CHRISTIAN DANIEL FIGUEROA FARIÑA, con todas las facultades contempladas en el artículo cuarto de los estatutos sociales. Finalmente, los comparecientes ratifican y aceptan todos los actos de administración ejecutados por doña Margarita Soledad Nancy Fariña Rojas durante el periodo en que actuó como representante legal de la sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Linares, 18 de Agosto 2026.