INVERSIONES CASTILLO Y KRACHT LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 2 de diciembre de 2025
- Repertorio
- 1994-2026
- Notario
- FRANCISCO ROJAS ARRIAGADA
- Oficio
- Décimo Quinta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $500.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO ROJAS ARRIAGADA, abogado, Notario Público Interino de la Décimo Quinta Notaría de Santiago, Mardoqueo Fernández Nº201, oficinas 101 y 102, Providencia, certifico: que, por escritura pública de hoy, repertorio Nº1.994-2026, ante mí, doña INGRID GERMANA KRACHT GOETZ, C.I.N°8.112.286-5, por si y en representación de don FRANCISCO JOSÉ CASTILLO LAGARRIGUE, C.I.N°5.633.224-3, ambos con domicilio en Av. El Bosque N°625, depto. N°1003, comuna de Providencia, Region Metropolitana, don FRANCISCO JAVIER CASTILLO KRACHT, C.I.N°13.892.382-7, con domicilio en calle Ramón Carrasco N°239, casa N°223, comuna de Concepción, Region del Biobío, de paso en esta, don CRISTIAN CASTILLO KRACHT, C.I.N°13.892.383-5, con domicilio en Sendero de La Luna N°201, comuna de Temuco, Region de La Araucanía, de paso en esta, doña MARCELA PAZ CASTILLO KRACHT, C.I.N°15.679.845-2, con domicilio en calle Ascencio de Zavala N° 2567, comuna de Vitacura, Region Metropolitana, don FELIPE IGNACIO CASTILLO KRACHT, C.I.N°16.245.519-2, con domicilio en kilometro N°22 S/N°, ruta S-51, comuna Padre Las Casas, Region de La Araucanía, de paso en esta, y doña PÍA ALEJANDRA CASTILLO KRACHT, C.I.N°17.724.857-6, con domicilio en Av. El Bosque N°625, depto. N°1003, comuna de Providencia. Region Metropolitana, Ceden derechos y modifican Sociedad de Responsabilidad Limitada “INVERSIONES CASTILLO Y KRACHT LIMITADA” ANTECEDENTES: A) La sociedad INVERSIONES CASTILLO Y KRACHT LIMITADA, se constituyó por escritura pública de fecha 02/12/2025, repertorio N° 107.765 ante don FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Abogado, Notario Público Titular de la 2° Notaría de Santiago, un extracto de dicha escritura fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a fojas 31.704, número 12.224, del año 2026. B) Por escritura pública de fecha 6/04/2026, repertorio N°26.658, se saneó la sociedad “INVERSIONES CASTILLO Y KRACHT LIMITADA”, en el sentido de que no fue inscrita y publicada dentro del plazo legal, un extracto de dicha escritura fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 32.743, número 12.555, del año2026.- CAPITAL SOCIAL: $500.000.000, totalmente suscrito y pagado. - CESIONES DE DERECHOS SOCIALES: Uno) doña INGRID GERMANA KRACHT GOETZ quien se retira de la Sociedad vende, cede y transfiere el 100% de sus derechos sociales, equivalentes a un 10% del total de los derechos sociales, de la siguiente forma: A) El 20% de sus derechos sociales, equivalente al 2% del total de los derechos sociales a don FRANCISCO JOSÉ CASTILLO KRACHT, por el precio de $10.000.000; B) El 20% de sus derechos sociales, equivalente al 2% del total de los derechos sociales a don CRISTIAN CASTILLO KRACHT, por el precio de $10.000.000. C) El 20% de sus derechos sociales, equivalente al 2% del total de los derechos sociales a doña MARCELA PAZ CASTILLO KRACHT, por el precio de $10.000.000. D) El 20% de sus derechos sociales, equivalente al 2% del total de los derechos sociales a don FELIPE IGNACIO CASTILLO KRACHT, por el precio de $10.000.000. E) El 20% de sus derechos sociales, equivalente al 2% del total de los derechos sociales a don PÍA ALEJANDRA CASTILLO KRACHT, por el precio de $10.000.000. Dos) don FRANCISCO JOSÉ CASTILLO LAGARRIGUE quien se retira de la Sociedad vende, cede y transfiere el 100% de sus derechos sociales, equivalentes a un 80% del total de los derechos sociales, de la siguiente forma: A) El 20% de sus derechos sociales, equivalente al 16% del total de los derechos sociales a don FRANCISCO JOSÉ CASTILLO KRACHT, por el precio de $80.000.000; B) El 20% de sus derechos sociales, equivalente al 16% del total de los derechos sociales a don CRISTIAN CASTILLO KRACHT, por el precio de $80.000.000. C) El 20% de sus derechos sociales, equivalente al 16% del total de los derechos sociales a doña MARCELA PAZ CASTILLO KRACHT, por el precio de $80.000.000. D) El 20% de sus derechos sociales, equivalente al 16% del total de los derechos sociales a don FELIPE IGNACIO CASTILLO KRACHT, por el precio de $80.000.000. E) El 20% de sus derechos sociales, equivalente al 16% del total de los derechos sociales a don PÍA ALEJANDRA CASTILLO KRACHT, por el precio de $80.000.000. Los cedentes declaran recibir el precio de la compraventa en este acto, al contado y en dinero en efectivo, a su más completa satisfacción; MODIFICACIÓN: A) Los socios modifican de común acuerdo el artículo Quinto de la escritura de constitución social, en el sentido que la administración de la sociedad, el uso de la razón social y la representación judicial y extrajudicial de la misma será ejercida por don FRANCISCO JAVIER CASTILLO KRACHT, don CRISTIAN CASTILLO KRACHT, doña MARCELA PAZ CASTILLO KRACHT, don FELIPE IGNACIO CASTILLO KRACHT y doña PÍA ALEJANDRA CASTILLO KRACHT, todos ya individualizados, de manera conjunta o indistintamente, con amplias facultades de administración y disposición enunciadas en el mismo precepto de la escritura de constitución social, las que se dan por expresamente reproducidas para todos los efectos legales. No obstante lo anterior, y como limitación expresa a las facultades de disposición antes conferidas, la enajenación, promesa de enajenación, hipoteca, constitución de gravámenes o cualquier otro acto de disposición que recaiga sobre bienes raíces de propiedad social requerirá, para su validez, del acuerdo favorable de a lo menos tres de los cinco socios administradores, debiendo constar dicho acuerdo en instrumento que dé cuenta de la voluntad concurrente de la mayoría exigida, con carácter previo a la celebración del acto o contrato respectivo. Cualquier acto ejecutado en contravención a esta norma adolecerá de inoponibilidad respecto de la sociedad y de los socios no concurrentes.; B) Los socios modifican de común acuerdo el artículo SEXTO de la escritura de constitución social, en el sentido de que el capital de la sociedad será aportado, suscrito, enterado y pagado de la siguiente manera: FRANCISCO JAVIER CASTILLO KRACHT, aporta, entera, suscribe y paga en este acto al contado e ingresados al haber social la suma de 100.000.000, don CRISTIAN CASTILLO KRACHT, aporta, entera, suscribe y paga en este acto al contado e ingresados al haber social la suma de 100.000.000, doña MARCELA PAZ CASTILLO KRACHT, aporta, entera, suscribe y paga en este acto al contado e ingresados al haber social la suma de 100.000.000, don FELIPE IGNACIO CASTILLO KRACHT aporta, entera, suscribe y paga en este acto al contado e ingresados al haber social la suma de 100.000.0000 y doña PÍA ALEJANDRA CASTILLO KRACHT, aporta, entera, suscribe y paga en este acto al contado e ingresados al haber social la suma de 100.000.000. DE LOS SOCIOS: Con lo anterior, los únicos y actuales socios de la Sociedad son don FRANCISCO JAVIER CASTILLO KRACHT titular de un 20% de los derechos sociales, don CRISTIAN CASTILLO KRACHT titular de un 20% de los derechos sociales, doña MARCELA PAZ CASTILLO KRACHT titular de un 20% de los derechos sociales, don FELIPE IGNACIO CASTILLO KRACHT titular de un 20% de los derechos sociales y doña PÍA ALEJANDRA CASTILLO KRACHT titular de un 20% de los derechos sociales. Demás estipulaciones en escritura extractada. - Santiago, 30 de abril de 2026.