Instrumento
- Fecha
- 29 de agosto de 2026
- Notario
- Notario Suplente de la Titular doña GLORIA ORTIZ CARMONA
- Oficio
- Tercera Notaria de Santiago con asiento en la comuna de Vitacura
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA CRISTINA DE LA SOTTA FERNÁNDEZ, Notario Suplente de la Titular doña GLORIA ORTIZ CARMONA, abogada, Notario Público Titular de la Tercera Notaria de Santiago con asiento en la comuna de Vitacura, con domicilio en Avenida Vitacura número 4607, local 21, comuna de Vitacura, Región Metropolitana. certifico: que por escritura pública de fecha veinticuatro de agosto de 2026, Repertorio número 1636-26, ante mí, don Joan Cristóbal Bassa Moyano, cédula de identidad número 17.698.694-8, domiciliado para estos efectos en Pedro Canisio 1210, departamento 603, comuna de Vitacura, Región Metropolitana y don Andrés Guillermo Tapia Mingo, cédula de identidad número 16.958.770-1, domiciliado para estos efectos en Avenida Las Condes 9660, departamento 1703, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad por acciones cuyos estatutos se extractan a continuación: 1) Nombre: "UROMAX SpA"; 2) La Sociedad tendrá por objeto a) La prestación de servicios relacionados con todas las áreas de la medicina, otorgar tratamientos médicos generales y especiales, proporcionar atención médica y consultas en centros de salud y a domicilio, informes, elaboración de proyectos, avances científicos, e investigación en el área de la salud; b) Obtener rentas de toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, y la explotación a cualquier título de dichos bienes y percepción de frutos y productos que de ellos provengan. Queda expresamente comprendido el arrendamiento, subarrendamiento, usufructo o cualquier otra forma de cesión, uso o goce temporal de bienes corporales muebles o inmuebles, se encuentren o no amoblados, inmuebles con instalaciones o maquinarias que permitan el ejercicio de alguna actividad comercial o industrial y de todo tipo de establecimientos de comercio; y c) Cualquier otro negocio o actividad que se relacione con el objeto principal. 3) Capital: El capital de la sociedad es la suma de 1.000.000, dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, suscrito íntegramente por los accionistas en el acto de constitución, y que será pagado dentro del plazo de tres años contados desde dicha fecha. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Vitacura, 29 de agosto de 2026.