TRANSPORTES LA MONTAÑA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 27 de agosto de 2026
- Comuna
- Santiago
Objeto social
la realización, por cuenta propia o ajena, de las siguientes operaciones: a) la actividad y administración de los servicios de transporte de carga en general, ya sea con vehículos propios o ajenos; b) la adquisición, arrendamiento y, en general, el uso a cualquier título de camiones, camionetas, automóviles y en general todo tipo de vehículos de transporte necesarios para desarrollar servicios de transporte; c) la prestación de servicios de logística para el almacenamiento, bodegaje, depósito y custodia de mercaderías de terceros; d) la venta al por mayor de bebidas alcohólicas y no alcohólicas; e) la representación de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, en todo tipo de negocios relacionados con el giro social; y, f) todas las demás actividades lícitas vinculadas al giro social que acuerden los socios, sin que sea necesario acreditar este acuerdo ante terceros.”. En todo lo no modificado se mantiene vigente pacto social. Santiago, 28 de agosto de 2026. Humberto Quezada Moreno. Notario Público
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHumberto Quezada Moreno, Titular Vigésimo Sexta Notaría Santiago, Apoquindo Nº 3.196, Las Condes, certifica: por escritura pública de fecha 27 de Agosto de 2026, ante mí, Inversiones Las Nieves Limitada, del giro de denominación, calle Peumo N° 211, Vitacura; Inversiones Las Viñas Limitada, del giro de su nombre, Avenida Nueva Tajamar N° 481, piso 4, Las Condes; y Distribución y Excelencia S.A., del giro de su denominación, Avenida La Montaña N° 776, Lampa, todos Santiago, modificaron sociedad “TRANSPORTES LA MONTAÑA LIMITADA”, inscrita a fs. 26.321 N° 20.856 Registro Comercio Santiago, año 2000. Por la que extracto, se sustituye cláusula tercera, relativa al objeto, por siguiente extractada: “Tercero: Objeto: la realización, por cuenta propia o ajena, de las siguientes operaciones: a) la actividad y administración de los servicios de transporte de carga en general, ya sea con vehículos propios o ajenos; b) la adquisición, arrendamiento y, en general, el uso a cualquier título de camiones, camionetas, automóviles y en general todo tipo de vehículos de transporte necesarios para desarrollar servicios de transporte; c) la prestación de servicios de logística para el almacenamiento, bodegaje, depósito y custodia de mercaderías de terceros; d) la venta al por mayor de bebidas alcohólicas y no alcohólicas; e) la representación de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, en todo tipo de negocios relacionados con el giro social; y, f) todas las demás actividades lícitas vinculadas al giro social que acuerden los socios, sin que sea necesario acreditar este acuerdo ante terceros.”. En todo lo no modificado se mantiene vigente pacto social. Santiago, 28 de agosto de 2026. Humberto Quezada Moreno. Notario Público.