TRANSPORTES AYCA Y AYCA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 14 de agosto de 2026
- Repertorio
- 3421-2026
- Notario
- OSCAR PATRICIO SOTO HERNÁNDEZ
- Domicilio
- Arica
- Comuna
- Arica don Víctor Warner Sarria
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Ley aplicable
- Ley Nº 19.499
Referencias (1)
- do publicacion DO N° 40148 del 30 de diciembre de 2011
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalOSCAR PATRICIO SOTO HERNÁNDEZ, Abogado, Notario Público Titular de Arica, con oficio en calle Rafael Sotomayor Nº 301, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 14 de agosto de 2026, Repertorio Nº 3421-2026, otorgada ante mí, don ÁLVARO AUGUSTO GUZMÁN RIVEROS, chileno, casado, abogado, cédula de identidad Nº10.889.025-8, domiciliado en Arica, calle Arturo Prat 391, oficina 52, en representación de don HERNÁN AYCA YAMPARA, cédula de identidad Nº 14.592.648-3; de don RÓMULO YAMPARA MAMANI, cédula de identidad Nº 8.681.185-5, en su calidad de administrador de los bienes propios de su cónyuge doña ELIA AYCA YAMPARA, cédula de identidad Nº 14.497.353-4; de doña VERÓNICA AYCA YAMPARA, cédula de identidad Nº 18.869.470-5; de don OCTAVIO MANUEL AYCA TERRAZAS, cédula de identidad Nº 12.831.904-2; y de don KEVIN MANUEL AYCA MAMANI, cédula de identidad Nº 20.215.769-6, todos domiciliados en Arica, procedió a sanear, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 355 A y siguientes del Código de Comercio y en la Ley Nº 19.499 sobre saneamiento de vicios de nulidad de sociedades, la escritura pública de fecha 14 de abril de 2026, Repertorio Nº 1.433-2026, otorgada ante el Notario Público Titular de Arica don OSCAR PATRICIO SOTO HERNÁNDEZ, con oficio en calle Rafael Sotomayor Nº 301, que contiene la “Cesión de Derechos Sociales y Modificación Estatutaria” de la sociedad de responsabilidad limitada “TRANSPORTES AYCA Y AYCA LIMITADA”, que puede actuar y funcionar, inclusive con los bancos y otras instituciones, con el nombre de fantasía “SOC. TRANSPORTES M. AYCA LTDA.”. Vicio saneado: El extracto de la escritura pública singularizada no fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Arica ni publicado en el Diario Oficial dentro del plazo de sesenta días que establece el artículo 354 del Código de Comercio. Antecedentes de la sociedad: Constituida por escritura pública de fecha 27 de diciembre de 2011, otorgada ante el Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Arica don Víctor Warner Sarria, cuyo extracto se inscribió a fojas 1.464, Nº 660, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Arica del año 2011, y se publicó en el Diario Oficial Nº 40.148 de fecha 30 de diciembre de 2011. Modificada por escritura pública de fecha 17 de febrero de 2016, otorgada ante Notario Público de Arica don Marko Gardilcic Franulic, suplente del Titular, cuyo extracto se inscribió a fojas 160, Nº 67, del mismo Registro de Comercio del año 2016. Capital social: $10.000.000. Modificación saneada: (i) Con motivo del fallecimiento del socio don ELIODORO AYCA RODRÍGUEZ, cédula de identidad para extranjeros Nº 6.962.429-4, ocurrido el 30 de julio de 2017, se incorporaron a la sociedad, por sucesión por causa de muerte y de pleno derecho, doña ELIA AYCA YAMPARA y doña VERÓNICA AYCA YAMPARA, quedando integrada la sociedad por la Sucesión de don Eliodoro Ayca Rodríguez, con el cuarenta por ciento del capital social, y don HERNÁN AYCA YAMPARA, con el sesenta por ciento del capital social. (ii) Don HERNÁN AYCA YAMPARA vendió, cedió y transfirió la totalidad de sus derechos, equivalentes al sesenta por ciento del capital social, a don OCTAVIO MANUEL AYCA TERRAZAS. (iii) Don RÓMULO YAMPARA MAMANI, en su calidad de administrador de los bienes propios de su cónyuge doña ELIA AYCA YAMPARA, y doña VERÓNICA AYCA YAMPARA, únicas herederas del causante, vendieron, cedieron y transfirieron la totalidad de sus derechos, equivalentes al cuarenta por ciento del capital social, en la proporción de un treinta por ciento a don OCTAVIO MANUEL AYCA TERRAZAS y un diez por ciento a don KEVIN MANUEL AYCA MAMANI. (iv) Se retiraron de la sociedad los socios cedentes don HERNÁN AYCA YAMPARA, doña ELIA AYCA YAMPARA y doña VERÓNICA AYCA YAMPARA, quedando como únicos y actuales socios don OCTAVIO MANUEL AYCA TERRAZAS, con el noventa por ciento de los derechos sociales, y don KEVIN MANUEL AYCA MAMANI, con el diez por ciento de los derechos sociales. (v) Se modificó la CLÁUSULA QUINTA del estatuto social: la representación, administración y uso de la razón social corresponderá únicamente al socio don OCTAVIO MANUEL AYCA TERRAZAS, con plenitud de facultades para administrarla y representarla, obligando a la sociedad en todo acto en que comparezca, anteponiendo a su firma la enunciación de la razón social. Facultades señaladas en la escritura saneada. El saneamiento produce efecto retroactivo a la fecha de la escritura saneada, conforme al artículo 4º de la Ley Nº 19.499. En todo lo no modificado, subsiste el estatuto social. Demás estipulaciones en la escritura extractada.