MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD INMOBILIARIA NORMA LÜHR FERNÁNDEZ E HIJOS LIMITADA

RUT 76754129-5 CVE 2864848
Capital
$6.537.700.155 CLP
Fecha instrumento
19 de agosto de 2026
Notaría
Los

Instrumento

Fecha
19 de agosto de 2026
Repertorio
2195-2026
Notario
CHRISTIAN MANUEL PARRA TORO
Oficio
Titular de la Segunda Notaría de Los Ángeles y su territorio jurisdiccional
Comuna
Los

Sociedad

Capital
$6.537.700.155 CLP

Referencias (2)

  • do publicacion
    DO N° 42671 del 3 de junio de 2020
  • do publicacion
    DO N° 41781 del 12 de junio de 2017

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CHRISTIAN MANUEL PARRA TORO, Abogado, Notario Público Suplente del Titular de la Segunda Notaría de Los Ángeles y su territorio jurisdiccional, con domicilio en Lautaro número doscientos setenta y nueve de la ciudad de Los Ángeles, Certifico: Que Por escritura Pública, de fecha 19 de Agosto de 2026, Repertorio 2195-2026, ante don Notario Público Titular don RODRIGO ORLANDO CANTUARIAS COSTA; Comparecieron don ALEJANDRO ENRIQUE FAURÉ LÜHR, chileno, casado, empresario, cédula de identidad N° 11.794.858-7, domiciliado en Avenida Ricardo Vicuña N° 536, Los Ángeles; doña CECILIA LISETTE FAURÉ LÜHR, chilena, soltera, empresaria, cédula de identidad N° 10.955.072-8, domiciliada en Sitio 55, Parcelación Siete Ríos, Los Ángeles; y doña DENISE MARIETTE FAURÉ LÜHR, chilena, divorciada, profesora, cédula de identidad N° 12.532.605-6, domiciliada en Avenida Ricardo Vicuña N° 536, Los Ángeles; todos por sí, en su calidad de socios, y además en su calidad de únicos herederos y continuadores legales de la socia fallecida doña NORMA DEL CARMEN LÜHR FERNÁNDEZ, cédula de identidad N° 3.722.448-0, cuya posesión efectiva de la herencia intestada les fue concedida por Resolución Exenta N° 5.995, de fecha 12 de abril de 2021, dictada por el Director Regional del Servicio de Registro Civil e Identificación de la Región del Biobío, inscrita bajo el N° 24.618 del Registro Nacional de Posesiones Efectivas del año 2021; quienes rectificaron la Cláusula Tercera de la escritura pública de modificación social de fecha 7 de mayo de 2020, Repertorio N° 1.710-2020, otorgada en la Cuarta Notaría de Los Ángeles de don Juan Mauricio Araneda Medina, cuyo extracto se inscribió a fojas 311 N° 174 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles del año 2020 y se publicó en el Diario Oficial N° 42.671 de fecha 3 de junio de 2020, correspondiente a la sociedad "SOCIEDAD INMOBILIARIA NORMA LÜHR FERNÁNDEZ E HIJOS LIMITADA", nombre de fantasía "INMOBILIARIA NORMA LIMITADA", Rol Único Tributario N° 76.754.129-5, constituida por escritura pública de fecha 1 de junio de 2017, otorgada en la Cuarta Notaría de Los Ángeles ante don Juan Mauricio Araneda Medina, Repertorio N° 1.915-2017, cuyo extracto se inscribió a fojas 710 N° 315 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles del año 2017 y se publicó en el Diario Oficial N° 41.781 de fecha 12 de junio de 2017. LA RECTIFICACIÓN CONSISTE EN LO SIGUIENTE: Uno) En el párrafo primero del numeral DOS de la Cláusula Tercera, se deja establecido que los socios don Alejandro Enrique, doña Denise Mariette y doña Cecilia Lisette, todos de apellidos Fauré Lühr, aportan en conjunto y por iguales partes la suma total de $6.537.700.155.-, correspondiendo el aporte de cada uno de ellos a la suma de $2.179.233.385.-, y no las sumas que erróneamente se consignaron. Dos) En las letras c), d) y e) del mismo numeral DOS, se deja establecido que la suma que cada uno de los socios don Alejandro Enrique Fauré Lühr, doña Denise Mariette Fauré Lühr y doña Cecilia Lisette Fauré Lühr se obligó a aportar en dinero, en un período no superior a diez años contados desde la fecha de la escritura rectificada, asciende a $1.639.233.385.-, y no a la suma de $1.639.116.718.- que erróneamente se consignó respecto de cada uno de ellos.- Se deja constancia de que la presente rectificación tiene carácter meramente declarativo y de corrección de errores de cálculo, y no importa modificación del capital social, que se mantiene en la suma de $11.760.616.952.-, ni del aumento de capital pactado, ascendente a $6.687.700.155.-, ni de las participaciones de los socios, ni de los aportes en bienes raíces efectivamente enterados. En todo lo no rectificado, rigen íntegramente la escritura de constitución y la escritura de modificación antes individualizadas.- Los Ángeles, 25 de Agosto de 2026.