SOCIEDAD DE INVERSIONES SAN CLEMENTE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 14 de agosto de 2026
Objeto social
- El objeto de la sociedad será la inversión de capitales, en toda clase de bienes inmuebles y muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos sociales en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; efectuar todo tipo de negocios y proyectos inmobiliarios; adquirir y enajenar, a cualquier título, bienes raíces urbanos y rurales; efectuar loteos, subdivisiones, fusiones, urbanizaciones, construcciones, edificaciones y remodelaciones de edificios, casas, departamentos, locales comerciales, galpones, hoteles y todo tipo de edificaciones y construcciones en general; administrarlos, arrendarlos, subarrendarlos, venderlos, y en general explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma; dar y recibir en arrendamiento, leasing, subarrendar y adquirir, dar y ceder a terceros, a cualquier título, el uso y goce de bienes raíces; administrar estas inversiones y percibir sus frutos; demoler, construir, edificar, diseñar, decorar, habilitar, reparar y remodelar todo tipo de edificaciones y construcciones, sean habitacionales, comerciales, industriales, obras civiles y de cualquier otro tipo o naturaleza; construir todo tipo de estructuras y en general el desarrollo y explotación, por cuenta propia o ajena, de actos y contratos que se relacionen directa o indirectamente con el negocio de la construcción; y cualquier actividad relacionada, conexa o conducente a su objeto, en la actualidad o en el futuro, u otros negocios que digan relación con el giro de la sociedad.”. La modificación comenzará a regir desde la fecha de constitución de la Sociedad. En todo lo no modificado, quedan subsistentes íntegramente los estatutos de la Sociedad y sus posteriores modificaciones
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, abogado, Notario Titular 43° Notaría, Huérfanos 835 piso 18 Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 14 de agosto de 2026, ante mí, Oscar Andrade Vargas, Mauricio Alejandro Andrade Vergara, Oscar Patricio Andrade Vergara y Gonzalo Esteban Andrade Vergara, todos domiciliados en Paseo Presidente Bulnes 180, oficina 20, Santiago, modificaron "SOCIEDAD DE INVERSIONES SAN CLEMENTE LIMITADA", RUT 76.021.490-6, del giro de su denominación, con el nombre de fantasía “INVERSIONES SAN CLEMENTE LTDA”, constituida por escritura pública de 12 de noviembre de 2003, otorgada ante Notario Público Santiago, Juan Ricardo San Martín Urrejola, extracto inscrito a fojas 34.846 N°26.371 en Registro de Comercio de Santiago de 2003 y publicado en Diario Oficial el 19 de noviembre de 2003. Posteriormente, modificada por escritura pública de 5 de mayo de 2010, otorgada ante el referido Notario Público de Santiago, extracto inscrito a fojas 24.103 N°16.522 en Registro de Comercio de Santiago de 2010 y publicado en Diario Oficial de 1 de junio de ese año. Finalmente, fue modificada por escritura pública de 27 de octubre de 2015, otorgada ante el referido Notario Público de Santiago, extracto inscrito a fojas 82.962 N°48.429 en Registro de Comercio de Santiago de 2015, publicado en 39 N°31 en Registro de Comercio de Los Lagos de 2015. Modificación del Pacto Social: se sustituye actual artículo TERCERO, por el siguiente: “TERCERO: Del Objeto Social.- El objeto de la sociedad será la inversión de capitales, en toda clase de bienes inmuebles y muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos sociales en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; efectuar todo tipo de negocios y proyectos inmobiliarios; adquirir y enajenar, a cualquier título, bienes raíces urbanos y rurales; efectuar loteos, subdivisiones, fusiones, urbanizaciones, construcciones, edificaciones y remodelaciones de edificios, casas, departamentos, locales comerciales, galpones, hoteles y todo tipo de edificaciones y construcciones en general; administrarlos, arrendarlos, subarrendarlos, venderlos, y en general explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma; dar y recibir en arrendamiento, leasing, subarrendar y adquirir, dar y ceder a terceros, a cualquier título, el uso y goce de bienes raíces; administrar estas inversiones y percibir sus frutos; demoler, construir, edificar, diseñar, decorar, habilitar, reparar y remodelar todo tipo de edificaciones y construcciones, sean habitacionales, comerciales, industriales, obras civiles y de cualquier otro tipo o naturaleza; construir todo tipo de estructuras y en general el desarrollo y explotación, por cuenta propia o ajena, de actos y contratos que se relacionen directa o indirectamente con el negocio de la construcción; y cualquier actividad relacionada, conexa o conducente a su objeto, en la actualidad o en el futuro, u otros negocios que digan relación con el giro de la sociedad.”. La modificación comenzará a regir desde la fecha de constitución de la Sociedad. En todo lo no modificado, quedan subsistentes íntegramente los estatutos de la Sociedad y sus posteriores modificaciones. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, a 19 de agosto de 2026.