JUAN ANTONIO GONZALEZ GARRIDO TRANSPORTE DE CARGA E.I.R.L.
Instrumento
- Fecha
- 27 de agosto de 2026
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
Objeto social
será la inversión, para la obtención de rentas civiles, en toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, sin limitación alguna, tales como bienes raíces, urbanos y agrícolas, depósitos a plazo, cuotas de fondos mutuos y de inversión, acciones, bonos, letras y mutuos hipotecarios, incluso formar parte o tomar participación en otra sociedades, de cualquier naturaleza, existentes o que se constituyan en el futuro
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMAURO FABIÁN AROCA GUERRERO, Titular 7ª Notaría Santiago, Agustinas Nº 1161, entrepiso, certifico: con fecha 25 agosto 2026, ante mí, JUAN ANTONIO GONZALEZ GARRIDO, domiciliado en calle San Juan N°2323, comuna Puente Alto, Región Metropolitana, en su calidad de único integrante de la empresa individual de responsabilidad limitada “JUAN ANTONIO GONZALEZ GARRIDO TRANSPORTE DE CARGA E.I.R.L.”, extracto de constitución Registro de Comercio del año 2005, a fs. 2109 N° 1492 C.B.R. Santiago, transforma la empresa en sociedad por acciones, cuyo nombre es “RENTAS INMOBILIARIAS E INVERSIONES VALENTIN SpA”. OBJETO: será la inversión, para la obtención de rentas civiles, en toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, sin limitación alguna, tales como bienes raíces, urbanos y agrícolas, depósitos a plazo, cuotas de fondos mutuos y de inversión, acciones, bonos, letras y mutuos hipotecarios, incluso formar parte o tomar participación en otra sociedades, de cualquier naturaleza, existentes o que se constituyan en el futuro. CAPITAL: $1.000.000 dividido 100 acciones nominativas, sin valor nominal, de una sola serie, íntegramente pagadas al constituirse empresa individual que se transforma y que se suscriben en el acto según clausulas transitorias. DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio agencias y sucursales. ADMINISTRACIÓN Y USO DE NOMBRE: La administración de la sociedad, representación, uso del nombre y del nombre de fantasía corresponderá a uno o más administradores, designados por la junta de accionistas o por escritura suscrita por el o los accionistas, quienes actuarán en la forma que la junta señale, ello sin perjuicio de lo que se establece en las cláusulas transitorias del pacto social. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 27 agosto 2026.