MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA UNIVERSAL SOCIEDAD POR ACCIONES

RUT 77993168-4 CVE 2864662
Fecha instrumento
21 de julio de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
21 de julio de 2026
Notario
MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN
Oficio
Vigésima Séptima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Objeto social

La accionista acordó modificar y ampliar el objeto social, reemplazando íntegramente el artículo cuarto de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO:

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Notario Público Titular de la Vigésima Séptima Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco número 0153, comuna de Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 21 de julio de 2026, Repertorio número 6.677-2026, otorgada ante mí, doña LUZ TERESA CRUZ JOFRÉ, debidamente facultada al efecto, redujo a escritura pública el acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad “IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA UNIVERSAL SOCIEDAD POR ACCIONES”, celebrada con fecha 21 de julio de 2026. La sociedad fue constituida por escritura pública de fecha 27 de septiembre de 2024, otorgada en la Tercera Notaría de Santiago de don Gabriel Ogalde Rodríguez, bajo el Repertorio número 1.392-2024. Su extracto fue inscrito a fojas 94.376, número 37.736, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2024, y publicado en el Diario Oficial de fecha 30 de octubre de 2024. En la referida Junta Extraordinaria de Accionistas, doña ROSA MÓNICA JOFRÉ CATALÁN, titular de la totalidad de las cien acciones emitidas con derecho a voto en que se divide el capital social, acordó modificar los estatutos sociales en los siguientes términos: UNO. MODIFICACIÓN DE LA RAZÓN SOCIAL: La accionista acordó modificar la razón social, reemplazando íntegramente el artículo primero de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO PRIMERO: RAZÓN SOCIAL. Por este acto se constituye una sociedad por acciones con el nombre de ‘IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA UNIVERSAL SpA’, utilizando como nombre de fantasía ‘IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA UNIVERSAL SpA’”. En consecuencia, a contar de la legalización de la modificación, la razón social de la compañía será “IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA UNIVERSAL SpA”. DOS. MODIFICACIÓN Y AMPLIACIÓN DEL OBJETO SOCIAL: La accionista acordó modificar y ampliar el objeto social, reemplazando íntegramente el artículo cuarto de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO: OBJETO. El objeto de la sociedad será: a) La compra, venta, comercialización, importación, exportación, distribución, representación, consignación, intermediación y suministro, al por mayor y al detalle, de artículos plásticos, productos y artículos de aseo, limpieza e higiene para el hogar, la industria y las personas, detergentes, materias primas, insumos, accesorios y productos relacionados; b) La compra, venta, adquisición, enajenación, permuta, arrendamiento, subarrendamiento, administración, explotación y comercialización, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes inmuebles, urbanos o rurales, amoblados o no amoblados, incluyendo aquellos provistos de equipos, instalaciones, maquinarias, mobiliario u otros bienes destinados a su uso, explotación o funcionamiento; c) La inversión, por cuenta propia o de terceros, en toda clase de bienes muebles e inmuebles, acciones, bonos, cuotas de fondos, derechos sociales, valores mobiliarios, instrumentos financieros, títulos de crédito y demás activos corporales o incorporales; d) La constitución, participación, administración y gestión de sociedades y fondos de inversión, pudiendo adquirir, mantener, administrar, gravar, enajenar y disponer de acciones, derechos sociales, cuotas o participaciones en sociedades, comunidades, asociaciones, fondos y otras entidades de inversión, nacionales o extranjeras; e) La administración de inversiones y patrimonios propios, la obtención y otorgamiento de financiamiento a sociedades relacionadas o terceros, y la celebración de toda clase de actos y contratos de carácter financiero, con exclusión de aquellas actividades que la ley reserva exclusivamente a bancos, instituciones financieras u otras entidades sujetas a autorización especial; f) La prestación de servicios de asesoría, gestión, administración y consultoría en materias inmobiliarias, societarias, comerciales, financieras y de inversión; y g) En general, la ejecución de todos los actos, contratos, negocios y operaciones que los accionistas acuerden y que se relacionen directa o indirectamente con los objetos anteriormente señalados”. En todo lo no expresamente modificado continúan plenamente vigentes las demás cláusulas y estipulaciones de los estatutos sociales. Demás acuerdos constan en la escritura extractada. Santiago, 10 de agosto de 2026.