Instrumento
- Notario
- PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
- Oficio
- Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- La ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Sociedad tendrá los siguientes objetos, sea por cuenta propia, por terceros y)o asociada a terceros, en el país y)o en el extranjero las siguientes actividades: a) La prestación de toda clase de servicios relacionados con el arte y la modificación corporal, incluyendo, pero no limitándose a, el diseño, dibujo y realización de tatuajes, perforaciones (piercing), micropigmentación y tratamientos de eliminación o remoción de tatuajes. b) La comercialización, compra, venta, importación, exportación, distribución y representación de toda clase de insumos, herramientas, maquinarias, equipos y productos médicos o estéticos relacionados con el tatuaje y el arte corporal; así como la venta de productos de cuidado posterior (aftercare), cosméticos, vestuario, accesorios, mercadería (merchandising) y obras de arte en cualquier soporte o formato. c) La organización, producción, promoción y realización de eventos, convenciones, exposiciones, seminarios, talleres y cursos de capacitación relacionados con el tatuaje, el diseño gráfico, la ilustración y las artes visuales y corporales en general. d) La instalación, administración, explotación, arrendamiento y subarrendamiento de estudios de tatuajes, galerías de arte, locales comerciales y espacios de trabajo compartido (coworking) para artistas, tatuadores y profesionales afines. e) Todo negocio relacionado en la actualidad o en el futuro, con las actividades mencionadas, sea de cualquier forma, manera o tipo, además de otros negocios y tipos de contratos que se pudiera acordar por la Junta en un futuro. f) En general, ejecutar toda clase de operaciones o negocios que acuerden los accionistas o la administración de la sociedad, y que tengan relación con el objeto señalado
Administración
La sociedad será administrada por Dos Administradores, quienes, actuando de forma individual e indistinta, podrán representar y obligar a la sociedad
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa número 1201, Local 101, certifica: Que por Escritura Pública, de hoy, ante mí, comparecen: Don JOSÉ DOMINGO MANZUR FLORES, chileno, casado, administrador de hotelería y servicios, cédula nacional de identidad número dieciocho millones cuatrocientos sesenta y dos mil ochocientos cincuenta y seis guion dos; y Doña ROSARIO CAROLINA YAGNAM ZUMARÁN, chilena, casada, diseñadora gráfica, cédula nacional de identidad número dieciocho millones novecientos ochenta y cinco mil trescientos cincuenta y ocho guion cero; ambos domiciliados para estos efectos en calle Pedro Navia número tres mil setecientos dos, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, Región Metropolitana. Quienes constituyen una Sociedad por Acciones. NOMBRE: "GINEBRA ARTE COLECTIVO SpA". OBJETO: La Sociedad tendrá los siguientes objetos, sea por cuenta propia, por terceros y/o asociada a terceros, en el país y/o en el extranjero las siguientes actividades: a) La prestación de toda clase de servicios relacionados con el arte y la modificación corporal, incluyendo, pero no limitándose a, el diseño, dibujo y realización de tatuajes, perforaciones (piercing), micropigmentación y tratamientos de eliminación o remoción de tatuajes. b) La comercialización, compra, venta, importación, exportación, distribución y representación de toda clase de insumos, herramientas, maquinarias, equipos y productos médicos o estéticos relacionados con el tatuaje y el arte corporal; así como la venta de productos de cuidado posterior (aftercare), cosméticos, vestuario, accesorios, mercadería (merchandising) y obras de arte en cualquier soporte o formato. c) La organización, producción, promoción y realización de eventos, convenciones, exposiciones, seminarios, talleres y cursos de capacitación relacionados con el tatuaje, el diseño gráfico, la ilustración y las artes visuales y corporales en general. d) La instalación, administración, explotación, arrendamiento y subarrendamiento de estudios de tatuajes, galerías de arte, locales comerciales y espacios de trabajo compartido (coworking) para artistas, tatuadores y profesionales afines. e) Todo negocio relacionado en la actualidad o en el futuro, con las actividades mencionadas, sea de cualquier forma, manera o tipo, además de otros negocios y tipos de contratos que se pudiera acordar por la Junta en un futuro. f) En general, ejecutar toda clase de operaciones o negocios que acuerden los accionistas o la administración de la sociedad, y que tengan relación con el objeto señalado. ADMINISTRACIÓN: La sociedad será administrada por Dos Administradores, quienes, actuando de forma individual e indistinta, podrán representar y obligar a la sociedad. CAPITAL SOCIAL: El capital de la Sociedad es de un millón de pesos, dividido en mil acciones ordinarias, todas de una misma serie, sin valor nominal, el cual se suscribe y paga de la siguiente forma: a) Don JOSÉ DOMINGO MANZUR FLORES suscribe quinientas acciones, equivalentes a quinientos mil pesos, que paga al contado, en dinero efectivo. b) Doña ROSARIO CAROLINA YAGNAM ZUMARÁN suscribe quinientas acciones, equivalentes a quinientos mil pesos, que paga al contado, en dinero efectivo. Ambos montos ingresan en este acto a la caja social. Por lo anterior, don JOSÉ DOMINGO MANZUR FLORES y doña ROSARIO CAROLINA YAGNAM ZUMARÁN son los únicos accionistas de la sociedad, detentando la totalidad de los títulos emitidos por esta. DURACIÓN: Indefinida. DOMICILIO: La ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda abrir o establecer en otras ciudades del país o en el extranjero. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, a 12 de agosto del 2026.