CONSTRUCTORA HC SpA
Instrumento
- Fecha
- 26 de agosto de 2026
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMAURO FABIÁN AROCA GUERRERO, Titular 7ª Notaría Santiago, Agustinas N°1161, entrepiso, certifico: por escritura pública, fecha 26 agosto 2026, ante mí, sociedad RENTAS E INVERSIONES DOMINGA RAFFAELLA SpA, representada por Arnoldo Alfredo Hauri Coronado, ambos domiciliados calle Aldunate N°719, of. 1.101, comuna y ciudad de Temuco, de paso en ésta, en su calidad de única accionista de sociedad “CONSTRUCTORA HC SpA”, extracto constitución Reg. Comercio año 2022 a fs. 29.269 N° 13.440 C. B. Raíces Santiago, por unanimidad, modificó sociedad en sentido que se sustituye el objeto por el siguiente: “El objeto de la sociedad será: a) el estudio y ejecución de todo tipo de obras civiles e industriales, construcción por cuenta propia o ajena o por administración delegada u otro, de toda clase de proyectos; la realización de trabajos de edificación de obras civiles, tales como casas, edificios, caminos, ejecución de obras de vialidad, pavimentación y otras; la realización de loteos y obras de urbanización; la construcción, promoción y venta de viviendas, centros comerciales, locales y oficinas; y la ampliación, remodelación y reparación de edificios, viviendas de todo tipo y otros; la ejecución de proyectos y obras tales como red de alcantarillado, agua potable, electricidad, gas, teléfono y otros, la planificación y ejecución de diseños paisajistas y áreas verdes; b) la inversión, para la obtención de rentas civiles, en toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, sin limitación alguna, tales como bienes raíces, urbanos y agrícolas, depósitos a plazo, cuotas de fondos mutuos y de inversión, acciones, bonos, letras y mutuos hipotecarios, incluso formar parte o tomar participación en otra sociedades, de cualquier naturaleza, existentes o que se constituyan en el futuro; c) la adquisición y/o enajenación, a cualquier título de bienes inmuebles, corporales o incorporales, y el desarrollo de toda clase de negocios inmobiliarios, dar y tomar en arrendamiento, leasing, concesión u otra forma de tenencia de toda clase de bienes inmuebles.”. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 27 agosto 2026.