Instrumento
- Fecha
- 25 de agosto de 2026
- Repertorio
- 1432/2026
- Notario
- SANDRA ELIANA CÁRCAMO VELÁSQUEZ
- Oficio
- Tercera Notaría de Puerto Varas
- Comuna
- Puerto Varas
Sociedad
- Domicilio
- La ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias y sucursales en otros puntos del país o en el extranjero
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) la prestación de servicios de asesoría, consultoría, capacitación, estudios, gestión y administración de proyectos, y de servicios profesionales, técnicos y de ingeniería de toda clase, por cuenta propia o ajena, incluyendo la prestación de servicios jurídicos y legales, a través de abogados habilitados para el ejercicio de la profesión, y de asesorías financieras, económicas, contables, tributarias, de gestión y de negocios, comprendiendo estudios, informes, due diligence, valorizaciones y acompañamiento en operaciones; la actuación como tercero autorizado, entidad de certificación, organismo de inspección, laboratorio o verificador ante el Servicio Agrícola y Ganadero o ante cualquier otro organismo público o privado, nacional o extranjero, comprendiendo especialmente la prestación de servicios de verificación de solicitudes y proyectos de subdivisión de predios rústicos en el marco del Sistema Nacional de Autorización de Terceros, la recepción de solicitudes, la digitalización, custodia y archivo de expedientes, la revisión de los antecedentes técnicos y formales exigidos por la normativa aplicable, la comunicación de observaciones a los interesados, la emisión de informes de verificación, la presentación de las solicitudes ante el Servicio y el envío de los planos correspondientes, así como toda actividad conexa, previa o complementaria que la normativa permita o exija; la realización de estudios, informes, peritajes, mediciones, levantamientos topográficos, cartografía, georreferenciación y sistemas de información geográfica en materias agrícolas, forestales, ambientales, territoriales, catastrales y de recursos naturales; b) la compra, venta, importación, exportación, distribución, representación, intermediación, comercialización, almacenamiento, transporte y logística de toda clase de bienes, productos, insumos y mercaderías, nacionales o extranjeros; c) el desarrollo, diseño, licenciamiento, implementación, comercialización y explotación de programas computacionales, plataformas digitales, aplicaciones, bases de datos, servicios tecnológicos y de tratamiento y análisis de información; d) la producción, elaboración, transformación, envasado y comercialización de bienes de cualquier naturaleza, y la prestación de servicios industriales, agrícolas, ganaderos, forestales, acuícolas, energéticos, ambientales, turísticos, gastronómicos, hoteleros, de construcción, de mantención y de servicios generales; e) la prestación de servicios de marketing, publicidad, diseño, comunicaciones, eventos y desarrollo de contenidos, en cualquier soporte o medio; f) la celebración de contratos de mandato, comisión, corretaje, representación, distribución, concesión, franquicia, agencia, licencia y prestación de servicios, sea como mandante o mandataria; g) la postulación y concurrencia a licitaciones, propuestas, concursos y procesos de acreditación, registro o autorización, públicos o privados, y la celebración de convenios y contratos con organismos del Estado y con particulares; h) la adquisición, arrendamiento, administración y explotación de los bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, necesarios o convenientes para el desarrollo de su giro, así como la colocación transitoria de sus excedentes de caja en instrumentos financieros; e i) en general, la realización de cualquier otro acto, contrato, negocio, operación o actividad lícita que los accionistas acuerden, tenga o no relación con los objetos antes enunciados, sin limitación de ninguna especie. El objeto antes indicado podrá ser llevado a cabo directamente por la Sociedad o a través de otras sociedades en las que ésta participe
Administración
La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don PABLO RIVADENEIRA HURTADO, quien, anteponiendo a su firma la razón social de la Sociedad, la representará y obligará con las más amplias facultades y atribuciones, en toda clase de actos, contratos, asuntos y negocios, sin limitación de monto, incluidas las facultades de disposición, asociación, garantía, bancarias, comerciales, crediticias, de inversión, de comercio exterior, de representación ante autoridades, laborales, administrativas, judiciales, de otorgar poderes y de autocontratar, todas las cuales se detallan en el Artículo Undécimo de los estatutos. La designación se entiende hecha sin plazo de duración en el cargo
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalSANDRA ELIANA CÁRCAMO VELÁSQUEZ, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Puerto Varas, San Bernardo 224, comuna de Puerto Varas, certifica: Que por escritura pública de fecha 25/08/2026, repertorio N°1432/2026, ante mí: don PABLO RIVADENEIRA HURTADO, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero comercial y abogado, cédula nacional de identidad número 15.385.262-6, en representación de la sociedad INVERSIONES LIBERTAD SpA, Rol Único Tributario número 78.495.462-5, ambos domiciliados en el Lote treinta y tres del Loteo Parcelación Puerto Varas Norte, comuna de Puerto Varas, Región de Los Lagos, constituyó una sociedad por acciones, de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Nombre: RIVADENEIRA Y COMPAÑÍA SpA, pudiendo usar, indistintamente y para todos los efectos legales, comerciales, tributarios, bancarios y de promoción publicitaria, los nombres de fantasía “Rivadeneira y Compañía”, “Rivadeneira y Cía.” y “Rivayco”; Domicilio: La ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias y sucursales en otros puntos del país o en el extranjero; Duración: Indefinida; Objeto: El objeto de la sociedad será: a) la prestación de servicios de asesoría, consultoría, capacitación, estudios, gestión y administración de proyectos, y de servicios profesionales, técnicos y de ingeniería de toda clase, por cuenta propia o ajena, incluyendo la prestación de servicios jurídicos y legales, a través de abogados habilitados para el ejercicio de la profesión, y de asesorías financieras, económicas, contables, tributarias, de gestión y de negocios, comprendiendo estudios, informes, due diligence, valorizaciones y acompañamiento en operaciones; la actuación como tercero autorizado, entidad de certificación, organismo de inspección, laboratorio o verificador ante el Servicio Agrícola y Ganadero o ante cualquier otro organismo público o privado, nacional o extranjero, comprendiendo especialmente la prestación de servicios de verificación de solicitudes y proyectos de subdivisión de predios rústicos en el marco del Sistema Nacional de Autorización de Terceros, la recepción de solicitudes, la digitalización, custodia y archivo de expedientes, la revisión de los antecedentes técnicos y formales exigidos por la normativa aplicable, la comunicación de observaciones a los interesados, la emisión de informes de verificación, la presentación de las solicitudes ante el Servicio y el envío de los planos correspondientes, así como toda actividad conexa, previa o complementaria que la normativa permita o exija; la realización de estudios, informes, peritajes, mediciones, levantamientos topográficos, cartografía, georreferenciación y sistemas de información geográfica en materias agrícolas, forestales, ambientales, territoriales, catastrales y de recursos naturales; b) la compra, venta, importación, exportación, distribución, representación, intermediación, comercialización, almacenamiento, transporte y logística de toda clase de bienes, productos, insumos y mercaderías, nacionales o extranjeros; c) el desarrollo, diseño, licenciamiento, implementación, comercialización y explotación de programas computacionales, plataformas digitales, aplicaciones, bases de datos, servicios tecnológicos y de tratamiento y análisis de información; d) la producción, elaboración, transformación, envasado y comercialización de bienes de cualquier naturaleza, y la prestación de servicios industriales, agrícolas, ganaderos, forestales, acuícolas, energéticos, ambientales, turísticos, gastronómicos, hoteleros, de construcción, de mantención y de servicios generales; e) la prestación de servicios de marketing, publicidad, diseño, comunicaciones, eventos y desarrollo de contenidos, en cualquier soporte o medio; f) la celebración de contratos de mandato, comisión, corretaje, representación, distribución, concesión, franquicia, agencia, licencia y prestación de servicios, sea como mandante o mandataria; g) la postulación y concurrencia a licitaciones, propuestas, concursos y procesos de acreditación, registro o autorización, públicos o privados, y la celebración de convenios y contratos con organismos del Estado y con particulares; h) la adquisición, arrendamiento, administración y explotación de los bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, necesarios o convenientes para el desarrollo de su giro, así como la colocación transitoria de sus excedentes de caja en instrumentos financieros; e i) en general, la realización de cualquier otro acto, contrato, negocio, operación o actividad lícita que los accionistas acuerden, tenga o no relación con los objetos antes enunciados, sin limitación de ninguna especie. El objeto antes indicado podrá ser llevado a cabo directamente por la Sociedad o a través de otras sociedades en las que ésta participe. Capital: El capital de la sociedad será la suma de diez millones de pesos, dividido en diez millones de acciones nominativas, todas de una misma y única serie, sin valor nominal. Capital suscrito y pagado: El capital de la sociedad es la suma de diez millones de pesos, dividido en diez millones de acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, el cual es suscrito y pagado del siguiente modo: la sociedad INVERSIONES LIBERTAD SpA suscribe en este acto la totalidad de las diez millones de acciones emitidas por la Sociedad. De dichas acciones, paga en este acto, al contado y en dinero efectivo, la suma de quinientos mil pesos, la que se imputa íntegramente al valor de quinientas mil acciones, las que quedan en consecuencia suscritas y pagadas en su totalidad, ingresando los fondos a la caja social. Las restantes nueve millones quinientas mil acciones quedan suscritas y no pagadas, y su valor, ascendente a nueve millones quinientos mil pesos, deberá enterarse en dinero efectivo dentro del plazo de cinco años contados desde esta fecha, en una o más oportunidades, según lo determine la accionista. Vencido dicho plazo sin que se hubiere enterado el saldo, el capital social quedará reducido de pleno derecho al monto efectivamente suscrito y pagado, conforme al artículo cuatrocientos treinta y cuatro del Código de Comercio. Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus aportes; Administración y uso de la razón social: La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don PABLO RIVADENEIRA HURTADO, quien, anteponiendo a su firma la razón social de la Sociedad, la representará y obligará con las más amplias facultades y atribuciones, en toda clase de actos, contratos, asuntos y negocios, sin limitación de monto, incluidas las facultades de disposición, asociación, garantía, bancarias, comerciales, crediticias, de inversión, de comercio exterior, de representación ante autoridades, laborales, administrativas, judiciales, de otorgar poderes y de autocontratar, todas las cuales se detallan en el Artículo Undécimo de los estatutos. La designación se entiende hecha sin plazo de duración en el cargo.- Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Puerto Varas, 25 de agosto de dos mil veintiséis.-