INVERSIONES G & G LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de agosto de 2026
- Notario
- JORGE EDUARDO MESSEN CONCHA
- Oficio
- Segunda Notaría de Curicó
- Comuna
- Curicó
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
- Domicilio
- Curicó
- Duración
- 5 años, a partir esta fecha, entendiéndose renovable, tácita y sucesivamente por períodos iguales, si ningún socio manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen inscripción social con una anticipación mínima de 3 meses de antelación al vencimiento respectivo período
Objeto social
Invertir en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones, bonos, depósitos, debentures, cuotas o derechos en sociedades y cualquier clase de títulos o valores mobiliarios, con la facultad de administrar dichas inversiones; adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; y, cualquier otro objeto relacionado con los anteriores que los socios acuerden
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE EDUARDO MESSEN CONCHA, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Curicó, con oficio en calle Estado 280, certifica: Por escritura hoy ante mi, PABLO HERNÁN GALINDO ZAPATA, domiciliado en calle Yungay 215, comuna Curicó.- PATRICIA XIMENA GONZÁLEZ ARIAS, domiciliada en calle Clodomiro Rosas 1046, Villa Rucatremo, comuna Curicó.- JAVIER ANDRES GALINDO GONZÁLEZ, domiciliado en calle Yungay 215 comuna Curicó.- DANIELA CONSTANZA GALINDO GONZÁLEZ, domiciliada en calle Clodomiro Rosas 1046, Villa Rucatremo, comuna Curicó; y JOAQUÍN IGNACIO GALINDO GONZALEZ, domiciliado en calle Clodomiro Rosas 1046, Villa Rucatremo, comuna Curicó, constituyeron una Sociedad de Responsabilidad Limitada.- Objeto: Invertir en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones, bonos, depósitos, debentures, cuotas o derechos en sociedades y cualquier clase de títulos o valores mobiliarios, con la facultad de administrar dichas inversiones; adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; y, cualquier otro objeto relacionado con los anteriores que los socios acuerden.- Razón Social: INVERSIONES G & G LIMITADA, nombre fantasía INVERSIONES G & G LTDA.- Domicilio: Curicó, sin perjuicio de poder extender sus actividades a otros puntos del país o extranjero.- Administración Sociedad y Uso Razón Social corresponderá al socio PABLO HERNÁN GALINDO ZAPATA, amplias facultades.- Capital: $5.000.000.-, que socios aportan y enteran siguiente forma: a) $1.000.000.- que socio PABLO HERNÁN GALINDO ZAPATA entera a caja social al contado y en dinero efectivo, aporte equivale al 20% capital social; b) $1.000.000.- , la socia PATRICIA XIMENA GONZÁLEZ ARIAS, entera a caja social al contado y en dinero efectivo, aporte equivale al 20% capital social; c) $1.000.000.-, que socio JAVIER ANDRÉS GALINDO GONZÁLEZ entera a caja social al contado y en dinero efectivo, aporte equivale al 20% capital social; d) $1.000.000.-, que socia DANIELA CONSTANZA GALINDO GONZÁLEZ entera a caja social al contado y en dinero efectivo, aporte equivale al 20% capital social; y, e) $1.000.000.-, que socio JOAQUÍN IGNACIO GALINDO GONZÁLEZ entera a caja social al contado y en dinero efectivo, aporte equivale al 20% capital social.- Duración: 5 años, a partir esta fecha, entendiéndose renovable, tácita y sucesivamente por períodos iguales, si ningún socio manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen inscripción social con una anticipación mínima de 3 meses de antelación al vencimiento respectivo período.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Curicó, 28 agosto 2026.