CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

IFJJB SpA

CVE 2864050
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
14 de agosto de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
14 de agosto de 2026
Repertorio
7333-2026
Notario
MAGDALENA SOFÍA LATORRE LARRAÍN
Oficio
Quinta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Objeto social

La Sociedad tiene por objeto la realización de todo tipo de inversiones en toda clase de acciones o valores mobiliarios y de renta, bonos, debentures y todo tipo de títulos de crédito y efectos públicos y valores mobiliarios y, en general, toda clase de documentación negociable y la realización de todo tipo de inversiones en bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, y especialmente en derechos de sociedades, ya sean de capital, de personas o de cualquier otra especie, administrarlas, percibir sus frutos o reinvertirlos sin restricciones de ninguna especie. Finalmente, la realización de todos los actos y contratos necesarios o conducentes para los objetos antes señalados

Administración

La administración y representación de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Jorge Jottar Bilbao, quien, tendrá las más amplias facultades de administración y disposición de bienes y la ejercerá anteponiendo a su firma la razón social, con todas y cada una de las facultades establecidas en la escritura extractada. Las

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MAGDALENA SOFÍA LATORRE LARRAÍN, Notario Público Interino de la Quinta Notaría de Santiago, domiciliada en Avenida El Golf N° 99, oficina 101 B, comuna de Las Condes, Santiago, certifico: Por escritura pública otorgada ante mí con fecha 14 de agosto de 2026, bajo el Repertorio N° 7333-2026, don JORGE JOTTAR BILBAO, constituyó una sociedad por acciones. NOMBRE: “IFJJB SpA”, en adelante también la “Sociedad”. OBJETO: La Sociedad tiene por objeto la realización de todo tipo de inversiones en toda clase de acciones o valores mobiliarios y de renta, bonos, debentures y todo tipo de títulos de crédito y efectos públicos y valores mobiliarios y, en general, toda clase de documentación negociable y la realización de todo tipo de inversiones en bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, y especialmente en derechos de sociedades, ya sean de capital, de personas o de cualquier otra especie, administrarlas, percibir sus frutos o reinvertirlos sin restricciones de ninguna especie. Finalmente, la realización de todos los actos y contratos necesarios o conducentes para los objetos antes señalados. CAPITAL: El capital de la Sociedad es la cantidad de $1.000.000.- (un millón de pesos), dividido en 1.000 acciones ordinarias, todas nominativas, sin valor nominal, de una sola serie y de igual valor cada una, el que se encuentra íntegramente suscrito y pagado, al contado y en dinero efectivo, por el accionista don Jorge Jottar Bilbao, según consta en el artículo primero transitorio de la escritura extractada. ADMINISTRACIÓN: La administración y representación de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Jorge Jottar Bilbao, quien, tendrá las más amplias facultades de administración y disposición de bienes y la ejercerá anteponiendo a su firma la razón social, con todas y cada una de las facultades establecidas en la escritura extractada. Las demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en escritura extractada. Santiago, 26 de agosto de 2026.- MAGDALENA SOFÍA LATORRE LARRAÍN. Notario Público Interino.