Instrumento
- Repertorio
- 1919-26
- Notario
- GUILLERMO CARLOS SOLAR PÉREZ
- Oficio
- 2ª Notaría de Santiago con asiento en Peñalolén
- Comuna
- Santiago con asiento en Peñalolén
Sociedad
- Capital
- $12.000 CLP
- Domicilio
- Los comparecientes, en la representación que invisten, vinieron en constituir una sociedad por acciones que se denominará "FROZEN BERRY SpA", con domicilio en la comuna de Las Condes, Región Metropolitana de Santiago
- Duración
- La sociedad tendrá una duración de diez años, contados desde la fecha de la escritura extractada, prorrogables automáticamente por períodos iguales y sucesivos de diez años, salvo que los accionistas manifiesten su voluntad de ponerle término al final del período en curso, en la forma prevista en el estatuto social
Objeto social
El objeto de la sociedad es: a) desarrollar toda clase de actividades agrícolas, frutícolas, forestales y ganaderas, y en especial la plantación, cultivo, producción, cosecha, acopio, procesamiento, conservación, envasado, frío, comercialización, distribución, exportación e importación de berries, frutas, hortalizas y demás productos agrícolas, sus derivados y subproductos, por cuenta propia o ajena; b) la adquisición, explotación, administración y enajenación de predios agrícolas y forestales, y la celebración de contratos de arrendamiento, mediería, comodato, usufructo, aparcería y demás contratos agrícolas, así como la constitución, adquisición y regularización de derechos de aprovechamiento de aguas y de obras de riego; c) la prestación de servicios y asesorías en materias agrícolas, frutícolas, forestales, ganaderas, medioambientales y energéticas; d) la inversión en toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, urbanos y rurales, su administración por cuenta propia o ajena y la percepción de sus rentas, frutos y productos; e) formar parte de otras sociedades, asociaciones, comunidades o entidades, civiles o comerciales, constituidas en Chile o en el extranjero, concurrir a su constitución, modificarlas y asumir su administración, y adquirir, suscribir, enajenar y gravar acciones, derechos sociales, cuotas y demás títulos de participación en ellas; f) la inversión en toda clase de valores mobiliarios, acciones, bonos, debentures, efectos de comercio, cuotas de fondos mutuos y de fondos de inversión y demás instrumentos financieros, y la percepción de sus frutos y rentas; y g) en general, cualquier otra actividad que los accionistas acuerden y que se relacione directa o indirectamente con las anteriores, o que sea anexa o complementaria a éstas. CAPITAL Y ACCIONES: El capital de la sociedad es la suma de doce millones de pesos ($12.000.000), dividido en treinta mil acciones nominativas, de una misma y única serie, ordinarias, sin valor nominal y sin privilegio alguno, capital que se encuentra íntegramente suscrito y pagado en dinero efectivo en el acto de constitución, correspondiendo seis mil acciones, equivalentes a dos millones cuatrocientos mil pesos ($2.400.000), a AGRÍCOLA ANDES BERRY LIMITADA, y veinticuatro mil acciones, equivalentes a nueve millones seiscientos mil pesos ($9.600.000), a LOS TRES TRONCOS SpA
Administración
La administración de la sociedad, el uso de la razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderán al Administrador que se designa en el Artículo Segundo Transitorio del estatuto social, cargo que recae en don HÉCTOR DANIEL TRONCOSO REYES, ya individualizado, quien lo ejercerá por tiempo indefinido y con las facultades señaladas en el Artículo Décimo del estatuto social. Peñalolen 25 de agosto del 2026
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGUILLERMO CARLOS SOLAR PÉREZ, Notario Público Titular de la 2ª Notaría de Santiago con asiento en Peñalolén, oficio en Avenida Quilín N° 5283, certifica que: Por escritura pública de fecha 25 de agosto del 2026, Repertorio 1919-26, otorgada ante mí: COMPARECIENTES: Uno) AGRÍCOLA ANDES BERRY LIMITADA, del giro agrícola, Rol Único Tributario número 76.457.982-8, representada, según se acreditó, por don HÉCTOR DANIEL TRONCOSO REYES, chileno, casado, separado totalmente de bienes, ingeniero forestal, cédula nacional de identidad número 10.710.801-7, ambos domiciliados en camino a Nacimiento, kilómetro nueve, comuna de Los Ángeles, Región del Biobío; y Dos) LOS TRES TRONCOS SpA, Rol Único Tributario número 78.498.301-3, representada, según se acreditó, por doña PAOLA ANDREA CAMPAÑA JARA, chilena, casada, separada totalmente de bienes, ingeniero forestal, cédula nacional de identidad número 10.695.075-K, domiciliada en calle Estoril número 750, departamento 310, comuna de Las Condes, Región Metropolitana de Santiago. CONSTITUCIÓN, NOMBRE Y DOMICILIO: Los comparecientes, en la representación que invisten, vinieron en constituir una sociedad por acciones que se denominará "FROZEN BERRY SpA", con domicilio en la comuna de Las Condes, Región Metropolitana de Santiago, sin perjuicio de las agencias, sucursales u oficinas que pueda establecer en otros lugares del país o en el extranjero, y que se regirá por el Párrafo octavo del Título VII del Libro II del Código de Comercio y, en subsidio, por las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas. DURACIÓN: La sociedad tendrá una duración de diez años, contados desde la fecha de la escritura extractada, prorrogables automáticamente por períodos iguales y sucesivos de diez años, salvo que los accionistas manifiesten su voluntad de ponerle término al final del período en curso, en la forma prevista en el estatuto social. OBJETO: El objeto de la sociedad es: a) desarrollar toda clase de actividades agrícolas, frutícolas, forestales y ganaderas, y en especial la plantación, cultivo, producción, cosecha, acopio, procesamiento, conservación, envasado, frío, comercialización, distribución, exportación e importación de berries, frutas, hortalizas y demás productos agrícolas, sus derivados y subproductos, por cuenta propia o ajena; b) la adquisición, explotación, administración y enajenación de predios agrícolas y forestales, y la celebración de contratos de arrendamiento, mediería, comodato, usufructo, aparcería y demás contratos agrícolas, así como la constitución, adquisición y regularización de derechos de aprovechamiento de aguas y de obras de riego; c) la prestación de servicios y asesorías en materias agrícolas, frutícolas, forestales, ganaderas, medioambientales y energéticas; d) la inversión en toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, urbanos y rurales, su administración por cuenta propia o ajena y la percepción de sus rentas, frutos y productos; e) formar parte de otras sociedades, asociaciones, comunidades o entidades, civiles o comerciales, constituidas en Chile o en el extranjero, concurrir a su constitución, modificarlas y asumir su administración, y adquirir, suscribir, enajenar y gravar acciones, derechos sociales, cuotas y demás títulos de participación en ellas; f) la inversión en toda clase de valores mobiliarios, acciones, bonos, debentures, efectos de comercio, cuotas de fondos mutuos y de fondos de inversión y demás instrumentos financieros, y la percepción de sus frutos y rentas; y g) en general, cualquier otra actividad que los accionistas acuerden y que se relacione directa o indirectamente con las anteriores, o que sea anexa o complementaria a éstas. CAPITAL Y ACCIONES: El capital de la sociedad es la suma de doce millones de pesos ($12.000.000), dividido en treinta mil acciones nominativas, de una misma y única serie, ordinarias, sin valor nominal y sin privilegio alguno, capital que se encuentra íntegramente suscrito y pagado en dinero efectivo en el acto de constitución, correspondiendo seis mil acciones, equivalentes a dos millones cuatrocientos mil pesos ($2.400.000), a AGRÍCOLA ANDES BERRY LIMITADA, y veinticuatro mil acciones, equivalentes a nueve millones seiscientos mil pesos ($9.600.000), a LOS TRES TRONCOS SpA. ADMINISTRACIÓN: La administración de la sociedad, el uso de la razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderán al Administrador que se designa en el Artículo Segundo Transitorio del estatuto social, cargo que recae en don HÉCTOR DANIEL TRONCOSO REYES, ya individualizado, quien lo ejercerá por tiempo indefinido y con las facultades señaladas en el Artículo Décimo del estatuto social. Peñalolen 25 de agosto del 2026.