EMPRESA DE PRESTACIONES DE SALUD LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 4 de agosto de 2026
- Repertorio
- 2179-2026
- Notario
- César Andrés Suárez Sánchez
- Oficio
- Quinta Notaría de Chillán
- Comuna
- Chillán
Sociedad
- Capital
- $100.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCésar Andrés Suárez Sánchez, Abogado, Notario Público Titular de la Quinta Notaría de Chillán, con oficio en esta ciudad, calle Libertad Nº744, CERTIFICO: que por escritura pública de fecha 04 de agosto de 2026, repertorio Nº2179-2026, ante mí, se acordó la SEGUNDA MODIFICACIÓN de la sociedad denominada “EMPRESA DE PRESTACIONES DE SALUD LIMITADA”, nombre de fantasía “PRESAL LTDA.”, constituida por escritura pública de fecha 10 de junio de 1997, otorgada en la Segunda Notaría de San Fernando, cuyo extracto se inscribió a fojas 221, número 246, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Rancagua correspondiente al año 1997, y se publicó en el Diario Oficial de fecha 11 de junio de 1997, y modificada posteriormente. La modificación tuvo por objeto regularizar la adjudicación y composición de los derechos sociales pertenecientes al socio fallecido don Bernardo Benjamín Italo Barlaro Fuentelba, incorporándose como socios sus herederos Inha Dizubanava, Guido Alonso Barlaro Saavedra, María Antonieta Barlaro Machuca, Bárbara Andrea Barlaro Dizubanava y David Jonathan Barlaro Rioseco. El capital social asciende a la suma de $100.000.000, dividido en los derechos sociales correspondientes a los socios, los que, como consecuencia de la presente modificación, quedaron distribuidos de la siguiente forma: Inha Dizubanava, 33,18%; Guido Alonso Barlaro Saavedra, 17,08%; María Antonieta Barlaro Machuca, 16,58%; Bárbara Andrea Barlaro Dizubanava, 16,58%; y David Jonathan Barlaro Rioseco, 16,58%. Asimismo, se modificó la cláusula relativa a la administración y uso de la razón social, correspondiendo exclusivamente dicha administración y uso a doña María Antonieta Barlaro Machuca. En todo lo no modificado, permanecen plenamente vigentes las demás estipulaciones sociales. Chillán, Doy fe, 27 de agosto de 2026.