Instrumento
- Fecha
- 23 de junio de 2026
- Repertorio
- 589-2026
- Notario
- CARLOS ALBERTO ALARCÓN LARA
- Oficio
- Vigésima Segunda Notaría de este territorio jurisdiccional
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
A) El desarrollo, importación, exportación y comercialización de todo tipo de bienes y servicios innovadores, que permitan dar soluciones distintas a diversas problemáticas; así como la explotación de cualquier forma de dichas innovaciones; B) La inversión toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales y en especial en derechos, acciones, bonos, cuotas de fondos de inversión, y demás valores mobiliarios, títulos de crédito y efectos de comercio y derechos en sociedades de cualquier naturaleza, la adquisición, enajenación, administración y explotación de dichos bienes, por cuenta propia o ajena, directamente o por terceros; y, C) En general, cualquier materia que acuerden los socios, relacionada o complementaria con las enunciadas precedentemente
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCARLOS ALBERTO ALARCÓN LARA, chileno, abogado, Notario Público Interino de la Vigésima Segunda Notaría de este territorio jurisdiccional, con oficio y domicilio en Avenida El Bosque Norte número cero cuarenta y siete, Las Condes, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 23 de Junio de 2026, ante mí, Repertorio N° 589-2026: ALBERTO OLTRA TROIGAARD, constituyó una sociedad por acciones, cuyo extracto es el siguiente: NOMBRE: “TOMONARA SpA”.- OBJETO: A) El desarrollo, importación, exportación y comercialización de todo tipo de bienes y servicios innovadores, que permitan dar soluciones distintas a diversas problemáticas; así como la explotación de cualquier forma de dichas innovaciones; B) La inversión toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales y en especial en derechos, acciones, bonos, cuotas de fondos de inversión, y demás valores mobiliarios, títulos de crédito y efectos de comercio y derechos en sociedades de cualquier naturaleza, la adquisición, enajenación, administración y explotación de dichos bienes, por cuenta propia o ajena, directamente o por terceros; y, C) En general, cualquier materia que acuerden los socios, relacionada o complementaria con las enunciadas precedentemente.- CAPITAL: $1.000.000.-, dividido en 1.000.000 de acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, de las cuales se suscribió y pagó 100.000 acciones, y las demás lo serán en la forma indicada en el artículo primero transitorio.- Demás estipulaciones constan en la escritura que extracto.- Santiago, 25 de junio 2026.