DISOLUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad Agrícola y Forestal Ainavillo Limitada

RUT 76720009-9 CVE 2832110
Capital
$231.133.778 CLP
Fecha instrumento
20 de mayo de 2026

Instrumento

Fecha
20 de mayo de 2026
Repertorio
5009-2026
Notario
JOSE AGUSTIN DONOSO MUSIATE
Domicilio
Concepción

Sociedad

Capital
$231.133.778 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JOSE AGUSTIN DONOSO MUSIATE, Notario Público de Concepción, Suplente del Titular don RAMON GARCIA CARRASCO, con oficio en esta ciudad, Rengo 444, certifica: Por escritura pública de fecha 20 de mayo de 2026, Repertorio N°5009-2026, ante la Notario de Concepción doña Olaya Ferrada Garrido, Suplente del Titular don Ramón García Carrasco, don RAÚL HERMINIO HORMAZÁBAL ROZAS, chileno, cédula nacional de identidad N°7.769.953-8, domiciliado en calle Ainavillo N°911, comuna de Concepción, y doña LILIAN VIVANCO LUENGO, chilena, cédula de identidad N°7.115.468-8, domiciliada en calle Ainavillo N°911, comuna de Concepción; los comparecientes, mayores de edad, quienes expusieron lo siguiente: PRIMERO: ANTECEDENTES. Los comparecientes habían constituido, por escritura pública de fecha 30/09/2016, ante el Notario Público de Concepción, don Juan Espinosa Bancalari, anotada en su Repertorio bajo el N°4.467, la sociedad de responsabilidad limitada, Sociedad Agrícola y Forestal Ainavillo Limitada, nombre de fantasía “Ainavillo Ltda.”, inscrita a fojas 2.442 vuelta número 2.033, en el Registro de Comercio año 2016, del Conservador de Bienes Raíces de Concepción, extracto publicado en el Diario Oficial de fecha 07/10/2016, Rol Único Tributario N°76.720.009-9.- SEGUNDO: Domicilio en la comuna de Concepción, Región del Bio-Bío, sin perjuicio de abrir sucursales en cualquier lugar del país o en el extranjero. Giro Social la explotación agrícola, ganadera y forestal por cuenta propia o ajena, de predios rústicos; la importación, exportación, transformación y comercialización de productos agrícolas, ganaderos o forestales; crianza, engorda y compraventa, por mayor o menor, de ganado en general; la explotación lechera con animales propios o ajenos; la realización de toda clase de negocios relacionados con el agro, agroindustria, la producción agropecuaria; la actividad frutícola, de flores, y hortalizas; instalación por cuenta propia o ajena de viveros y planteles frutales, de flores y hortalizas; la compraventa, importación, exportación de semillas, almácigos, plantas, clones, flores, hortalizas y árboles frutales y otros relacionados con viveros, plantaciones, cosechas, secado y procesamiento de frutas, hortalizas y flores y toda otra actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores. Administración, Representación Judicial y Extrajudicial y Uso de la Razón Social de la sociedad, corresponderá conjunta y/o separadamente a los socios, don Raúl Herminio Hormazábal Rozas y doña Lilian Vivanco Luengo.- TERCERO: Capital social enterado en la sociedad fue la suma total de $231.133.778.- aportados y pagados por los socios, en partes iguales, de forma que detalla la escritura, aportando en dominio pleno dos bienes inmuebles y con dinero en efectivo.- CUARTO: La duración Inicial de la sociedad se pactó en un plazo de 10 años, desde la fecha de la escritura social, prorrogable, si ninguno de los socios manifestaba su intención de poner término a la sociedad por escritura pública anotada al margen de la Inscripción social, con una anticipación a lo menos 6 meses antes del vencimiento del período respectivo o de la prórroga que estuviera vigente. Sólo con el acuerdo unánime de los socios podía dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos, como también celebrar su disolución.- QUINTO: Que, según lo indicado en la escritura de constitución social, por acuerdo unánime de los socios y en conformidad al artículo 2107 del Código Civil, los socios comparecientes vienen en disolver anticipadamente la “Sociedad Agrícola y Forestal Ainavillo Limitada”.- SEXTO: LIQUIDACIÓN Y ADJUDICACIÓN DEL CAPITAL EXISTENTE. La sociedad no resulta rentable para los socios y se encuentra con escaso o nulo movimiento comercial, ya se efectuó el trámite de término de giro ante el Servicio de Impuestos Internos, no existiendo deudas que repartir, los socios vienen en realizar las contraprestaciones pertinentes, repartiendo y adjudicando el capital actualmente existente, consistente en los bienes inmuebles y un remanente del capital inicial, en proporción del cincuenta por ciento para cada uno, de la manera que se detalla en la escritura social.- SÉPTIMO: El capital social actualizado, en valorización de inmuebles y dinero en efectivo es de $573.096.580, correspondiendo a cada socio el 50% del capital social, que se procede a liquidar y adjudicar con la adjudicación en propiedad de los inmuebles sociales y dinero en efectivo, como se detalla en la escritura. OCTAVO: Las partes comparecientes se dan el más amplio y completo finiquito respecto de todas y cada una de las obligaciones contraídas en el giro de la sociedad que por este instrumento disuelven y liquidan, declarando que nada se adeudan recíprocamente, consintiendo expresamente en la forma de repartir y adjudicar el capital social actual.- NOVENO: Los socios y el portador de copia autorizada quedan facultados para solicitar las inscripciones y subinscripciones que correspondan en los registros pertinentes. Asimismo, queda especialmente facultado don David Leonel Ortega Rivas, Abogado, cédula nacional de identidad N°10.281.990-K, para suscribir todos los instrumentos públicos o privados que sean necesarios para aclarar, rectificar, modificar o complementar el contrato que antecede ante notarías y posteriormente efectuar las inscripciones pertinentes ante los registros conservatorios pertinentes. Demás estipulaciones en escritura extractada.- CONCEPCION, 24 de Junio de 2026.