ORBINOX IQUIQUE SpA
Instrumento
- Fecha
- 9 de junio de 2026
- Repertorio
- 46669-2026
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $5.000 CLP
Objeto social
La sociedad tendrá por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con domicilio en calle Alcántara N°107, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifico: Por escritura pública de fecha 09 de Junio de 2026, Repertorio 46.669-2026, ante mí, la sociedad ORBINOX, S.A., Rol Único Tributario N°59.262.330-7, debidamente representada como compareció, constituyó una Sociedad por Acciones: NOMBRE: “ORBINOX IQUIQUE SpA”. OBJETO: La sociedad tendrá por objeto: Uno) La importación, exportación, compra, venta, distribución, comercialización, consignación y representación de toda clase de bienes, mercaderías, productos y materias primas, ya sea por cuenta propia o de terceros, así como la realización de toda clase de operaciones de comercio exterior; Dos) El almacenamiento, depósito, embalaje, transporte, logística, manejo y administración de mercaderías y bienes en general, incluyendo la explotación de bodegas y centros de distribución; Tres) El desarrollo de actividades comerciales e industriales relacionadas con la importación, exportación y comercialización de bienes, pudiendo realizar procesos de armado, ensamblaje, acondicionamiento, etiquetado o fraccionamiento de productos; Cuatro) La realización de las actividades antes señaladas dentro o fuera del territorio nacional, pudiendo desarrollarlas en sistemas o regímenes de zonas francas o áreas sujetas a regímenes aduaneros especiales, y celebrar todos los actos y contratos necesarios para dichos efectos. La sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otras sociedades en las que participe o forme al efecto, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora. CAPITAL: El capital social asciende a la cantidad de $5.000.000 de pesos, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, todas de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas. Demás estipulaciones, en escritura extractada. Santiago, 11 de Junio de 2026.