CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES STREETERVILLE LIMITADA

CVE 2832045
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
19 de junio de 2026
Notaría
Providencia
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
19 de junio de 2026
Repertorio
4624-2026
Notario
LUIS EDUARDO RODRIGUEZ BURR
Oficio
1ª Notaría de Providencia
Comuna
Providencia

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio social será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
Duración
La sociedad tendrá una duración de diez años, plazo que se renovará en forma tácita y sucesiva por periodos de cinco años cada uno si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con al menos seis meses de anticipación al vencimiento del plazo original o de sus sucesivas prórrogas

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto (a) la inversión, en el país o en el extranjero, en toda clase de bienes muebles e inmuebles, sean estos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición por cuenta propia o ajena, en bolsa de valores, de acciones de sociedades anónimas y de sociedades por acciones, derechos en sociedades de personas, debentures, bonos, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos; (b) formar, constituir y)o efectuar inversiones en la propiedad de otras sociedades, sean estas o no de su misma especie o giro, participando en calidad de socia o administradora de dichas entidades, de las que podrá obtener rentas; y, (c) la ejecución de toda clase de operaciones o negocios que tengan relación directa o indirectamente con lo señalado en la letra (a) anterior o que fuere necesario o conveniente para el cumplimiento del mismo y, en general, la celebración de cualquier acto o contrato y el desarrollo de cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con el

Administración

La administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a Sebastián Andrés Sánchez Gutiérrez, quien, actuando por sí o por medio de uno o más representantes o agentes que serán designados especialmente para estos efectos, representará a la sociedad judicial y extrajudicialmente con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS EDUARDO RODRIGUEZ BURR, Notario Público Titular de la 1ª Notaría de Providencia, con oficio en Avenida Providencia N° 1777, de la Comuna de Providencia, Ciudad de Santiago. Certifica: Que, por escritura pública de fecha 19 de junio de 2026, repertorio N°4624-2026, ante mí, Sebastián Andrés Sánchez Gutiérrez y María Consuelo Arcos Suárez, ambos domiciliados en Tabancura 1613, departamento 1505, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada que a continuación se extracta: Razón Social: INVERSIONES STREETERVILLE LIMITADA. Domicilio: El domicilio social será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de la constitución de agencias, oficinas, sucursales, representaciones o establecimientos en cualquier punto del país o del extranjero. Objeto: La sociedad tendrá por objeto (a) la inversión, en el país o en el extranjero, en toda clase de bienes muebles e inmuebles, sean estos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición por cuenta propia o ajena, en bolsa de valores, de acciones de sociedades anónimas y de sociedades por acciones, derechos en sociedades de personas, debentures, bonos, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos; (b) formar, constituir y/o efectuar inversiones en la propiedad de otras sociedades, sean estas o no de su misma especie o giro, participando en calidad de socia o administradora de dichas entidades, de las que podrá obtener rentas; y, (c) la ejecución de toda clase de operaciones o negocios que tengan relación directa o indirectamente con lo señalado en la letra (a) anterior o que fuere necesario o conveniente para el cumplimiento del mismo y, en general, la celebración de cualquier acto o contrato y el desarrollo de cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con el objeto social. Administración: La administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a Sebastián Andrés Sánchez Gutiérrez, quien, actuando por sí o por medio de uno o más representantes o agentes que serán designados especialmente para estos efectos, representará a la sociedad judicial y extrajudicialmente con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes. Duración: La sociedad tendrá una duración de diez años, plazo que se renovará en forma tácita y sucesiva por periodos de cinco años cada uno si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con al menos seis meses de anticipación al vencimiento del plazo original o de sus sucesivas prórrogas. Capital: $1.000.000, que los socios aportan en la siguiente proporción: don Sebastián Andrés Sánchez Gutiérrez aporta la suma de $510.000, equivalente al 51% de los derechos sociales; y doña María Consuelo Arcos Suárez aporta la suma de $490.000, equivalente al 49% restante de los derechos sociales. El capital queda íntegramente pagado en dinero efectivo. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en documento que extracto. Santiago, 23 de junio de 2026.