ARCE QUEZADA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 17 de junio de 2026
- Repertorio
- 1332
- Notario
- ante notaria VALERIA RONCHERA FLORES
- Oficio
- Décima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGUILLERMO CARLOS SOLAR PÉREZ, Abogado, Notario Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con Asiento en la Comuna de Peñalolén, con oficio en Avenida Quilín, número cinco mil doscientos ochenta y tres, comuna de Peñalolén, certifico: Por escritura pública de esta misma fecha de repertorio N° 1332 ante mí, Don MAURICIO ARCE TRONCOSO, chileno, casado, kinesiólogo, cédula de identidad número diecisiete millones doscientos sesenta y cinco mil quinientos cincuenta y seis guion cuatro; doña JOSEFA PAZ QUEZADA FIGUEROA, chilena, casada, kinesióloga, cédula de identidad número dieciocho millones ciento veintiséis mil setecientos cuarenta y nueve guion seis; y doña SUSANA DEL CARMEN FIGUEROA ARANEDA, chilena, casada, secretaria, cédula de identidad número nueve millones novecientos noventa y un mil novecientos dieciséis guion siete, todos domiciliados en para estos efectos en calle Ojos del Salado número tres mil ochocientos veinte, comuna de Peñalolén, Región Metropolitana, modificaron la sociedad “ARCE QUEZADA LIMITADA”; constituida por escritura pública de fecha catorce de febrero del año dos mil veinticinco, ante notaria VALERIA RONCHERA FLORES, Notario Público Décima Notaría de Santiago, cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio de Santiago, a fojas 17150, número 6493 del año 2025, en el sentido de que: a) Don Mauricio Arce Troncoso vende, cede y transfiere a Susana Del Carmen Figueroa Araneda, quien acepta y adquiere para sí, el cien por ciento de sus derechos, equivalentes al cincuenta por ciento de los derechos sociales de ARCE QUIZADA LIMITADA. El precio de la cesión es la suma de quinientos mil pesos que el cesionario paga en este acto y en dinero en efectivo. en consecuencia, quedan como únicos socios de ARCE QUIZADA LIMITADA: Uno) Doña Susana Del Carmen Figueroa Araneda, titular del cincuenta por ciento de los derechos sociales; Dos) Doña Josefa Paz Quezada Figueroa, titular del cincuenta por ciento de los derechos sociales. b) La representación, administración y el uso de la razón social y sin que la designación sea esencial, corresponderá a doña Josefa Paz Quezada Figueroa, quien la ejercerá con todas las facultades, atribuciones y prerrogativas establecidas en la escritura de constitución, las que se entienden expresamente incorporadas a esta cláusula para todos los efectos legales. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 17 de junio de 2026.