MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Agencia de Aduanas Luis Vargas Figueroa y Compañía Limitada

RUT 76059243-9 CVE 2832341
Fecha instrumento
16 de junio de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
16 de junio de 2026
Repertorio
1298-2026
Notario
RENATA MARCELA GONZÁLEZ CARVALLO abogada
Oficio
23 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RENATA MARCELA GONZÁLEZ CARVALLO abogada, Notario Público Titular de la 23 Notaría de Santiago, con oficio en Catedral N° 1265, Santiago, certifica que por escritura ante mí de fecha 16 de junio de 2026, anotada en el Repertorio N° 1298-2026, don LUIS GASTON VARGAS FIGUEROA, doña MARCELA RENEE VARGAS SALINAS y MARÍA TERESA VARGAS SALINAS todos domiciliados en Padre Mariano N°210, oficina 105 Providencia, los dos primeros actuales socios de “AGENCIA DE ADUANAS LUIS VARGAS FIGUEROA Y COMPAÑÍA LIMITADA” constituida el 14.04.2009, inscrita a fojas 23209 Nº15793, en el Registro de Comercio de Santiago del año 2009, modifican la sociedad en el siguiente sentido: doña MARCELA RENEE VARGAS SALINAS vende, cede y transfiere el 35% de sus derechos: a) a doña MARÍA TERESA VARGAS SALINAS, el 15% de sus derechos, quien los compra, acepta y adquiere para sí, por un precio de $12.000.000, pagados en dinero en efectivo, mediante treinta cuotas iguales y sucesivas de $400.000, incorporándose a la Sociedad; b) a don LUIS GASTON VARGAS FIGUEROA, el 20% por ciento de sus derechos, quien los compra, acepta y adquiere para sí, por un precio de $16.000.000, pagados en dinero en efectivo, mediante cuarenta cuotas iguales y sucesivas de $400.000. Participación social después de la modificación: don LUIS GASTON VARGAS FIGUEROA 80%, doña MARCELA RENEE VARGAS SALINAS 5%, y doña MARÍA TERESA VARGAS SALINAS 15%. Modificaciones: CLÁUSULA QUINTA. Se reemplaza por la que sigue: “QUINTO: El capital social es la suma de 5.000 unidades de fomento, aportado por los socios como sigue: a) don LUIS GASTÓN VARGAS FIGUEROA aporta la suma de 4.000 unidades de fomento, equivalentes al 80% del capital social; b) doña MARCELA RENEE VARGAS SALINAS aporta la suma de 250 unidades de fomento, equivalentes al 5% del capital social, y; c) doña MARÍA TERESA VARGAS SALINAS aporta la suma de 750 unidades de fomento, equivalentes al 15% del capital social, sumas pagadas y enteradas en arcas sociales”. CLÁUSULA SEXTA. Se reemplaza por la que sigue: “SEXTO: Conforme a lo dispuesto en el artículo 198, inciso segundo letra e), de la Ordenanza de Aduanas, doña MARCELA RENEE VARGAS SALINAS y doña MARÍA TERESA VARGAS SALINAS, aportan, además, su trabajo personal”. La autorización de la Dirección Nacional de Aduanas para realizar esta modificación de estatutos consta en la Resolución Exenta Nº 98-2026-00053 otorgada por el Servicio de Aduanas de Chile con fecha 14 de mayo de 2026. en lo no modificado permanece inalterable el pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 22 de junio de 2026.