VIEGO Y COMPAÑIA
Instrumento
- Fecha
- 11 de junio de 2026
- Repertorio
- 7380/2026
- Notario
- COSME FERNANDO GOMILA GATICA
- Oficio
- Cuarta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $74.250.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- 5 años contados desde esta fecha. Este plazo se renovará tácita, sucesiva y automáticamente por nuevos periodos de 5 años cada uno, a menos que alguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término. Tal manifestación deberá efectuarse por escritura pública de la que se tomará nota al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, todo ello con una anticipación no inferior a seis meses al vencimiento del plazo primitivo o prorrogado que estuviere corriendo
Objeto social
la compraventa de ropa interior de señoras y similares, sin perjuicio de cualquier otra actividad que de común acuerdo determinen los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCOSME FERNANDO GOMILA GATICA, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en Carmencita veinte, Comuna de Las Condes certifico que por escritura pública otorgada con fecha 11/06/2026, Repertorio 7380/2026, ante mi, ANTONIO VIEGO BULNES, comerciante, cédula de identidad para extranjeros número 3.631.817-1, domiciliado en calle veintiuno de Mayo 583 local 875, comuna de Santiago, Región Metropolitana, y MARIA LAURA CAMPILLOS SALANOVA, comerciante, cédula de identidad para extranjeros número 5.022.066-4, domiciliado en calle la Macarena 151 departamento 71, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, acordaron transformar la sociedad VIEGO Y COMPAÑIA en una sociedad de responsabilidad limitada, fijando el nuevo estatuto social de VIEGO Y COMPAÑIA LIMITADA en los siguientes términos: Razón Social: VIEGO Y COMPAÑÍA LIMITADA. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país y en el extranjero. Objeto: la compraventa de ropa interior de señoras y similares, sin perjuicio de cualquier otra actividad que de común acuerdo determinen los socios. Plazo: 5 años contados desde esta fecha. Este plazo se renovará tácita, sucesiva y automáticamente por nuevos periodos de 5 años cada uno, a menos que alguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término. Tal manifestación deberá efectuarse por escritura pública de la que se tomará nota al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, todo ello con una anticipación no inferior a seis meses al vencimiento del plazo primitivo o prorrogado que estuviere corriendo. Capital: $74.250.000, que los socios han aportado y enterado de la siguiente manera: a) ANTONIO VIEGO BULNES con la suma de $66.825.000, que corresponde al 90% de los derechos sociales, que ha enterado y pagado íntegramente con cargo a su proporción en el capital social de la sociedad que se transforma en este instrumento; y b) MARIA LAURA CAMPILLOS SALANOVA con la suma de $7.425.000, que corresponde al 10% de los derechos sociales, que ha enterado y pagado íntegramente con cargo a su proporción en el capital social de la sociedad que se transforma en este instrumento. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. La administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponde indistintamente a cada uno de los socios ANTONIO VIEGO BULNES y MARIA LAURA CAMPILLOS SALANOVA quienes actuando separadamente y anteponiendo a su firma la razón social disponen de las amplias facultades contenidas en el estatuto social. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 18 de junio del 2026. Mmo.