SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES MAFERI LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de abril de 2026
- Repertorio
- 3579
- Notario
- MAGDALENA SOFÍA LATORRE LARRAÍN
- Oficio
- Quinta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.381.613.108 CLP
Personas y entidades (3)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| NUEVA SANTA GLORIA SpA | socio | 77367959-2 | — | — | |
| IBAÑEZ SpA | socio | 77023467-0 | — | — | |
| SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES MAFERI LIMITADA | socio | 76339049-7 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMAGDALENA SOFÍA LATORRE LARRAÍN, Abogado, Notario Público Interino de la Quinta Notaría de Santiago, con oficio en Avenida El Golf número 99, oficina 101 B, comuna de Las Condes, Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 30 de abril de 2026, bajo Repertorio N° 3579 del año 2026, otorgada ante mí: /Uno/ Don Rigoberto Ricardo Ibáñez Pozo, chileno, casado y separado totalmente de bienes, contador, cédula nacional de identidad N° 8.313.191-8, en representación de NUEVA SANTA GLORIA SpA, Rol Único Tributario N° 77.367.959-2; /Dos/ Don Ricardo Alberto Ibáñez Villarroel, chileno, casado y separado totalmente de bienes, abogado, cédula nacional de identidad N° 13.255.844-2, por sí y en representación de IBAÑEZ SpA, Rol Único Tributario N° 77.023.467-0; /Tres/ Doña Patricia Alejandra Díaz Navarrete, chilena, casada y separada totalmente de bienes, educadora de párvulos, cédula de identidad N° 10.928.013-5; todos domiciliados para estos efectos en calle Amunátegui número 232, oficina 1301, piso 13, comuna de Santiago, Región Metropolitana, en su calidad de únicos socios de la sociedad SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES MAFERI LIMITADA, RUT N° 76.339.049-7 (la “Sociedad”), inscrita a fojas 70.115, número 34.394 del Registro de Comercio correspondiente al año 2019 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, acordaron lo siguiente: Uno. Dividir la Sociedad en tres sociedades de responsabilidad limitada diversas: (i) Su continuadora legal, la que mantendrá el nombre SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES MAFERI LIMITADA y conservará sus estatutos sociales, sin perjuicio de las modificaciones acordadas en relación a la disminución de su capital, que corresponde al capital social que se asigna a las nuevas sociedades que nacen a consecuencia de la división, y de la asignación de las demás cuentas patrimoniales; (ii) una nueva sociedad de responsabilidad limitada, cuya razón social será “INMOBILIARIA E INVERSIONES MAFERI POLCURA LIMITADA”; y (iii) una nueva sociedad de responsabilidad limitada, cuya razón social será “INMOBILIARIA E INVERSIONES MIRADORES DE POLCURA LIMITADA”. Dos. Disminuir el capital de la Sociedad en la suma de $1.381.613.108, esto es, de la suma de $2.002.337.837 a la suma de $620.724.729; Tres. Modificar en consecuencia el Artículo Quinto de los estatutos de la Sociedad por el siguiente: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de seiscientos veinte millones setecientos veinticuatro mil setecientos veintinueve pesos, que los socios han aportado en la forma, proporción y oportunidad que a continuación se indica: a) Don RICARDO ALBERTO IBÁÑEZ VILLARROEL, con la suma de seiscientos trece mil setecientos noventa y siete pesos, equivalentes aproximadamente a un cero coma cero noventa y ocho mil ochocientos ochenta y cuatro por ciento de los derechos sociales; íntegramente pagados e ingresados a la caja social con anterioridad a esta fecha; /b/ Doña PATRICIA ALEJANDRA DÍAZ NAVARRETE, con la suma de siete mil doscientos cincuenta pesos, equivalentes aproximadamente a un cero coma cero cero mil ciento sesenta y ocho por ciento de los derechos sociales; íntegramente pagados e ingresados a la caja social con anterioridad a esta fecha; c) La sociedad IBAÑEZ SpA, con la suma de ciento tres mil seiscientos ochenta pesos, equivalentes aproximadamente a un cero coma cero dieciséis mil setecientos tres por ciento de los derechos sociales; íntegramente pagados e ingresados a la caja social con anterioridad a esta fecha; y d) La sociedad NUEVA SANTA GLORIA SpA, con la suma de seiscientos veinte millones dos pesos, equivalentes aproximadamente a un noventa y nueve coma ochocientos ochenta y tres mil doscientos cuarenta y cinco por ciento de los derechos sociales; íntegramente pagados e ingresados a la caja social con anterioridad a esta fecha. Esta disminución de capital es sin perjuicio de las otras cuentas de patrimonio que se asignan a las sociedades que nacen de la división. Los socios mantienen su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes.” Los estatutos de las sociedades que se crean a consecuencia de la división son objeto de extracto separado. Otras estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 24 de junio de 2026. Magdalena Sofía Latorre Larraín.- Notario Público Interino.-