AGRÍCOLA CARLOS JOSÉ HUBER SCHULZ SpA
Instrumento
- Fecha
- 22 de mayo de 2026
- Repertorio
- 1444-2026
- Notario
- Alexis Patricio Paredes Aguilera
- Domicilio
- con oficio en calle El Roble N° 551
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalAlexis Patricio Paredes Aguilera, Notario Público Interino, con oficio en calle El Roble N° 551, comuna de Chillán, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 22 de mayo de 2026, bajo el repertorio N°1.444-2026, otorgada ante don Luis Eduardo Solar Bach, compareció: Renato Pablo Huber Acuña, chileno, ingeniero forestal, soltero, cédula nacional de identidad número doce millones novecientos setenta mil cuatrocientos setenta y tres guion K, en representación de Agrícola Guayacán Limitada, Rol Único Tributario número setenta y seis millones doscientos cuarenta y nueve mil quinientos ochenta y siete guión dos, todos ellos domiciliados para estos efectos en Avenida Eliodoro Yáñez número mil seiscientos cuarenta y nueve, oficina seiscientos once, de la comuna de Providencia, de Santiago, Región Metropolitana; comparece Agrícola Guayacán Limitada, debidamente representada, la que, a la fecha de esta escritura y teniendo a la vista el notario el registro de accionistas de esta sociedad, comparece como única accionista de la sociedad "AGRÍCOLA CARLOS JOSÉ HUBER SCHULZ SpA", RUT N°76.487.712-8, inscrita a fojas 59806, número 35009, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2015, la que acuerda efectuar las siguientes modificaciones: Primero) Se modificó la razón social de la Sociedad por la de "AGRÍCOLA RIO BUENO SpA". Se reemplaza el Artículo Primero de los estatutos sociales por el siguiente: "Artículo Primero.- El nombre de la sociedad será "AGRÍCOLA RIO BUENO SpA" ". Segundo) Se modificó el Artículo Décimo Primero de los estatutos sociales, correspondiente a la cláusula de administración de la Sociedad, en el sentido que la administración de la sociedad le corresponderá a RENATO PABLO HUBER ACUÑA, quien representará con las amplias facultades sin limitación de ninguna especie, con las atribuciones indicadas en dicha cláusula. El monto del capital de la sociedad es de $1.000.000. Demás estipulaciones escritura extractada. CHILLÁN, 16 de Junio de 2026.