MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INDUSTRIAL MPG GARCÍA Y ASOCIADOS LIMITADA

RUT 77626684-1 CVE 2831111
Fecha instrumento
23 de junio de 2026
Notaría
Ovalle

Instrumento

Fecha
23 de junio de 2026
Repertorio
974
Notario
FELIPE EDUARDO LEIBA ILABACA
Oficio
Primera Notaria de Ovalle
Comuna
Ovalle

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FELIPE EDUARDO LEIBA ILABACA, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaria de Ovalle, domiciliado en esta ciudad, calle Vicuña Mackenna número trescientos setenta, oficina tres - E, CERTIFICA, Por escritura pública de fecha quince de Mayo de 2026, repertorio 974, ante don Miguel Angel Contreras Venegas, Notario Suplente de este oficio, don LUIS MAURICIO GODOY ROJAS, chileno, casado, Ingeniero Civil, cédula de identidad número trece millones cuatrocientos dieciséis mil setecientos cuarenta y cinco guion nueve, domiciliado en calle Aymara, número noventa, Condominio Hacienda Alto La Chimba, comuna y ciudad de Ovalle, Región de Coquimbo; doña THIARE ALEJANDRA RIVERA GARCÍA, chilena, soltera, Administradora de Empresas Turísticas, cédula de identidad número veinte millones noventa y un mil ciento sesenta y cinco guion dos, domiciliada calle Aymara, número noventa, Condominio Hacienda Alto La Chimba, comuna y ciudad de Ovalle, Región de Coquimbo; representada por doña FABIOLA ADRIANA GARCÍA IBACACHE, chilena, casada, dueña de casa, cédula nacional de identidad número trece millones setecientos cuarenta y seis mil ochocientos noventa y cinco guion seis, domiciliada en calle Aymara, número noventa, Condominio Hacienda Alto La Chimba, comuna y ciudad de Ovalle, Región de Coquimbo; y don MATÍAS ELOY GODOY GARCÍA, chileno, soltero, independiente, cédula de identidad número veintidós millones doscientos cuarenta y cinco mil setecientos cincuenta y seis guion cuatro, domiciliado en calle dos oriente, número trescientos cuarenta, departamento cuarenta y dos, comuna y ciudad de Viña del Mar, modifican la sociedad de responsabilidad limitada “INDUSTRIAL MPG GARCÍA Y ASOCIADOS LIMITADA”, RUT 77.626.684-1, inscrita a fojas 56 vuelta N° 35 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Ovalle del año 2022, en los siguientes términos: LUIS MAURICIO GODOY ROJAS, vende, cede y transfiere el 65% de su participación en el capital social A don MATÍAS ELOY GODOY GARCÍA, equivalentes a un millón novecientos cincuenta mil pesos y doña THIARE ALEJANDRA RIVERA GARCÍA, vende, cede y transfiere el 25 % de su participación en el capital social a don MATÍAS ELOY GODOY GARCÍA, equivalentes en la suma de setecientos cincuenta mil pesos, precio de cada cesión la suma de quinientos mil pesos, pagados al contado y en dinero efectivo. Como consecuencia de las cesiones de derechos indicados, la sociedad INDUSTRIAL MPG GARCÍA Y ASOCIADOS LIMITADA, queda constituida de la siguiente manera: Don MATÍAS ELOY GODOY GARCÍA, con un noventa por ciento (90%) de participación en el haber social, equivalente a la suma de dos millones setecientos mil pesos (2.700.000); b) Doña THIARE ALEJANDRA RIVERA GARCÍA, con un cinco por ciento (5%) de participación, equivalente a la suma de ciento cincuenta mil pesos ($150.000); y c)Don LUIS MAURICIO GODOY ROJAS, con un cinco por ciento (5%) de participación, equivalente a la suma de ciento cincuenta mil pesos ($150.000). Las participaciones antes señaladas enteran el cien por ciento (100%) del capital social.- Respecto a las utilidades y eventuales pérdidas si las hubiere, se repartirán entre los socios de la siguiente forma: a) Don MATÍAS ELOY GODOY GARCÍA, con un noventa por ciento (90%); b) Doña THIARE ALEJANDRA RIVERA GARCÍA, con un cinco por ciento (5%); y c) Don LUIS MAURICIO GODOY ROJAS, con un cinco por ciento (5%). En lo relativo a la administración y uso razón social, corresponderá a don MATÍAS ELOY GODOY GARCÍA y a doña THIARE ALEJANDRA RIVERA GARCÍA, quienes podrán actuar conjunta o indistintamente, anteponiendo su firma razón social, mismas facultades y excepciones estipuladas en cláusula quinta del acto de Modificación Social.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En todo lo no modificado, rigen las estipulaciones del pacto social. En Ovalle, a 23 de Junio del año 2026.