IMPORTADORA, EXPORTADORA Y COMERCIALIZADORA ACEVEDO, BARAHONA Y BERMUDEZ SpA
Instrumento
- Fecha
- 23 de junio de 2026
- Notario
- JORGE REYES BESSONE
- Oficio
- novena Notaria de San Miguel
- Comuna
- San
Sociedad
- Capital
- $20.000 CLP
- Domicilio
- Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
i) La fabricación, elaboración, industrialización, importación, comercialización, exportación, importación, explotación e inversiones en cualquier clase de bienes, productos, materias primas, maquinarias, accesorios y todo lo relacionado directa e indirectamente con productos de caucho, metálicos y no metálicos por y para neumáticos de todo tipo y naturaleza, y para todo tipo de vehículos ya sean estos livianos, semipesados o pesados, maquinarias; ii) Importación, exportación, comercialización de neumáticos y sus productos derivados o anexos de forma indirecta o directa, venta al por mayor y al detalle, podrá asimismo gestionar venta directa o intermediación en la venta, podrá abrir sucursales de venta al público, prestar la asesoría para ellos, instalación de los mismos, alineación y balanceo, para todo tipo de vehículos motorizados, maquinarias sin distinción. Para el desarrollo de su objeto la sociedad podrá actuar por cuenta propia o a través de terceros. La celebración y ejecución de toda clase de actos y contratos, civiles, mercantiles o administrativos, que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines de la empresa, los cuales podrán desarrollarse dentro y fuera del país y así se podrá efectuar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente, o sea una consecuencia de los mismos
Administración
La administración y el uso de la razón social, corresponderá a un Gerente General, pudiendo éste ser o no accionista, designado y esencialmente revocable por la junta de accionistas, mediante acuerdo por mayoría de las acciones con derecho a voto, presentes o representadas en la junta
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE REYES BESSONE, Abogado, Notario Público Titular de la novena Notaria de San Miguel, con oficio en Gran Avenida Nro. 4886, de la comuna de San Miguel, CERTIFICO que por Escritura Pública de fecha 23 de junio de 2026, Repertorio Notarial Nro. 1117/2026, ante mí don ELIAN SANTIAGO ACEVEDO VASQUEZ, chileno, casado y separado totalmente de bienes, empresario, C.I. 12.817.791-4; doña NATALIA ANDREA BARAHONA UTILLANOS, chilena, Ingeniera comercial, casada y separada totalmente de bienes, C.I. 13.903.831-2, ambos domiciliados en Hijuela Los Mirlos Nro. 2, Lampa, y don JHON FREDY BERMUDEZ HERNANDEZ, colombiano, soltero, asesor en ventas, C.I. 25.497.007-7, domiciliado en Rio Claro Nro. 3200, Valle Grande, Lampa, constituyeron sociedad por acciones: Razón Social: “IMPORTADORA, EXPORTADORA Y COMERCIALIZADORA ACEVEDO, BARAHONA Y BERMUDEZ SpA”, la que podrá actuar también válidamente y para todos los efectos legales, incluso ante los Bancos e Instituciones Financieras, bajo el nombre de fantasía “ACEUTIBER SpA”. Domicilio: Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda abrir y/o establecer en otras ciudades del país o en el extranjero. Objeto: i) La fabricación, elaboración, industrialización, importación, comercialización, exportación, importación, explotación e inversiones en cualquier clase de bienes, productos, materias primas, maquinarias, accesorios y todo lo relacionado directa e indirectamente con productos de caucho, metálicos y no metálicos por y para neumáticos de todo tipo y naturaleza, y para todo tipo de vehículos ya sean estos livianos, semipesados o pesados, maquinarias; ii) Importación, exportación, comercialización de neumáticos y sus productos derivados o anexos de forma indirecta o directa, venta al por mayor y al detalle, podrá asimismo gestionar venta directa o intermediación en la venta, podrá abrir sucursales de venta al público, prestar la asesoría para ellos, instalación de los mismos, alineación y balanceo, para todo tipo de vehículos motorizados, maquinarias sin distinción. Para el desarrollo de su objeto la sociedad podrá actuar por cuenta propia o a través de terceros. La celebración y ejecución de toda clase de actos y contratos, civiles, mercantiles o administrativos, que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines de la empresa, los cuales podrán desarrollarse dentro y fuera del país y así se podrá efectuar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente, o sea una consecuencia de los mismos. Capital: El capital social será de $20.000.000 de pesos dividido en 5.000 de acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal, de una misma serie, las cuales fueron íntegramente suscritas y pagadas al momento de la constitución de la sociedad.- Administración: La administración y el uso de la razón social, corresponderá a un Gerente General, pudiendo éste ser o no accionista, designado y esencialmente revocable por la junta de accionistas, mediante acuerdo por mayoría de las acciones con derecho a voto, presentes o representadas en la junta.- Duración: indefinida. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 23 de junio de 2026. NPT. Jorge Reyes Bessone.