CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Agrícola La Calera Limitada

RUT 3502859-5 CVE 2831272
Capital
$1.654.453 CLP
Fecha instrumento
16 de junio de 2026
Notaría
La Serena
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
16 de junio de 2026
Repertorio
2034-2026
Notario
CARLOS GORROÑO VEGA
Oficio
Titular de la Segunda Notaría de La Serena
Comuna
La Serena

Sociedad

Capital
$1.654.453 CLP
Domicilio
La ciudad de La Serena, Región de Coquimbo
Duración
Indefinida

Objeto social

La explotación agropecuaria en todas sus formas y la comercialización de los productos provenientes de dichas explotaciones. Para el cumplimiento de dichas finalidades, la sociedad podrá: A) adquirir a cualquier título predios agrícolas o tomarlos en arrendamiento, mediería, aparcería, participación, usufructo, anticresis o a cualquier otro título posesorio o de mera tenencia; B) adquirir en cualquier forma, maquinarias, vehículos, herramientas, elementos de trabajo, animales, y en general, toda clase de bienes muebles, para destinarlos al uso, cultivo y beneficio de los predios que la sociedad tenga en explotación; C) instalar y poner en funcionamiento toda clase de establecimientos, locales y recintos, destinados al acopio, guarda, depósito y)o expendio de productos agropecuarios de la compañía; D) construir, adquirir y)o explotar a cualquier título, plantas agroindustriales de cualquier naturaleza; E) obtener patentes de invención, marcas comerciales, diseños industriales, modelos de utilidad, concesiones y permisos; F) asociarse con terceros; G) comprar, vender, ceder, permutar, adquirir, aceptar, enajenar y transferir a cualquier título toda clase de bienes; y H) realizar cualquier negocio, servicio o actividad conexo o afín a las actividades anteriores, en Chile y en el extranjero, que no esté prohibido por las leyes chilenas

Administración

El uso de la razón social y la administración corresponderá a don Francisco Javier Peñafiel Illanes, don José Miguel Peñafiel Cooper, doña Rosario Peñafiel Cooper, don José Francisco Peñafiel Aguirre, cédula de identidad N° 11.346.142-K, y doña Carolina De Lourdes Peñafiel Aguirre, cédula de identidad N° 11.618.428-1, quienes deberán actuar conjuntamente de a dos cualesquiera de ellos, con las facultades indicadas en la escritura extractada

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Agrícola El Olivo Limitada socio 79643130-K

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CARLOS GORROÑO VEGA, Notario Público Suplente del Titular de la Segunda Notaría de La Serena, Jesús Osses Reveco, domiciliado en calle Cordovez número trescientos diecisiete, la Serena, certifica que: Por escritura pública de fecha 16 de junio del año 2026, repertorio N° 2034-2026, ante mí: don Francisco Javier Peñafiel Illanes, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero agrónomo, cédula de identidad número 3.502.859-5, domiciliado en Bartolomé Blanche número 2.481, comuna de La Serena, Región de Coquimbo; doña Ximena Beatriz Cooper Weismann, chilena, casada y separada totalmente de bienes, publicista, cédula de identidad número 8.467.066-9, domiciliada en Bartolomé Blanche número 2.481, comuna de La Serena, Región de Coquimbo; don José Miguel Peñafiel Cooper, chileno, soltero, abogado, cédula de identidad número 15.640.977-4, domiciliado en José Luis Daire número 1.200, departamento 102, comuna y ciudad de La Serena, Región de Coquimbo; y doña Rosario Peñafiel Cooper, chilena, divorciada, técnico en producción culinaria, cédula de identidad número 16.098.582-8, domiciliada en Bartolomé Blanche número 2.481, comuna de La Serena, Región de Coquimbo; todos en su calidad de únicos socios de Agrícola El Olivo Limitada, R.U.T. N° 79.643.130-K, acordaron dividir dicha sociedad en dos sociedades: i) La continuadora legal de la dividida que mantiene su nombre actual, es decir Agrícola El Olivo Limitada; y, ii) Una nueva sociedad denominada Agrícola La Calera Limitada, que constituyen en el mismo acto, acordando asimismo el texto de sus estatutos, que a continuación extractan: Nombre o Razón Social: "AGRÍCOLA LA CALERA LIMITADA". Objeto: La explotación agropecuaria en todas sus formas y la comercialización de los productos provenientes de dichas explotaciones. Para el cumplimiento de dichas finalidades, la sociedad podrá: A) adquirir a cualquier título predios agrícolas o tomarlos en arrendamiento, mediería, aparcería, participación, usufructo, anticresis o a cualquier otro título posesorio o de mera tenencia; B) adquirir en cualquier forma, maquinarias, vehículos, herramientas, elementos de trabajo, animales, y en general, toda clase de bienes muebles, para destinarlos al uso, cultivo y beneficio de los predios que la sociedad tenga en explotación; C) instalar y poner en funcionamiento toda clase de establecimientos, locales y recintos, destinados al acopio, guarda, depósito y/o expendio de productos agropecuarios de la compañía; D) construir, adquirir y/o explotar a cualquier título, plantas agroindustriales de cualquier naturaleza; E) obtener patentes de invención, marcas comerciales, diseños industriales, modelos de utilidad, concesiones y permisos; F) asociarse con terceros; G) comprar, vender, ceder, permutar, adquirir, aceptar, enajenar y transferir a cualquier título toda clase de bienes; y H) realizar cualquier negocio, servicio o actividad conexo o afín a las actividades anteriores, en Chile y en el extranjero, que no esté prohibido por las leyes chilenas. Domicilio: La ciudad de La Serena, Región de Coquimbo, sin perjuicio de poder establecer agencias, sucursales o establecimientos en otro punto del país o en el extranjero. Duración: La duración de la sociedad será indefinida. Capital: La suma de $1.654.453, íntegramente pagado, mediante la asignación producto de la división, distribuido de la siguiente forma: /a/ don Francisco Javier Peñafiel Illanes, $1.025.761, equivalente al 62%; /b/ doña Ximena Beatriz Cooper Weismann, $380.524, equivalente al 23%; c) don José Miguel Peñafiel Cooper, $181.990, equivalente al 11%; y d) doña Rosario Peñafiel Cooper, $66.178, equivalente al 4%. Responsabilidad: Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus respectivos aportes. Administración: El uso de la razón social y la administración corresponderá a don Francisco Javier Peñafiel Illanes, don José Miguel Peñafiel Cooper, doña Rosario Peñafiel Cooper, don José Francisco Peñafiel Aguirre, cédula de identidad N° 11.346.142-K, y doña Carolina De Lourdes Peñafiel Aguirre, cédula de identidad N° 11.618.428-1, quienes deberán actuar conjuntamente de a dos cualesquiera de ellos, con las facultades indicadas en la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para requerir las anotaciones, inscripciones, subinscripciones y publicaciones que sean procedentes. La Serena, 23 de junio de 2026.