Instrumento
- Fecha
- 19 de junio de 2026
- Notario
- PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
- Oficio
- Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
La Sociedad tiene por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa N°1.201, local 101, Lo Barnechea, Región Metropolitana, certifico: que por escritura pública de fecha 19 de junio de 2026, otorgada ante mí, bajo el repertorio número 4.082-2026, Zamin Investments FZCO, rol único tributario número 59.264.290-5, debidamente representada constituyó una sociedad por acciones, de cuyos estatutos se extracta: Nombre: El nombre de la sociedad es ZM Resources SpA (la "Sociedad"). Objeto: La Sociedad tiene por objeto: (i) realizar y desarrollar toda clase de actividades de exploración y explotación minera, incluyéndose la exploración minera, la constitución y/o adquisición de concesiones de exploración, así como como el estudio, prospección, desarrollo, preparación, extracción y venta de minerales; (ii) la compra, venta, adquisición, arriendo y comercialización de toda clase de bienes muebles y/o inmuebles; (iii) la adquisición de acciones, derechos en sociedades de personas, debentures, bonos, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión, como también la administración de dichas inversiones y sus frutos; y (iv) en general, la ejecución y celebración de todos aquellos actos y contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto social y/o que el o los accionistas acuerden. Para tales objetos, la Sociedad, entre otros actos, podrá siempre y en todo momento contraer, suscribir y celebrar todas aquellas obligaciones, contratos o acuerdos que sean directa o indirectamente convenientes o necesarios para el íntegro, adecuado y oportuno cumplimiento de su objeto social. Capital: El capital de la Sociedad es la cantidad de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de única serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado de conformidad con lo dispuesto en el Artículo Primero Transitorio de los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó portador extracto para legalización. Santiago, 22 de junio de 2026.